La ANMAT prohibió el uso de un popular ácido hialurónico: los motivos
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso de un popular ácido hialurónico muy utilizado en centros de estética. Así lo informó mediante la disposición 7050/2023, publicado en el Boletín Oficial tras investigar el producto y determinó que es riesgoso para la salud.
En el comunicado oficial, la ANMAT planteó que desde la Dirección Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud (DVPS) se realizó una inspección en el centro de estética "Dr. Franco Gomez" ubicado en la Ciudad de Buenos Aires.
A raíz de esto, se retiró un producto llamado Hydroiam – cross – linked hyaluronic acid dermal filler – lote 230221 – 10 ml derm lido – vencimiento 2025 01, compuesto por un estuche con una cuna plástica con una jeringa prellenada y dos agujas. El fabricante está situado en Jinan Medicine Valleyfabricante jinan Medicine Valley, 7 floor, building 3, Jinan, Shandong, China.
En el rótulo no pudieron observar datos sobre el importador responsable en Argentina, y al "consultar con el responsable del centro de estética respecto de la documentación de compra del producto detallado, no pudo aportar ni al momento de la inspección, ni se remitió hasta el momento documentación alguna".
En consecuencia, para proteger a los posibles consumidores desde la ANMAT determinaron que "prohibir el uso, comercialización y distribución en todo el territorio nacional de todos los lotes y presentaciones del product identificado como: HYDROIAM – CROSS – LINKED HYALURONIC ACID DERMAL FILLER - FABRICANTE JINAN MEDICINE VALLEY - CHINA. Sin datos de importador o responsable en la República Argentina, hasta tanto obtenga sus correspondientes autorizaciones".
ANMAT prohibió un suplemento dietario
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió hace unos días la elaboración, fraccionamiento y comercialización de un suplemento alimentario para adelgazar a base de matcha.
La normativa fue publicada en el Boletín Oficinal, a través de la Disposición 6545/2023, con la firma del titular del organismo, Manuel Limeres.
Se dispuso la ilegalidad en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea del producto: "Suplemento Alimenticio ‘Matcha Slim'", distribuido por la compañía Perubionatural S.A.C.
El producto se presenta como un "suplemento alimenticio natural, ideal para dietas o regímenes alimenticios para adelgazar, recomendado para hombres y mujeres de todas las edades".
Entre sus ingredientes se mencionan: "una mezcla de harinas de té verde, berenjena, caiguas, algas, linaza y cola de caballo, micro pulverizadas".
La ANMAT señala que este suplemento "carece de los registros sanitarios pertinentes, no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, y por lo tanto, no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad".