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Elecciones 2023: qué ocurre con los que trabajan en el horario de los comicios

Los ciudadanos pueden estar exentos de su obligación electoral u obtener una licencia para votar durante las elecciones, incluso si están trabajando
17/10/2023 - 10:37hs
Elecciones 2023: qué ocurre con los que trabajan en el horario de los comicios

El derecho al voto es un pilar fundamental de la democracia, sin embargo, hay circunstancias en las que un ciudadano argentino está exento de su obligación electoral.

Una de las preguntas es qué pasa si trabajo durante las elecciones 2023. Durante las elecciones, los ciudadanos argentinos que se encuentren trabajando no están exentos de su deber cívico. Sin embargo, la ley establece que aquellos ocupados por razones laborales durante el horario de los comicios tienen derecho a obtener una licencia especial de sus empleadores.

Esta licencia les permite acudir a las urnas o desempeñar funciones en el comicio sin sufrir deducciones en su salario ni cargos adicionales por horario.

La medida busca garantizar la participación democrática y el pleno ejercicio del derecho al voto de los trabajadores, asegurando que no se vean impedidos de cumplir con su responsabilidad cívica debido a compromisos laborales.

Quiénes están exentos de votar

Quienes tengan entre 16 y 17 años, así como los mayores de 75 años, no están obligadas a votar. Así, también, los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas durante el acto comicial; los que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar; los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor y el personal de organismos y empresas de servicios que deban realizar tareas durante las elecciones están exentos de votar.

Las multas por ausentarse sin justificativo son económicas, aunque también trae otro tipo de consecuencias, como la imposibilidad de realizar algunos trámites administrativos. También existe la posibilidad de estar inhabilitados para cumplir funciones de empleo público durante tres años.

Quienes no justifiquen su ausencia a los comicios, deben pagar una multa.
Quienes no justifiquen su ausencia a los comicios, deben pagar una multa.

Salvo por cuestiones de edad, el resto de los argentinos mayores de edad están obligados por ley a acercarse al cuarto oscuro. Sin embargo, hay algunas cuestiones que les permiten estar exentos de su obligación el día de los comicios, según lo especifica el Artículo 12 del Código Electoral.

Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;

Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);

El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

Ausentarse el día de los comicios puede generar multas para las personas que no presenten un formulario de justificación ante la Justicia Electoral. Las personas tienen 60 días desde las elecciones para presentar el formulario ante la Justicia Nacional Electoral, ya que en caso contrario la multa se adherirá automáticamente en el Registro de Infractores de cada persona.

¿Se puede votar estando en el exterior?

Las personas que tengan residencia permanente en el exterior registrada en su documento, y que también esté incorporada en el Registro de Electores Residentes en el Exterior que confecciona la Cámara Nacional Electoral, pueden participar de las próximas elecciones nacionales, pero no de las PASO.

Si bien estar a más de 200 kilómetros del lugar donde debe emitir el voto les permite a los ciudadanos no participar de forma obligatoria de las elecciones, los argentinos residentes en el exterior que no lo tengan registrado en su documento y no participen de las elecciones deberán justificar su ausencia ante la Justicia Electoral.