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Nuevo proyecto de ley de alquileres: permitirán indexar contratos

El Gobierno prepara un nuevo proyecto de ley de alquileres, con importantes cambios respecto al que se debatió el año pasado pero no llegó a ser aprobado
03/05/2019 - 07:30hs
Nuevo proyecto de ley de alquileres: permitirán indexar contratos

El Gobierno prepara un nuevo proyecto de ley de alquileres, con importantes cambios respecto al que se debatió el año pasado en comisiones pero no llegó a ser aprobado, por la fuerte resistencia del sector inmobiliario y, también, de una parte del Poder Ejecutivo.

Uno de los puntos más salientes del texto que elaboraron en la secretaría de Vivienda es que se elimina la prohibición de indexar contratos -una de los pocos artículos que queda vigente de la Ley de Convertibilidad- para contratos que superen el equivalente a 1.000 UVAs ($35.480 al valor de ayer).

Para los contratos menores a ese monto, se propondrá una cláusula de ajuste que refleje el promedio de los índices de precios y de salarios. De todas maneras, dado que los valores locativos varían sensiblemente según la región geográfica, se dejará en libertad a las provincias para que determinen cuál es el valor piso a partir del cual se permite la indexación libre.

A continuación, otros puntos clave del proyecto.

- El contrato de alquiler tendrá una vigencia de dos años, con la posibilidad de extenderlo automáticamente un año más, salvo que el propietario oel inquilino desistan. En este caso, se buscan evitar gastos, como comisiones e impuestos a los sellos.

- Los honorarios y gastos inmobiliarios se compartirán por partes iguales con el propietario de la vivienda.

- El inquilino tendrá varias opciones de garantías como el seguro de caución, aval bancario, entre otros.

- Se podrán pautar ajustes semestrales.

- Las reparaciones del inmueble estarán a cargo del inquilino, así como el pago de las expensas ordinarias. En cambio, los gastos o las expensas extraordinarias que originen o deriven para cubrir problemas estructurales o de relevancia para la propiedad, estarán a cargo del propietario.

- El propietario tendrá de 10 a 90 días para desalojar al inquilino en caso de incumplimiento, luego de haber mandado la intimación correspondiente. Esto, claro, dependerá de los proceso judiciales de cada jurisdicción. Para eso, el Gobierno busca concertar con las provincias el desarrollo de ámbitos de mediación gratuita o de bajo costo, aplicando métodos específicos para la resolución de conflictos derivados de la relación locativa.

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