• 15/11/2025

Día del empleado de comercio: qué pasa con los supermercados, shoppings y negocios el lunes 29 de octubre

El Día del empleado de comercio es una fecha que reconoce el trabajo de quienes sostienen el movimiento de supermercados, shoppings y grandes cadenas
29/09/2025 - 08:52hs
Día del empleado de comercio: qué pasa con los supermercados, shoppings y negocios el lunes 29 de octubre

Cada 26 de septiembre se conmemora en Argentina el Día del Empleado de Comercio, un feriado especial para quienes desarrollan su labor en el sector comercial. Sin embargo, en 2025 la celebración se postergará al lunes 29 de septiembre, conforme lo dispuesto por la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (Faecys) y las cámaras empresarias del rubro.

El cambio busca otorgar a los trabajadores un fin de semana largo, en reconocimiento al esfuerzo de los empleados que forman parte del gremio más numeroso de la Argentina.

El cambio de fecha se apoya en la Ley 26.541 de 2009, que garantiza a los empleados de comercio el derecho a descansar en su día, como si fuera un feriado nacional.

En caso de que algún trabajador sea convocado a laborar, la Ley de Contrato de Trabajo garantiza el pago del doble de su salario habitual.

¿Abren o cierran?: qué pasará este 29 de septiembre con los comercios

Ese lunes 29, la actividad comercial se verá afectada: numerosos comercios y supermercados permanecerán cerrados, respetando el asueto y permitiendo a los empleados disfrutar de su día.

El traslado del feriado también genera un efecto positivo en la planificación de descansos y turismo interno, ya que los trabajadores podrán disfrutar de un fin de semana largo.

Día del Empleado de Comercio: qué sueldo tenés que cobrar si trabajás y bono si no trabajás

Si bien hay mucha jurisprudencia y doctrina que discute la procedencia del pago de un "plus feriado" no trabajado, esto está incorporado en los usos y costumbres de muchas empresas, que dividen el sueldo mensual por 25 para calcularlo.

Para el Día del Empleado de Comercio, rigen las mismas normas que los feriados nacionales, explica Ariel Bassanetti, de KPMG Argentina. En caso de prestar servicios en feriado, corresponde abonar una suma adicional equivalente al salario diario calculado sobre la base del divisor 25. Los trabajadores jornalizados deberán percibir el feriado aun sin prestar tareas, y si trabajan en dicho día, el mismo se deberá pagar doble, indica Bassanetti.

Pero, la Ley de Contrato de Trabajo establece que, para tener derecho a la remuneración por un día feriado, el trabajador debe haber trabajado en los días inmediatos anteriores y posteriores al feriado, salvo que justifique su ausencia por razones de salud, licencia o causas similares, considera, y describe el mecanismo correspondiente como sigue:

Se deberá aplicar Divisor 25 para el cálculo del día feriado trabajado. Su fórmula seria (Sueldo Fijo más Variables) dividido por 25 multiplicada por la cantidad de feriados trabajados.

Otros divisores, como el 24 de Camioneros, son reconocidos en ciertos convenios colectivos. La doctrina y jurisprudencia mayoritaria rechazan el llamado "plus feriado"' como pago adicional aplicado a los feriados no trabajados.

Historia de la celebración

El Día del Empleado de Comercio encuentra su origen en el 26 de septiembre de 1934, cuando se promulgó la Ley 11.729, marcando un hito histórico en la regulación laboral del sector.

Esta normativa estableció por primera vez un marco legal que protegía los derechos de quienes trabajaban en comercios, incluyendo aspectos como horarios, licencias y condiciones mínimas de trabajo.

La sanción de esta ley significó un reconocimiento formal de la importancia de los empleados de comercio en la economía del país y sentó las bases para futuras mejoras en sus condiciones laborales, consolidando así un día de celebración que aún hoy recuerda estos logros

La iniciativa fue impulsada por Faecys durante la presidencia de Agustín P. Justo, logrando avances significativos como licencias por enfermedad, indemnizaciones por despido y otros derechos laborales esenciales para los trabajadores de comercio.