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Cuándo prescriben las multas de tránsito en 2026

Antes de pagar una multa, es de suma importancia corroborar que la misma no haya prescripto para no pagar de más. Los plazos actuales
Por IM
29/12/2025 - 09:20hs
Cuándo prescriben las multas de tránsito en 2026

Las normas que regulan el tránsito en Argentina se encuentran establecidas en la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449. No obstante, si bien esta legislación fija criterios generales, cada provincia y municipio cuenta con la facultad de adaptar su aplicación de acuerdo con sus propias necesidades y particularidades locales. Esta autonomía normativa explica por qué determinados aspectos del régimen de tránsito pueden variar de una jurisdicción a otra.

Uno de los puntos más relevantes dentro de este esquema es el vinculado a la prescripción de las multas de tránsito. La prescripción implica que, una vez transcurrido un determinado plazo sin que el Estado haya iniciado acciones para exigir el pago, la sanción pierde validez. En ese escenario, la autoridad competente ya no puede reclamar el cobro ni avanzar con medidas legales contra el presunto infractor.

En términos generales, cuando una multa de tránsito prescribe, se extingue la posibilidad de exigir su cumplimiento. Sin embargo, el plazo a partir del cual se produce esta situación no es uniforme en todo el país.

En Argentina, los tiempos de prescripción dependen de la jurisdicción donde se haya cometido la infracción, ya que cada provincia o municipio puede establecer plazos propios dentro del marco legal vigente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Ley 24.449, las infracciones leves prescriben a los dos años, mientras que las infracciones graves lo hacen a los cinco años. Esta diferenciación resulta clave para determinar la vigencia de una multa y las posibilidades de que el Estado pueda exigir su pago.

Tipos de infracciones de tránsito y su clasificación

La Ley Nacional de Tránsito clasifica las infracciones en dos grandes categorías: faltas leves y faltas graves. Esta distinción no solo tiene impacto en el monto de las sanciones, sino también en los plazos de prescripción aplicables.

Entre las faltas consideradas graves se incluyen situaciones como no presentar la documentación obligatoria, circular sin patente o sin seguro vigente, negarse a brindar información requerida por la autoridad, o cruzar un semáforo en rojo. Estas infracciones implican un mayor riesgo para la seguridad vial y, por ese motivo, cuentan con plazos de prescripción más extensos.

Por otro lado, las faltas leves abarcan conductas como estacionar en doble fila, utilizar la bocina sin una causa justificada o exceder hasta un 10% el límite de velocidad permitido. Aunque también son sancionables, se consideran de menor gravedad en comparación con las anteriores.

Conocer el tipo de infracción resulta fundamental para determinar el plazo de prescripción correspondiente. Si transcurre el tiempo previsto por la normativa sin que se haya iniciado ningún procedimiento que interrumpa ese plazo, la multa puede quedar sin efecto y dejar de ser exigible.

Plazos de prescripción de multas, según cada jurisdicción

Los plazos de prescripción de las multas de tránsito varían de manera significativa entre las distintas provincias argentinas. En la provincia de Buenos Aires, las infracciones leves prescriben a los dos años y las graves a los cinco años. En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el plazo es de cinco años para todo tipo de faltas.

En Mendoza, la normativa distingue entre faltas leves, que prescriben a los dos años, de las graves, que prescriben a los tres años; y gravísimas, a los cuatro años. En Chaco, el plazo es de dos años para infracciones leves y de cinco años para las graves. Chubut establece plazos diferenciados: seis meses si no se inicia ningún procedimiento, un año si el procedimiento fue iniciado y dos años cuando existe sentencia firme.

En Formosa, las faltas leves prescriben al año y las graves a los dos años. Corrientes, San Juan y Tierra del Fuego fijan un plazo general de dos años. Neuquén y Córdoba establecen tres años para todas las infracciones. En Entre Ríos, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Misiones, Río Negro, Salta y San Luis, el plazo de prescripción es de cinco años. Por su parte, Santa Cruz, Santa Fe, Santiago del Estero y Tucumán aplican el criterio previsto por la ley nacional.

Es importante tener en cuenta que las multas pueden extinguirse si la autoridad competente no reclama su pago dentro del plazo establecido. No obstante, existen situaciones en las que la prescripción se interrumpe. Por ejemplo, si el infractor comete una nueva falta grave, el plazo vuelve a computarse desde cero. Asimismo, si la multa es judicializada o se inicia un proceso de cobro, el período de prescripción queda interrumpido y la sanción mantiene su vigencia.

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