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AFIP: antes de fin de año pondrá en marcha el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales para reducir la evasión de impuestos

La medida entrará en vigencia pese a las quejas de los colegios de contadores y abogados que sostienen que atenta contra las libertades individuales
20/12/2020 - 19:27hs
AFIP: antes de fin de año pondrá en marcha el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales para reducir la evasión de impuestos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) pondrá en marcha, antes de fin de año o comienzos del 2021, el registro que exigirá a las grandes empresas y personas humanas la información sobre la planificación fiscal, en la que los contribuyentes deberán dar a conocer las estructuras utilizados para recudir las cargas tributarias. El objetivo es minimizar posibles maniobras de evasión de impuestos.

El anuncio de la puesta en marcha del Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (IPF) en octubre generó una serie de reclamos y quejas por parte de los consejos profesionales de contadores que argumentaron que la medida dispuesta por la AFIP atenta contra las libertades individuales.

Los consejos profesionales de contadores rechazaron la medida

"Con el pretexto de que los contribuyentes utilizan complejas estrategias de planificación fiscal para aprovechar asimetrías a fin de minimizar la carga tributaria se impone una norma imperativa que desconoce, como primera medida, que el artículo 19 de la Constitución Nacional establece que las acciones privadas de los hombres que de ningún modo ofendan al orden y a la moral pública, ni perjudiquen a un tercero, están solo reservadas a Dios, y exentas de la autoridad de los magistrados, y que ningún habitante de la Nación estará obligado a hacer lo que no manda la ley, ni privado de lo que ella no prohíbe", sostuvo el Colegio de Abogados porteños.

No obstante, desde la AFIP advierten que hay estrategias llevadas adelantes por grandes empresas o bien personas con un alto patrimonio que buscan huecos en la normativa para derivar ganancias hacia jurisdicciones más laxas o bien realizar triangulaciones para evitar la tributación ante el fisco argentino, informó Ámbito Financiero.

La Resolución General N°4838 que publicada en el Boletín Oficial que la herramienta permite verificar que los tributos correspondientes se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles. El objetivo de los regímenes de declaración obligatoria de planificaciones fiscales radica en incrementar el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan las empresas a los efectos de facilitar a las Administraciones Tributarias la obtención de información temprana.

De hecho, la OCDE viene trabajando para combatir la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios, problemas que enfrenta el sistema tributario a nivel global, y que afectan aún más a los países en vías de desarrollo.

Según explicaron en la AFIP, el IPF tiene como objetivo obtener información temprana de las "planificaciones fiscales" implementadas por los contribuyentes con el fin de mejorar la capacidad de fiscalización. De esta forma podrá identificar en tiempo real áreas de riesgo fiscal e incentivar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. La intención es advertir sobre maniobras que no cumplan con las normas fiscales de los impuestos nacionales.

El IPF tiene el fin de mejorar la capacidad de fiscalización

Más allá de las quejas, el régimen apunta una revisión temporal bastante acotada. De hecho, hasta el 29 de enero del año que viene, los contribuyentes que hayan hecho uso de planificaciones fiscales en 2019 y 2020 estarán obligados a presentarlas ante la AFIP. Ya en 2021, la información habrá que entregarla hasta diez días después de iniciada una planificación fiscal.

Contadores exigen la derogación

El Consejo Profesional en Ciencias Económicas porteño presentó un reclamo administrativo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), representada por su titular, Mercedes Marcó del Pont, contra la Resolución General 4838 (AFIP), que establece el Régimen de Información de Planificaciones Fiscales, a los efectos que se disponga su derogación, solicitando, asimismo, que se suspenda la aplicación de dicha norma con relación a nuestra matrícula, mientras se tramita el referido reclamo.

Dicha presentación fue realizada junto a las iniciadas por los otros 23 Consejos Profesionales del país, en el marco del curso de acción que se definió a seguir con relación a la normativa cuestionada.

Asimismo, en el escrito se expresa que, en el caso que la AFIP se mantenga firme en su postura frente a la RG 4838, se plantea la reserva del caso federal para, oportunamente, llevar el reclamo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación "en resguardo de los derechos que consideramos transgredidos" que se exponen en el pertinente reclamo.

Contadores exigen la derogación de una resolución de la AFIP

Se trata de un hecho histórico que se impulse una acción de estas características, donde los 24 Consejos del país se unen en defensa de los profesionales matriculados a quienes representan en sus respectivas jurisdicciones.

En octubre, nuestra Institución fue la primera en iniciar gestiones ante la AFIP atento a los aspectos controvertidos que contiene la RG 4838 y las implicancias en materia de responsabilidad profesional.

Contadores exigen la derogación de una resolución de la AFIP
Contadores exigen la derogación de una resolución de la AFIP

Posteriormente, desde la FACPCE junto con el apoyo de los 24 Consejos se solicitó en noviembre la suspensión de la vigencia de la norma hasta tanto la Administración diera respuesta a las presentaciones realizadas.

