Asignación prenatal: cuándo se empieza a cobrar y hasta qué mes lo paga ANSES
La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) ofrece la Asignación Familiar por Prenatal, un beneficio económico mensual destinado a acompañar a las personas gestantes durante todo el embarazo. Este pago se otorga desde el tercer mes de gestación y se extiende hasta el mes en que se produce el nacimiento o la interrupción del embarazo, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por el organismo.
¿A quiénes les corresponde la Asignación Prenatal de ANSES?
Este beneficio está dirigido a un grupo específico de trabajadores y titulares de prestaciones:
- Trabajadoras en relación de dependencia;
- Monotributistas de categorías A hasta H;
- Trabajadoras que perciban pagos por una Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART);
- Trabajadoras de temporada y rurales;
- Titulares de la Prestación por Desempleo;
- Beneficiarios de la Pensión Honorífica de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
También puede solicitarlo el otro progenitor si cumple con las condiciones y acredita el vínculo como cónyuge, conviviente o conviviente previsional ante ANSES.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la Asignación Prenatal?
Para acceder al beneficio, la persona gestante debe cumplir con las siguientes condiciones:
- Tener un embarazo de al menos 12 semanas;
- Contar con una antigüedad mínima de tres meses en el trabajo, ya sea en relación de dependencia o como monotributista;
- Mantener ingresos individuales y del grupo familiar dentro de los topes vigentes;
- Tener acreditados en ANSES los datos personales y del grupo familiar;
En caso de que solicite el beneficio el otro progenitor, debe presentarse la documentación que respalde el vínculo. La gestión debe realizarse siempre antes del nacimiento o interrupción del embarazo, ya que no corresponde el pago si se solicita posteriormente.
¿Cómo se solicita la Asignación Prenatal en ANSES?
El trámite puede realizarse de forma presencial, virtual o mixta.
- Acreditar datos personales y familiares: ingresar a Mi ANSES con CUIL y Clave de la Seguridad Social para verificar que toda la información esté actualizada;
- Completar el formulario correspondiente: el formulario Declaración Jurada Novedades Unificadas (PS.2.55) debe llenarse con los datos solicitados, incluyendo información del embarazo y, si corresponde, del otro progenitor. También se puede presentar un certificado médico o emitido por un licenciado en obstetricia con firma, sello y número de CUIL o CUIT;
- Presentar la documentación: para la modalidad presencial, es necesario sacar turno en ANSES. En la opción virtual, se ingresa a Atención Virtual y se selecciona la opción Asignación Familiar por Prenatal;
- Elegir o confirmar medio de cobro: si la persona ya cobra asignaciones, se utiliza el mismo medio. Si desea modificarlo o elegir uno nuevo, debe completar el formulario PS.2.72 y, en caso de optar por CBU, presentar la constancia bancaria correspondiente.
¿Cuál es el monto y cómo se cobra esta asignación?
La Asignación Prenatal se cobra mensualmente durante todo el embarazo. El valor depende de la categoría laboral y de los ingresos del titular y del grupo familiar. Los montos vigentes se actualizan periódicamente y pueden consultarse en la web de ANSES.
El pago se deposita en la cuenta bancaria registrada, en la que también se perciben otras asignaciones, o en el medio elegido por el beneficiario.
ANSES y asignaciones: qué pasa si se interrumpe el embarazo
En caso de que el embarazo se interrumpa o el nacimiento ocurra antes de la fecha prevista, se debe informar de inmediato a ANSES. Para esto, es necesario presentar el formulario PS.2.55 con los rubros correspondientes completos o un certificado médico que indique la fecha y el motivo de la interrupción.
Asignaciones y monotributo: quiénes pueden cobrar el prenatal
Las personas inscriptas en el monotributo, desde la categoría A hasta la H, también pueden cobrar la Asignación Prenatal. Deben tener los aportes al día y haber realizado al menos tres meses consecutivos de pagos previos al inicio del embarazo.
Este grupo, al igual que los trabajadores en relación de dependencia, debe respetar los topes de ingresos establecidos y presentar la documentación médica que respalde la gestación.
Datos clave sobre la Asignación Prenatal
- No puede ser embargada;
- No se considera para el cálculo del aguinaldo ni de indemnizaciones por despido o accidentes;
- No está sujeta al pago de impuestos;
- Sólo puede cobrarse en el empleo con mayor antigüedad en caso de tener más de un trabajo.
Documentación necesaria para realizar el trámite
- DNI del titular y de todos los integrantes del grupo familiar;
- Formulario PS.2.55 completo y firmado, o certificado médico que incluya nombre, apellido, DNI, fecha probable de parto y semanas de gestación;
- Constancia de CBU emitida por banco, cajero automático, home banking o resumen bancario.