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Qué establece la resolución que permite a los padres pedir licencia para cuidar a sus hijos los días que no tengan que cursar

A partir del inicio del ciclo lectivo 2021 se considerará justificada la inasistencia los padres o madres cuya presencia en el hogar resulte indispensable
12/02/2021 - 09:48hs
Qué establece la resolución que permite a los padres pedir licencia para cuidar a sus hijos los días que no tengan que cursar

El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial mediante una resolución la dispensa de concurrir en forma presencial al puesto de trabajo a las personas que resulten indispensables en el hogar en el marco del ciclo lectivo próximo a iniciar, en el que volverán las clases presenciales, en un sistema híbrido que, con matices en cada distrito, combinará instancias presenciales con virtuales.

"Dispónese que, a partir del inicio del ciclo lectivo 2021 en cada jurisdicción, se considerará justificada la inasistencia del progenitor, progenitora, o persona adulta responsable a cargo, cuya presencia en el hogar resulte indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente", dice la Resolución 60/2021 que lleva la firma del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

La medida regirá en los siguientes casos: "Los días en que no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo, así como los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente".

La persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora" y "deberá completar una declaración jurada", añade el texto oficial.

La declaración jurada, en tanto, deberá contener: "Los datos del niño, niña o adolescente, el grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo; el régimen de presencialidad dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo".

Asimismo, podrá acogerse a esta justificación "solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar".

El jueves, Moroni explicó que "la pandemia de coronavirus complicó todo", además de remarcar que la medida renovó "la justificación de la inasistencia, aunque con la diferencia que las provincias tendrán sus propias modalidades".

"Las jurisdicciones tendrán sus propias medidas y modalidades y determinarán el inicio de las clases presenciales. Solo habrá que presentar una declaración para detallar días y horarios de sus hijos para que el empleador, si lo desea, puede ejercer control", afirmó.

El ministro añadió que "no se solicitará ninguna certificación especial o que la expida el colegio, porque es el principio de buena fe el que rige todo acuerdo entre las partes", y concluyó que, por ello, la cartera de Trabajo solo solicitará "una declaración".

Cómo pedir licencia laboral cuando los hijos no tengan clases

De cara al inminente comienzo de clases, en un año lectivo que tendrá un sistema escolar escalonado, el Ministerio de Trabajo de la Nación determinó que los padres o quien esté a cargo de los chicos cuenten con una licencia laboral.

Como dijo Claudio Moroni, ministro de Trabajo, la medida fue "para renovar la justificación de la inasistencia para la persona cuya presencia en el hogar sea indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente".

En este contexto, la pregunta es cuándo y cómo se tramita la mencionada licencia.

Primero, hay que tener en cuenta que sólo se la puede pedir durante los días en que los hijos no concurran a clases presenciales en el establecimiento educativo respectivo. Y, también, en los días que concurran con jornada presencial reducida y no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo correspondiente.

La normativa, que se publicará en el Boletín Oficial, señala que "la persona alcanzada por esta justificación deberá notificar tal circunstancia a su empleador o empleadora y de esta manera permitir el correspondiente control.

El texto lo realizará el padre, madre o persona a cargo, que presentará a su superior o área responsable. Allí deberá desglosar la siguiente información: los datos del estudiante, el grado o año que cursa, además de agregarle información del establecimiento al que asiste.

También es necesario informar sobre el régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución y la declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente.

Los padres podrán tomar licencia de acuerdo al régimen escolar de cada chico.
Los padres podrán tomar licencia de acuerdo al régimen escolar de cada chico.

Justificación

El ministro de Trabajo justificó la medida en que la pandemia de coronavirus es "un fenómeno del medioevo en pleno siglo XXI" y "ha complicado todo", por eso "se renovó la justificación de la inasistencia, que el año pasado fue en todo el país y todos estaban en sus casas. Ahora, las distintas jurisdicciones tendrán sus propias medidas de modalidad e inicio de clases presenciales".

Moroni explicó que se deberán adaptar a la nueva normalidad.
Claudio Moroni, ministro de Trabajo, explicó que se deberán adaptar a la nueva normalidad.

Moroni expuso que para justificar la falta al lugar de trabajo "se deberá presentar una declaración detallando los días y horarios de sus hijos como para que el empleador si quiere controlar, pueda hacerlo". Y remarcó que no hace falta "ninguna certificación especial ni que sea expedido por el establecimiento educativo".

El ministro completó que con su colega de Educación, Nicolás Trotta, hablaron para que "los datos de régimen de asistencia a los colegios sean públicos, a fin de que las empresas puedan chequearlo si así lo desean".

La medida entrará en vigencia con el inicio del ciclo lectivo en cada jurisdicción. "Lo que hicimos fue renovar la justificación de la inasistencia pero la diferencia está en que las distintas jurisdicciones tendrán sus propias medidas de modalidad e inicio de las clases presenciales. El año pasado fue en todo el país, por lo que todos estaban en sus casas", explicó este jueves el ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

Con esta resolución, las licencias volverán a estar disponibles después de su suspensión desde enero pasado por el receso escolar, una decisión que generó malestar en los gremios. Los cambios son una versión más restringida de la resolución 207, que el año pasado permitió la inasistencia de la persona adulta a cargo del niño o adolescente durante la suspensión de clases en las escuelas.

La dispensa a los adultos con niños o adolescentes a cargo estará justificada solo en ciertas situaciones.

Uno de los nuevos requisitos es que los trabajadores deberán notificar a su empleador y presentar una declaración jurada de caracter público. "Simplemente se deberá presentar una declaración detallando días y horarios de sus hijos para que si el empleador quisiera controlar pueda hacerlo", explicó Moroni. "No pedimos ninguna certificación especial ni que sea algo expedido por el colegio", agregó.

En el documento deberá constar la siguiente información:

  1. Los datos del niño, niña o adolescente.
  2. Grado o año que cursa y datos del establecimiento educativo al que concurre.
  3. El régimen de presencialidad que se haya dispuesto en esa institución.
  4. La declaración de que su presencia en el hogar resulta indispensable para el cuidado del niño, niña o adolescente, los días en que no concurran a clases presenciales o no pueda cumplirse la jornada escolar normal y habitual del establecimiento educativo.

Moroni confirmó que mantuvo conversaciones con el ministro de Educación, Nicolás Trotta, para que "esos datos del regimen de asistencia sean públicos, como para que los empleadores puedan chequearlo, llegado el caso que así lo deseen".

Otro cambio importante, según la nueva normativa, es que "podrá acogerse a esta justificación solo un progenitor o persona responsable de los cuidados, por hogar", mientras que el año pasado la dispensa alcanzaba a los progenitores, sin el límite de uno por hogar. "Antes estuvieron todos dispensados de asistir, con el final del ciclo lectivo había finalizado esa dispensa (salvo grupos de reisgo) y ahora se vuelve a un progenitor", explicaron desde Trabajo. 

En sus fundamentos, la cartera laboral señala que "en función de las distintas situaciones epidemiológicas y de las decisiones que al respecto tomen las autoridades de las distintas jurisdicciones, la modalidad de retorno a la presencialidad se dispondrá de diversas maneras, en lo que hace a regímenes horarios y las diversas variantes de presencialidad y educación a distancia".

Por ello, "sin dejar de tener en cuenta dichas diferencias, se hace necesario establecer pautas comunes para atender tanto al retorno de la escolaridad presencial que podría efectuarse en algunas jurisdicciones en forma parcial, cuanto a las tareas de cuidado en el hogar, así como a la previsibilidad en la dinámica de las relaciones laborales".