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Sin apelar a Ley de Abastecimiento, se oficializó el congelamiento del precio de combustibles

A través de un DNU se fija los precios al valor del 9 de agosto. El litro de Súper se mantendrá alrededor de $43,80 hasta el 14 de noviembre
16/08/2019 - 09:38hs
Sin apelar a Ley de Abastecimiento, se oficializó el congelamiento del precio de combustibles

El Gobierno oficializó este viernes el "congelamiento" del precio de los combustibles por 90 días, dada "la abrupta variación reciente del tipo de cambio y el contexto económico y social imperante".

La decisión se formalizó por medio de un decreto de necesidad y urgencia publicado en el Boletín Oficial.

"Establecer que las entregas de petróleo crudo efectuadas en el mercado local durante los 90 días corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, deberán ser facturadas y pagadas al precio convenido entre las empresas productoras y refinadoras al 9 de agosto de 2019, aplicando un tipo de cambio de referencia de $45,19/u$s y un precio de referencia BRENT de u$s59 por barril", según el texto oficial.

De esta forma, y tras el fracaso en la negociación con las petroleras, el Gobierno congeló los precios de los combustibles basándose en la Ley 26.741 de "Soberanía Hidrocarburífera", y no en la de Abastecimiento, como se deslizó en un principio.

En consecuencia, la Casa Rosada dispuso que el precio tope de naftas y gasoil en todas sus calidades, comercializados por las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas, en todos los canales de venta, durante los 90 días corridos siguientes a la entrada en vigencia de esta medida, no podrá ser superior al precio vigente al 9 de agosto de 2019.

 "Durante el período alcanzado por esta medida, las empresas refinadoras y/o los expendedores mayoristas y/o minoristas deberán cubrir, a los precios establecidos en este decreto, el total de la demanda nacional de combustibles líquidos, de conformidad con los volúmenes que les sean requeridos a partir de las prácticas usuales de mercado, proveyendo de manera habitual y continua a todas y cada una de las zonas que integran el territorio de la República Argentina", de acuerdo con el decreto.

También, las empresas productoras de hidrocarburos "deberán cubrir el total de la demanda de petróleo crudo que les sea requerido por las empresas refinadoras locales", mientras que la comercialización de los combustibles "deberá realizarse en un todo de acuerdo con las calidades, tipos y demás requisitos establecidos por la normativa vigente", afirmó el Poder Ejecutivo.

El Gobierno justificó esta decisión al señalar que "ante la magnitud de los recientes acontecimientos económico financieros desencadenados, de público conocimiento, es obligación utilizar los instrumentos a su alcance y adoptar las medidas específicas necesarias para proteger a los consumidores".

"La situación económica vigente permite avizorar aumentos sustanciales en el precio del petróleo crudo y de los combustibles líquidos en el mercado local, causando efectos perjudiciales para los diferentes sectores de la economía", añadió.

 Y señaló además que "dada la abrupta variación reciente del tipo de cambio y el contexto económico y social imperante, se considera necesario asegurar el abastecimiento de combustibles en el mercado interno a un precio estable por un período de 90 días".

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