Facturación y Registración. Impresión de comprobantes con códigos de barras. ¿A partir de qué fecha es obligatorio el uso de facturas con códig

Facturación y Registración. Impresión de comprobantes con códigos de barras. ¿A partir de qué fecha es obligatorio el uso de facturas con códig
Por iProfesional
ACTUALIDAD - 22 de Septiembre, 2004

De acuerdo con lo dispuesto por la RG (AFIP) 1702, los comprobantes clase "A", "A" con leyenda "Pago en CBU informada", "B", "E" o "M", deberán incluir ciertos datos por medio del sistema de identificación denominado "Código de Barras".

El mencionado sistema de impresión será de aplicación según se indica en cada caso:

* Autoimpresores: respecto de los comprobantes emitidos a partir del 1 de enero de 2005, inclusive.

* Resto de los contribuyentes: respecto de los comprobantes incluidos en solicitudes de impresión y/o importación efectuadas a partir del 1 de enero de 2005, inclusive.

En este caso, podrán utilizarse los comprobantes cuyas solicitudes de impresión y/o importación fueran efectuadas hasta el 31 de diciembre de 2004, inclusive, hasta la fecha en que se agote su existencia.

FUENTE: ERREPAR

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