• 8/10/2024

Atención: el Gobierno estableció cambios en el Certificado Único de Discapacidad

Se trata de la Resolución 1654 publicada este martes en el Boletín Oficial. Cuáles son las modificaciones para tramitar el certificado a partir de hoy.
Por L.C.
14/08/2024 - 11:11hs
Atención: el Gobierno estableció cambios en el Certificado Único de Discapacidad

El Gobierno nacional implementó modificaciones en los criterios para la emisión del Certificado Único de Discapacidad (CUD) sin vencimiento, según lo establecido en la Resolución 1654/2024, publicada en el Boletín Oficial el martes. 

Este documento es fundamental para garantizar los derechos de las personas con discapacidad, permitiéndoles acceder a diversas prestaciones establecidas por las leyes nacionales 22.431 y 24.901. El proceso de tramitación es voluntario, gratuito y evaluado por una Junta Evaluadora interdisciplinaria que decide si corresponde la emisión del certificado.

Cambios en la emisión del CUD: qué dispone el Gobierno sobre el Certificado Único de Discapacidad

En marzo del año anterior, a raíz de diversas demandas de pacientes y sus familias, el Gobierno de Alberto Fernández había anunciado que los Certificados Únicos de Discapacidad se expedirían sin vencimiento, pero que la implementación sería gradual y por etapas.

Esto quedó plasmado en la Resolución 322/2023, firmada por Fernando Gaston Galarraga, entonces director ejecutivo de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS).

Sin embargo, la nueva gestión decidió derogar esa normativa debido a que los lineamientos del proceso de certificación no fueron cumplidos ni implementados en los plazos establecidos, lo que resultó en la obsolescencia de dicha resolución con la promulgación de la ley N° 27.711.

 En consecuencia, se consideró necesario aprobar nuevos criterios para la evaluación y valoración de la discapacidad que permitan la emisión del CUD sin vencimiento.

Nuevos criterios para la emisión del CUD

De acuerdo con el anexo de la Resolución 1654/2024, firmado por el actual director ejecutivo de la ANDIS, Diego Orlando Spagnuolo, los nuevos criterios se dividen en tres categorías principales:

  1. Renovaciones previas: Este criterio se aplica a personas que, al momento de la evaluación, ya posean dos certificados de discapacidad previos y cuyo perfil de funcionamiento e impacto en la vida cotidiana haya permanecido constante a lo largo del tiempo. La evaluación se centrará en el calificador de capacidad del componente Actividad y Participación, según lo establecido por la Clasificación Internacional del Funcionamiento (CIF).

  2. Personas mayores: Se refiere a aquellas personas que, al momento de la evaluación, tengan más de 60 años y cuyas estructuras y funciones corporales se mantengan constantes durante al menos cinco años. Este grupo es evaluado con base en la estabilidad de sus condiciones corporales.

  3. Necesidad de equipamiento permanente: Este criterio incluye a las personas que requieran de equipamiento y/o dispositivos de uso permanente para preservar sus funciones vitales. La necesidad de estos equipos debe ser reconocida como esencial para la vida diaria.

Es importante destacar que, en estos casos, se podrá solicitar una actualización del CUD si ocurre un cambio en el perfil de funcionamiento de la persona con discapacidad, que impida su participación plena y efectiva en la sociedad en igualdad de condiciones con las demás personas.

¿Quiénes pueden solicitar el CUD?

El CUD puede ser solicitado por cualquier persona que presente una alteración funcional, ya sea permanente, transitoria o prolongada, que afecte sus capacidades físicas, sensoriales o mentales y que implique una desventaja considerable para su integración en los ámbitos familiar, social o laboral. Estas alteraciones pueden estar relacionadas con diferentes áreas, tales como:

  • Intelectual y mental: Incluye discapacidades relacionadas con el desarrollo cognitivo y la salud mental.
  • Visual: Abarca discapacidades que afectan la vista de manera significativa.
  • Motor: Se refiere a discapacidades que limitan el movimiento y la coordinación.
  • Auditivo: Incluye pérdidas auditivas que afectan la capacidad de escuchar.
  • Respiratorio: Engloba condiciones que afectan la función pulmonar.
  • Cardiovascular: Se refiere a discapacidades relacionadas con el corazón y el sistema circulatorio.
  • Renal urológico: Abarca condiciones que afectan el sistema urinario y renal.
  • Digestivo/Hepático: Incluye discapacidades relacionadas con el sistema digestivo y el hígado.

