Cuántos dólares puedo depositar sin ser investigado en junio 2026
El escenario financiero local muestra vientos de cambio que apuntan a una mayor flexibilización para los ahorristas. Con el claro propósito de incentivar la bancarización y facilitar que los fondos atesorados por fuera del circuito formal ingresen al sistema financiero, el Gobierno nacional dispuso una serie de modificaciones clave en las normativas de control.
Estas medidas buscan agilizar el movimiento de divisas en las entidades bancarias y reducir la burocracia para los usuarios. La estrategia oficial intenta seducir a quienes prefieren mantener sus ahorros bajo el colchón, garantizándoles un marco de previsibilidad y menores exigencias burocráticas a la hora de operar en ventanilla o de forma digital.
A partir de esta reconfiguración, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reajustó los montos mínimos a partir de los cuales las entidades financieras están obligadas a reportar movimientos o solicitar documentación respaldatoria sobre la procedencia del dinero.
El tope permitido para ingresar divisas sin requerimientos
Durante el mes de junio de 2026, los bancos no tendrán la obligación de exigir comprobantes de origen de fondos siempre y cuando los depósitos en moneda extranjera no superen el equivalente a 40 Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM). Si se toma en cuenta el valor vigente de este indicador, el umbral de exención se ubica en torno a los $14.712.000, una cifra que al cambio actual representa de manera aproximada unos u$s10.000.
Cuando los movimientos no superan ese límite específico, los mecanismos de control de las entidades bancarias se limitan únicamente a verificar y registrar la identidad del titular de la cuenta corriente o caja de ahorro. Por lo tanto, el usuario puede realizar el depósito con total normalidad sin temor a quedar sujeto a requerimientos administrativos inmediatos o investigaciones automáticas por parte del fisco.
En los casos donde se traspasa ese techo fijado por la normativa de prevención del lavado de activos, las instituciones financieras quedan facultadas para activar los protocolos de control correspondientes. En ese punto, sí se vuelve indispensable contar con la documentación necesaria para justificar el origen de las divisas. Entre los papeles válidos para este proceso figuran los comprobantes de compra de dólares MEP o a través de canales oficiales, boletas de venta de propiedades o vehículos, liquidaciones de inversiones o contratos de operaciones con criptomonedas debidamente certificados.
Los otros límites que el fisco mantiene bajo la lupa
Más allá de lo que ocurre con los billetes norteamericanos, el organismo recaudador conserva un estricto monitoreo sobre las transacciones en pesos dentro de las plataformas virtuales y bancarias. Actualmente, el esquema prevé un tope de seguimiento de $50 millones mensuales para los movimientos y acreditaciones que realizan las personas físicas, mientras que para las estructuras comerciales y empresas el parámetro se reduce a los $30 millones en el mismo período.
Es fundamental tener en cuenta que rebasar estos valores no representa de forma directa una infracción a las leyes tributarias ni desencadena sanciones automáticas. Sin embargo, sí incrementa las probabilidades de que la entidad financiera emita un pedido formal de información complementaria para actualizar el perfil transaccional del cliente.
Por esta razón, los asesores tributarios sugieren que los contribuyentes adopten el hábito de archivar y tener a mano todos los recibos de sueldo, facturas de ventas, comprobantes de inversiones y contratos comerciales, de modo que puedan resolver con rapidez cualquier notificación o consulta que surja desde el ámbito bancario o fiscal.