Chau trapitos: qué dice la nueva ley que se aprobó en la Ciudad de Buenos Aires
La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires aprobó una profunda reforma al Código Contravencional que modifica de raíz las herramientas legales para combatir la permanencia de los cuidacoches ilegales en el espacio público. La iniciativa, impulsada de forma directa por el Jefe de Gobierno Jorge Macri, fue convertida en ley por una holgada mayoría de 36 votos positivos tras consensuar el texto con legisladores de diversas fuerzas políticas. La nueva norma, registrada bajo el número 6961, endurece severamente los castigos y establece días de detención efectiva contra los denominados "trapitos" y limpiavidrios, reforzando además los castigos hacia los clubes u organizaciones que colaboren o promuevan este tipo de actividades en territorio porteño.
A partir de esta modificación integral, el Gobierno de la Ciudad amplía notablemente su capacidad de control operativo, extiende los radios y horarios de prohibición en las adyacencias de los eventos masivos, y faculta de manera explícita a la Policía de la Ciudad a detener a quienes se apropien de la vía pública. "Lo dije desde el primer día: los trapitos son una mafia, se creen dueños de la calle y viven de extorsionar a los porteños. Ahora los metemos presos. Con los delincuentes, tolerancia cero", aseveró el mandatario porteño. La medida surge como respuesta a la ineficacia de las normativas previas; según datos oficiales, entre mayo de 2025 y mayo de 2026 se labraron un total de 13.149 contravenciones, pero al tratarse de multas económicas resultaban virtualmente incobrables. "Se le ríen en la cara a la Policía", argumentó Jorge Macri para justificar el giro hacia las penas de cárcel.
Ley anti trapitos y limpiavidrios en CABA: de 10 a 60 días de cárcel efectiva
El texto de la reforma detalla un cuadro punitivo con sanciones que varían según el contexto de la actividad, el nivel de organización y el uso de la violencia en la calle, habilitando la detención inmediata tanto en la vía pública general como en espectáculos masivos:
- Cuidacoches en las calles: Se prevé un período de detención efectiva de entre 10 y 30 días para cualquier persona que cuide vehículos de manera ilegal en cualquier calle o lugar de la Ciudad.
- En eventos masivos organizados: Cuando la Justicia demuestre la existencia de una banda organizada o una estructura previa en recitales o partidos de fútbol, las penas escalarán a un rango de 20 a 50 días de prisión.
- Líderes y promotores: Los jefes, organizadores o financistas de estas estructuras mafiosas recibirán las penas más severas, con hasta 60 días de cárcel.
- Agravantes contra la extorsión: Las penas se duplicarán de forma automática ante situaciones de acoso generalizado o violencia en la calle. El Artículo 1º dictamina que la condena se elevará al doble cuando la conducta se base en la desigualdad de género, intimidación, persistencia, o aprovechando la vulnerabilidad del conductor o del entorno.
- Trabajo comunitario y multas millonarias: Los días obligatorios de utilidad pública pasan de un máximo de 2 a un nuevo régimen de 20 a 45 días. En paralelo, las multas monetarias sufren un fuerte incremento, fijándose a partir de un piso de $1.139.988 (equivalente a 1.200 a 7.000 Unidades Fijas).
- Pérdida de beneficios estatales: Aquellos contraventores que actúen de forma organizada en eventos masivos serán castigados con la inhabilitación por hasta dos años para acceder a programas sociales, subsidios o cualquier beneficio económico otorgado por el Gobierno de la Ciudad.
Rigurosidad en eventos masivos y duras sanciones para los clubes
La reforma al Código Contravencional pone un foco sumamente riguroso sobre la contención de los trapitos en las inmediaciones de espectáculos masivos. En primer término, las nuevas restricciones y penas serán aplicables a cualquier tipo de evento desarrollado dentro de los límites de la Ciudad, eliminando la vieja distinción que limitaba los controles únicamente a eventos de carácter deportivo o artístico. Además, el área de cobertura policial y prohibición se amplía de manera drástica, extendiéndose hasta un radio de 50 cuadras a la redonda del establecimiento donde se realice el espectáculo.
La cobertura horaria de los operativos también experimentará una importante extensión. Los controles ya no se limitarán a comenzar 3 horas antes y finalizar 2 horas después del show; bajo la nueva ley, la prohibición total de la actividad regirá desde las 6 horas previas al inicio del evento y se mantendrá activa hasta 3 horas después de haber concluido el mismo.
Finalmente, la ley 6961 busca cortar de raíz los presuntos vínculos de financiamiento o complicidad que pudieran existir entre las bandas callejeras y las instituciones organizadoras. Si la investigación judicial demuestra que integrantes de un club, institución deportiva u organizador de eventos participan de manera directa o indirecta en la actividad ilegal de los cuidacoches, el Gobierno de la Ciudad aplicará sanciones directas contra la entidad. Por un lado, las multas económicas se duplicarán, pasando de 10.000 UF a un total de 20.000 UF, lo que se traduce en un salto directo de $10 millones a aproximadamente $20 millones de pesos de castigo. Por el otro, en el plano edilicio y de funcionamiento, las penalizaciones contemplan clausuras institucionales prolongadas de hasta 90 días de duración, triplicando el límite máximo anterior que alcanzaba únicamente los 30 días de sanción.