CASO AFA

La Justicia citó a indagatoria a "Chiqui" Tapia y Toviggino y les prohibió salir del país

El juez citó al presidente de la AFA y al tesorero, en la causa que investiga la presunta apropiación indebida de más de $19.000 millones
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 19 de Febrero, 2026

El juez en lo penal económico Diego Amarante citó a declaración indagatoria al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia, y al tesorero Pablo Toviggino, y les prohibió salir del país en una causa que investiga la presunta apropiación indebida de $19.353.546.843,85.

La investigación apunta a retenciones impositivas y de seguridad social que, según la denuncia, fueron descontadas pero no depositadas entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

El magistrado hizo lugar a un pedido de la querella de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) y convocó a la AFA como asociación y a Tapia para el 5 de marzo de 2026. Toviggino deberá presentarse el 6 de marzo. La citación alcanza a toda la comisión directiva y todos los acusados tienen prohibida la salida del país.

"Existiendo motivos suficientes para sospechar la participación de los nombrados en los hechos investigados, cítese a la Asociación del Fútbol Argentino y a Claudio Fabián Tapia a las audiencias fijadas para el día 5 de marzo de 2026", resolvió el juez.

Además de Tapia y Toviggino, el juzgado citó a:

  • Gustavo Roberto Lorenzo (6 de marzo)
  • Víctor Blanco Rodríguez (9 de marzo)
  • Cristian Ariel Malaspina (9 de marzo)

Las audiencias se realizarán en el juzgado ubicado en avenida de los Inmigrantes 1950, en la ciudad de Buenos Aires.

Por qué el juez prohibió la salida del país de Claudio Tapa y Pablo Toviggino

En su resolución, Amarante advirtió sobre "la gravedad de los hechos investigados" y la "severidad de la pena en expectativa", fundamentos con los que dispuso la prohibición de salida del país.

Hasta ahora, solo la AFA y Tapia designaron defensa. El juez intimó al resto de los imputados a nombrar abogados en el plazo de tres días, bajo apercibimiento de asignarles un Defensor Público Oficial.

En paralelo, los abogados de la AFA apelaron ante la Cámara Nacional en lo Penal Económico el rechazo a un planteo de sobreseimiento por "excepción de falta de acción". El Tribunal de Apelaciones deberá revisar esa decisión.

El pedido de ARCA

La presentación de ARCA sostiene que existe un "grado de sospecha suficiente" para citar a indagatoria a los directivos en los términos del artículo 294 del Código Procesal Penal de la Nación.

La denuncia original se presentó el 12 de diciembre de 2025 y se amplió el 18 del mismo mes. El expediente investiga 69 hechos independientes ocurridos entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.

Según la documentación judicial, el monto total surge de la presunta falta de ingreso de:

  • $663.340.652,50 en retenciones de IVA
  • $1.998.652.056,40 en retenciones de Ganancias
  • $8.016.291.166,48 bajo el régimen del artículo 79 de Ganancias
  • $8.675.262.968,47 en contribuciones a la seguridad social

Julio de 2025 registró la cifra mensual más alta: $2.854.022.660,98, seguido por septiembre, con $1.730.951.796,37.

La hipótesis fiscal sostiene que la AFA retuvo esos montos en su carácter de agente de retención, pero no los ingresó dentro del plazo legal de 30 días.

ARCA invoca los artículos 4° y 7° del Régimen Penal Tributario, que prevén penas de dos a seis años de prisión para los agentes que no depositen las sumas retenidas cuando superan determinados mínimos.

El organismo también remarcó la presunta capacidad financiera de la AFA durante el período investigado. Según el escrito, la entidad recibió en diciembre de 2024 más de $45.000 millones en acreditaciones bancarias y constituyó múltiples plazos fijos en pesos y dólares durante 2024 y 2025.

Para la querella, estos elementos descartan una imposibilidad material de pago y refuerzan la hipótesis de una decisión deliberada de no ingresar los fondos.

El esquema interno bajo análisis

El expediente reconstruye el circuito administrativo: la gerencia de Administración y Control confeccionaba las declaraciones juradas y comunicaba los vencimientos al tesorero, quien daba la orden de pago y generaba el Volante Electrónico de Pago (VEP).

Según testimonios incorporados a la causa, el tesorero tomaba las decisiones financieras y contables, mientras que el presidente y el secretario general firmaban los estados contables anuales.

La querella sostiene que resulta "difícil suponer" que una omisión de esa magnitud durante 19 meses consecutivos se produjera sin conocimiento del resto de la conducción.

La declaración indagatoria constituye el primer acto formal de defensa. El juez comunica los hechos imputados y el acusado puede declarar o abstenerse.

El 26 de diciembre de 2025, el fiscal a cargo de la Fiscalía Nacional en lo Penal Económico N° 11 impulsó formalmente la acción penal con el requerimiento de instrucción.

Por ahora, se trata de una acusación en etapa preliminar. La eventual responsabilidad penal de los involucrados se definirá durante la instrucción y, si corresponde, en un juicio oral.

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