Más costo para los abogados del interior
La Resolución 31/04 de la Secretaría de Seguridad Social, publicada ayer en el Boletín Oficial, busca terminar con el estado de incertidumbre generado con la sanción de la ley 24.241 sobre el aporte previsional obligatorio de abogados y procuradores a las Cajas de previsión provinciales por las causas que tramitan ante el fuero federal.
El art. 168 de la ley 24.241 derogó los regímenes jubilatorios que reemplazaba: las leyes 18.037 y 18.038, sobre trabajadores autónomos, pero también dispuso que en los supuestos no previstos en la nueva ley, las disposiciones de esas leyes derogadas continuarían aplicándose supletoriamente en la medida que no se opongan o sean incompatibles con ella.
"Esa situación generó mucha incertidumbre jurídica sobre todo por el art. 3 de la ley 18.038 que fue modificado por la ley 23.987", explica Héctor Pérez Catella, presidente de la Caja de Abogados de la provincia de Buenos Aires y uno de los impulsores de la sanción de esta norma.
La modificación de la que habla Pérez Catella dispuso para abogados y procuradores la obligatoriedad de la aplicación de los regímenes jubilatorios provinciales cuando se actuase dentro de la jurisdicción federal con asiento en la provincia y el art. 3° quedó redactado de la siguiente manera: "Las leyes locales de previsión y seguridad social para abogados y procuradores se deben aplicar en todos los juicios que tramitan ante los juzgados y tribunales de la justicia federal existentes en sus respectivos ámbitos territoriales de validez".
"Hasta ese momento cuando un abogado provincial actuaba ante un juzgado federal con asiento en su provincia, no se le aplicaban las disposiciones previsionales de su caja prevional profesional", explica Guillermo Calandrino, especialista en seguridad social.
La Resolución de la Secretaría de Seguridad Social viene a terminar con esa incertidumbre y declara aplicables los dos últimos párrafos del art. 3° de la Ley n° 18.038, modificado por la ley 23.987.
Esto significa que los abogados que litiguen en el fuero federal de las provincias deberán integrar obligatoriamente el bono o Ius previsional y declarar el ingreso de la regulación de honorarios para pagar su aporte anual a las Cajas previsionales."Esto siempre fue así", dice el Dr. Pedro Augé, presidente del Colegio de Abogados de La Plata. "La diferencia es que muchos abogados directamente no aportaban y no se controlaba por el vacío legal. Pero ahora los jueces federales deberán controlar la integración de esos aportes. La norma viene a poner blanco sobre negro", explica Augé.Según Héctor Pérez Catella, "los aportes jubilatorios de los abogados que litiguen en el fuero federal pasarán a las Cajas provinciales y no al sistema nacional de trabajadores autónomos, algo que sucedía antes de la sanción de la ley 24.241". Lo cierto es que la norma fortalece a las Cajas provinciales (15 en todo el país), que verán engrosados sus fondos y representa un golpe directo a la evasión previsional.