EMPLEADOS DE COMERCIO

Cuál es el sueldo más bajo que cobrará un trabajador de Coto o Carrefour en agosto

El sindicato y las cámaras empresarios acordaron aumentos de sueldo para el período julio-septiembre 2026, que incluye aumentos mensuales y un bono
Por A.R.
ACTUALIDAD - 03 de Agosto, 2026

La Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS), liderada por Armando Cavalieri, cerró en los últimos días de julio un nuevo acuerdo salarial con la Cámara Argentina de Comercio (CAC), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Unión de Entidades Comerciales Argentinas (UDECA) para los trabajadores alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

El entendimiento de los empleados de comercio contempla un incremento salarial del 5,7% para el período julio-septiembre de 2026, que se aplicará en tres tramos iguales, además del pago de un bono extraordinario no remunerativo de $50.000. A su vez, las partes resolvieron mantener la asignación no remunerativa de $120.000 acordada en la negociación anterior y fijaron una nueva revisión paritaria para octubre.

El acuerdo beneficia a miles de empleados mercantiles de todo el país y establece la modalidad con la que se liquidarán los haberes durante el tercer trimestre del año. De esta manera, los empleados de supermercados como Coto, Carrefour, Jumbo u otras cadenas, ya conocen cómo serán sus escalas salariales.

Incluso, ya es posible saber cuál es el salario más bajo de la escala, que corresponder al rubro Maestranza y que ronda los $1.280.000.

Cómo será el aumento para los empleados de comercio

La recomposición salarial alcanzada prevé una suba total del 5,7%, distribuida en tres incrementos no acumulativos del 1,9% cada uno.

Los porcentajes se calcularán sobre las escalas salariales básicas vigentes a junio de 2026, sumando las asignaciones no remunerativas que ya estaban incorporadas al esquema salarial.

El cronograma de aumentos quedó definido de la siguiente manera:

  • Julio: 1,9%.
  • Agosto: 1,9%.
  • Septiembre: 1,9%.

Cada tramo impactará sobre el salario básico de las distintas categorías contempladas en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

Además del incremento salarial, el acuerdo incorpora una suma fija extraordinaria no remunerativa de $50.000, que será abonada en dos pagos consecutivos.

El esquema será el siguiente:

  • Julio: $25.000.
  • Agosto: $25.000.

En los recibos de sueldo, este concepto aparecerá identificado como "Suma No Remunerativa Única – Revisión 2026".

En septiembre ya no se liquidará este bono, aunque seguirá vigente la asignación no remunerativa acordada en la negociación paritaria anterior.

El nuevo convenio también ratificó la continuidad de la asignación no remunerativa de $120.000, que permanecerá vigente durante julio, agosto y septiembre de 2026.

Luego comenzará su incorporación gradual al salario básico. Según lo pactado, el proceso se desarrollará entre diciembre de 2026 y mayo de 2027, mediante la incorporación de $20.000 por mes al básico convencional hasta completar el monto total.

Con este mecanismo, la suma dejará progresivamente de abonarse como concepto no remunerativo para pasar a integrar el salario básico de manera definitiva.

Cuál es el sueldo más bajo que cobran empleados de comercio en agosto 2026

Las escalas difundidas por FAECYS contemplan el salario básico actualizado para cada categoría, la asignación no remunerativa de $120.000 y, durante julio y agosto, la cuota de $25.000 correspondiente al bono extraordinario.

A esos montos deberán sumarse, cuando corresponda, los adicionales previstos en el convenio colectivo, como antigüedad y presentismo.

Lo concreto es que, por ejemplo, el sueldo más bajo de la escala de Empleados de Comercio, que corresponde a la categoría Maestranza A y puede ser aplicado por ejemplo en en empleados de las cadenas de supermercados.

En este caso, el ingreso más bajo de julio que se cobrará estos primeros días de agosto, queda en $1.282.023:

  • Compuesto por $1.137.023 de salario básico
  • $120.000 de suma no remunerativa
  • $25.000 correspondientes al bono extraordinario

Cuáles son los extras que se pueden sumar al sueldo de Empleados de Comercio

Las escalas salariales que se difunden tras cada acuerdo paritario reflejan únicamente el salario básico correspondiente a cada categoría del Convenio Colectivo de Trabajo 130/75. Sin embargo, el ingreso final de cada trabajador suele ser mayor debido a los adicionales que contempla tanto el convenio como la normativa laboral vigente.

Entre los conceptos que pueden incrementar el sueldo figuran:

  • Presentismo, para quienes cumplen las condiciones establecidas en el convenio.
  • Antigüedad, equivalente al 1% del salario básico por cada año trabajado con el mismo empleador.
  • Horas extras, cuando la jornada supera los límites previstos por la legislación o el convenio.
  • Adicional por manejo de caja, para los empleados que desempeñan funciones de cajero.
  • Comisiones y otros adicionales, según las características del puesto o la actividad.

Por ese motivo, dos trabajadores encuadrados en una misma categoría pueden percibir salarios diferentes, ya que el monto final dependerá, entre otros factores, de la antigüedad, las tareas que realizan y los adicionales incluidos en la liquidación mensual.

Cuándo volverán a negociar salarios los empleados de Comercio

El entendimiento alcanzado para el período julio-septiembre incluye una cláusula de revisión, por lo que las partes volverán a sentarse a negociar antes de que termine el año.

La próxima reunión fue fijada para octubre de 2026, cuando representantes de FAECYS, la CAC, la CAME y la UDECA analizarán la evolución de la inflación y del resto de las variables económicas para definir si resulta necesario otorgar un nuevo ajuste salarial.

De esa negociación dependerán los incrementos que regirán durante el último trimestre de 2026, con el objetivo de preservar el poder adquisitivo de los trabajadores del sector frente a la evolución de los precios.

Te puede interesar

Secciones