Multas por tomar mate y manejar: dónde no se puede y cuánto se debe pagar
El mate es mucho más que una bebida en Argentina, es un ritual, un símbolo de compañía y una costumbre que se lleva a todas partes, incluso al volante. Sin embargo, lo que para muchos de conductores es un acto reflejo al iniciar un viaje, para las autoridades de tránsito en ciertas jurisdicciones se convirtió en una infracción grave que pone en riesgo la seguridad vial. Esta tensión entre la tradición popular y la normativa de tránsito es la que genera una consulta recurrente entre los argentinos: ¿Es legal tomar mate mientras se maneja?
La respuesta a esta pregunta no es uniforme a nivel nacional, lo que complica el panorama para quienes circulan por distintas provincias. Si bien la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449 no prohíbe explícitamente la acción de cebar o tomar mate, deja un vacío legal que habilita a las provincias y municipios a aplicar sus propios códigos de falta bajo la figura de "conducción imprudente" o "manejo sin pleno dominio del vehículo".
Esta ambigüedad dio lugar a que dos jurisdicciones clave, Mendoza y Córdoba, se convirtieran en abanderadas de la penalización de esta costumbre. Sus normativas no solo sancionan la distracción generada por el acto de manipular el equipo de mate (termo, yerbera y mate en sí), sino que establecen montos de multas con una diferencia económica impactante para el bolsillo del conductor, llegando a superar los $400.000 en el caso más severo. Es crucial saber dónde y por qué se aplican estas multas para evitar sanciones innecesarias.
Qué dice la Ley Nacional de Tránsito sobre el mate al volante
Para comprender la base de las multas provinciales, primero hay que remitirse a la Ley de Tránsito N° 24.449. Aunque la norma madre no incluye al mate en un listado de prohibiciones explícitas —como sí lo hace, por ejemplo, con el uso de auriculares o el teléfono celular—, establece una obligación de cumplimiento ineludible para todo conductor.
El artículo 39, inciso b) de dicha ley indica que el conductor debe "mantener el control efectivo del vehículo". Esta es la justificación principal que utilizan las jurisdicciones para multar al cebador al volante. Al manipular el termo, la bombilla o al mover la pava, el conductor debe necesariamente soltar el volante con una mano, interrumpiendo el pleno dominio del rodado. Además, el riesgo de que la bebida caliente se derrame sobre el conductor o un acompañante es considerado un factor de peligro que puede provocar un accidente.
Debido a que el mate requiere de una manipulación activa y constante, a diferencia de beber agua de una botella o tomar una gaseosa (acciones que generalmente no están penalizadas en la misma medida), las provincias con legislaciones más estrictas lo encuadraron como una falta grave contra la seguridad vial.
Mendoza y Córdoba: las dos provincias que prohibieron la costumbre argentina
Actualmente, Mendoza y Córdoba son las provincias que tienen la normativa más clara y severa respecto a la prohibición del consumo de mate mientras se conduce.
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Mendoza: Es la jurisdicción con la postura más inflexible. Su Decreto 326/18 exige de manera taxativa que el conductor mantenga el control total del vehículo. El mate se clasifica directamente como una falta grave.
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Córdoba: La provincia mediterránea también penaliza la práctica, pero la encuadra dentro de la categoría más amplia de "conducción insegura" o "imprudente". Esta categoría incluye otras distracciones como fumar un cigarrillo o manipular elementos que requieran retirar al menos una mano del volante.
La diferencia en cómo se tipifica la infracción influye directamente en el costo final para el infractor, demostrando un criterio punitivo muy dispar a pesar de que el objetivo de ambas provincias es el mismo: reducir la siniestralidad por distracciones.
La impactante diferencia en las multas por tomar mate mientras se maneja
El contraste en los valores de las sanciones entre Mendoza y Córdoba es el punto de mayor interés y, a su vez, de mayor alerta para los conductores:
- Mendoza - Falta grave por falta de dominio - Monto estimado de multa: $420.000
- Córdoba - Conducción insegura o imprudente - Monto estimado de multa: $34.000
El factor tecnológico: la multa sin necesidad de detener el vehículo
Un factor que deben tener en cuenta los conductores en estas provincias es la forma en que se constata la infracción. Tanto Mendoza como Córdoba se apoyan en la tecnología de video vigilancia y cámaras de seguridad para registrar este tipo de faltas.
Esto significa que, a diferencia de otras infracciones que requieren que un agente de tránsito detenga al conductor, en el caso del mate puede labrarse la multa de forma automática si las cámaras detectan al conductor manipulando el equipo de mate, recibiendo la notificación en su domicilio sin haber sido advertido en la ruta.
La recomendación fundamental de los organismos de seguridad vial es, por lo tanto, evitar manipular el mate mientras se está en movimiento. Si es necesario detenerse para cebar, se debe hacer en un área segura o delegar la tarea en el acompañante, garantizando que el conductor mantenga siempre las dos manos en el volante y el control total del vehículo.