Las acciones no se detuvieron, y en las últimas semanas, se siguieron estudiando alternativas en múltiples reuniones entre autoridades de la Federación y de todos los Consejos. Finalmente, se determinó elevar este tema a la instancia de reclamo administrativo ante el organismo.

Polémica resolución

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que los contribuyentes deberán informar las estructuras, técnicas, instrumentos y mecanismos a los que recurren para minimizar su carga tributaria. La decisión del organismo encabezado por Mercedes Marcó del Pont incrementa la capacidad de supervisión y control de las estrategias de planificación fiscal utilizadas por empresas y personas humanas.

El Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (IPF) tiene como objetivo obtener información temprana de las "planificaciones fiscales" implementadas por los contribuyentes con el fin de mejorar la capacidad de fiscalización de la AFIP para combatir la elusión y la evasión fiscal, identificar en tiempo real áreas de riesgo fiscal e incentivar el cumplimiento voluntario.

La planificación fiscal (nacional e internacional) comprende a todos los acuerdos, esquemas, planes y acciones que le permite a los contribuyentes obtener ventajas fiscales o beneficios con relación a cualquier impuesto y/o régimen de información.

Acceda al texto completo de la resolución general 4.838:

Los regímenes de información de planificaciones fiscales constituyen una práctica extendida entre las administraciones tributarias de todo el mundo. Estados Unidos, Reino Unido, Irlanda, Portugal, Canadá, Sudáfrica, México y Chile son algunos de los países que también establecieron mecanismos para conocer el funcionamiento y la utilización de las diversas estructuras por parte de los contribuyentes.

La AFIP anuncia herramientas para fiscalizar maniobras de evasión
La AFIP anuncia herramientas para fiscalizar maniobras de evasión

La Resolución General 4838 que será publicada en el Boletín Oficial considera que existe planificación fiscal internacional cuando se verifique/n alguna/s de las siguientes situaciones:

a) Se utilicen sociedades para el aprovechamiento de convenios para evitar la doble imposición, se adopten estrategias para evitar la configuración del estatus de establecimiento permanente, se produzca un resultado de doble no imposición internacional, se permita la locación de una o varias bases imponibles en fiscos extranjeros o se pretenda evitar la presentación de algún régimen de información.

b) Se encuentren involucradas jurisdicciones no cooperantes o de baja o nula tributación.

c) Se aprovechen las asimetrías existentes en las leyes tributarias de dos o más jurisdicciones en lo que respecta al tratamiento y/o calificación de una entidad o contrato o de un instrumento financiero, que tengan por efecto una ventaja fiscal o cualquier otro tipo de beneficio.

d) La persona humana, sucesión indivisa, sociedad, fideicomiso, fundación o cualquier otro ente del exterior o instrumento legal posea doble residencia fiscal.

e) Cualquier sujeto posea derechos inherentes al carácter de beneficiario, fiduciante, fiduciario, fideicomisario (o similar) de fideicomisos (trusts o similares) de cualquier tipo constituidos en el exterior, o en fundaciones de interés privado del exterior o en cualquier otro tipo de patrimonio de afectación similar situado, radicado, domiciliado y/o constituido en el exterior.

La herramienta permite verificar que los tributos correspondientes se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se perfeccionan los hechos imponibles. El objetivo de los regímenes de declaración obligatoria de planificaciones fiscales radica en incrementar el nivel de conocimiento respecto de las operaciones y estructuras que utilizan las empresas a los efectos de facilitar a las Administraciones Tributarias la obtención de información temprana.

La utilización de determinadas estrategias de planificación fiscal permite a las empresas que las implementan aprovechar la complejidad del sistema tributario así como las asimetrías existentes en este, a fin de minimizar la carga tributaria de cada sujeto.

Se lanza el nuevo Régimen de Información de Planificaciones Fiscales
Se lanza el nuevo Régimen de Información de Planificaciones Fiscales

¿Qué tipo de planificaciones fiscales deben informarse?

1) Planificaciones Fiscales Nacionales

2) Planificaciones Fiscales Internacionales

¿Quiénes deben informar?

Están obligados a informar los asesores fiscales que implementen una planificación fiscal para un tercero y los contribuyentes que implementen una planificación fiscal.

¿Cuándo se debe informar?

Las planificaciones fiscales nacionales deben informarse hasta el último día del mes siguiente al de cierre del período fiscal en el que se implementó; en el momento más cercano a la implementación de la planificación fiscal (planificaciones fiscales internacionales).

¿Qué se debe informar?

El asesor fiscal y/o contribuyente debe suministrar información clara, precisa y suficiente para comprender la planificación fiscal realizada, e identificar la ventaja fiscal o beneficio que se espera de la misma.

¿Qué beneficios trae el Régimen IPF a los contribuyentes?

Conocen tempranamente que planificaciones son consideradas de riesgo por la AFIP lo que les permite reducir futuros cuestionamientos

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