Beneficios del CUD

El Certificado Único de Discapacidad otorga diversos beneficios, entre ellos:

  • Cobertura del 100% en prestaciones de rehabilitación: Esto incluye medicamentos, equipamiento médico y tratamientos necesarios para la persona con discapacidad.
  • Traslados gratuitos en el transporte público terrestre: Las personas con CUD tienen acceso gratuito a servicios de transporte público.
  • Ayudas económicas: Se incluyen la ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad y asignación por cónyuge con discapacidad.
  • Exención de ciertos impuestos: Las personas con CUD pueden estar exentas de pagar peajes e impuestos municipales, entre otros.
  • Símbolo Internacional de Acceso: Permite el libre estacionamiento en lugares habilitados.
  • Acceso al Cupo Laboral en la Administración Pública: Las personas con CUD tienen derecho a un cupo laboral en el sector público.

Estas medidas buscan garantizar la integración plena de las personas con discapacidad en la sociedad, facilitando su acceso a derechos y servicios esenciales.

Qué discapacidades entran en el CUD

Los argentinos con discapacidades pueden acceder al Certificado Único de Discapacidad (CUD). Este documento permite garantizar los derechos de aquellas personas que no se encuentran en igualdad de condiciones por tener alguna discapacidad.

El Certificado Único de Discapacidad es válido en todo el país y cubre áreas de salud, transporte, asignaciones, trabajo, prevención social, entre otras.

¿Qué porcentaje de discapacidad se necesita para el CUD?

No hay un porcentaje de discapacidad único que aplique para todas las situaciones. Esto se debe a que cada discapacidad se evalúa de diferentes maneras según la naturaleza y el impacto de la condición en la vida diaria de la persona.

El porcentaje de discapacidad necesario para obtener el certificado de discapacidad varía según cada evaluación que realizan las Juntas Evaluadoras. Las evaluaciones que se realizan implican cuestiones médicas y sociales y se llevan a cabo por equipos interdisciplinarios, designados por la autoridad sanitaria local.

Las Juntas Evaluadoras determinan el porcentaje de discapacidad de acuerdo con las pautas y criterios establecidos en el país.

El Certificado Único de Discapacidad tiene diferentes requisitos para los distintos tipos de discapacidades:

  • Visual
  • Mental
  • Auditiva
  • Visceral
  • Motora

En el momento que la persona obtiene el certificado de discapacidad también se le entrega una cartilla con los derechos que tienen las personas con discapacidad. Esos son los derechos fundamentales reconocidos para las personas con discapacidad, para que todos conozcan las leyes que los amparan y los mecanismos que tienen para exigir que se respeten todos los derechos.

Los derechos establecidos son:

  • Cobertura del 100% en las prestaciones de rehabilitación, medicamentos, equipamiento y tratamientos que requiera el titular.
  • Acceso gratuito al transporte público nacional de corta, mediana y larga distancia.
  • Acceso a asignaciones familiares como ayuda escolar anual por hijo con discapacidad, asignación familiar por hijo con discapacidad, asignación por cónyugue con discapacidad.
  • El Símbolo de Acceso para tener libre tránsito y estacionamiento, independientemente del vehículo en el que se traslade el titular.
  • Eximición de algunas tasas municipales, patentes y peajes.
  • Beneficios para comprar vehículos.

¿Qué enfermedades se consideran discapacidad en Argentina?

Para obtener el Certificado Único de Discapacidad, aquellas personas que lo soliciten deben someterse a una evaluación de una Junta Evaluadora que determinará si corresponde o no acceder al certificado.

Según la Ley Nacional de Discapacidad (Ley Nº 22.431), se considera persona con discapacidad a aquella que padece una alteración funcional, permanente o prolongada, física, sensorial o mental, que en relación con su edad y medio social implique desventajas para su integración familiar, social, educacional o laboral.

En cuanto a las enfermedades que pueden considerarse  discapacidades, varían y no se pueden limitar a una lista específica. Por esta razón, la ley se centra en la limitación funcional y como esta afecta a la participación en la sociedad y no en enfermedades determinadas.

Entonces, las discapacidades pueden deberse al resultado de diversas condiciones médicas, como, por ejemplo, enfermedades crónicas, trastornos mentales, discapacidades sensoriales, problemas músculo-esqueléticos, pero no se limitan a un tipo ni a una lista en específico.

En conclusión, el Certificado Único de Discapacidad se erige como un instrumento esencial para el reconocimiento y ejercicio de derechos de las personas con discapacidad en Argentina. Con un enfoque informativo y transparente, el Gobierno Nacional busca simplificar y modernizar el acceso a este documento, garantizando así la inclusión y el respeto a los derechos fundamentales de todos los ciudadanos.

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