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Explosiva definición: cómo califica el vicepresidente de Brasil a la Argentina

El vicepresidente de Brasil, el general Hamilton Mourao, defendió respetar los principios de responsabilidad fiscal para evitar la "quiebra" del país
09/04/2021 - 07:07hs
Explosiva definición: cómo califica el vicepresidente de Brasil a la Argentina

El vicepresidente de Brasil, el general Hamilton Mourao, defendió este jueves respetar los principios de responsabilidad fiscal para evitar la "quiebra" del país y acabar "igual" que Argentina, país que calificó como el "eterno mendigo".

"No podemos escapar de las reglas de responsabilidad fiscal, si no el país quiebra y, si el país quiebra, vamos a estar igual que nuestro vecino del sur, igual que Argentina, eterno mendigo", expresó Mourao en un evento virtual con inversores y empresarios.

La relación entre Brasil y Argentina no atraviesa por su mejor momento, coincidiendo con los mandatos de Jair Bolsonaro y Alberto Fernández.

Cómo califica el vicepresidente de Brasil a la Argentina

Las fricciones empezaron desde el momento en que Bolsonaro apoyó con firmeza la reelección de Mauricio Macri durante la campaña electoral de 2019 en Argentina.

Las diferencias se acentuaron después, con la decisión de Bolsonaro de no acudir a la investidura de Fernández, a la que sí asistió el vicepresidente Mourao.

Cómo califica el vicepresidente de Brasil a la Argentina
Cómo califica el vicepresidente de Brasil a la Argentina

El año pasado representantes de ambos países iniciaron un deshielo que perdura hasta hoy y que se vio algo interrumpido por la irrupción de la pandemia del nuevo coronavirus, a la que los Gobiernos de Brasil y Argentina respondieron de manera diametralmente opuesta.

Mientras Bolsonaro minimizó desde el inicio la gravedad de la covid-19, a la que calificó de "gripecita" e incluso ha recurrido en la Justicia las medidas de distanciamiento social adoptadas por gobernadores y alcaldes, Fernández optó en el principio de la crisis por una cuarenta rígida.

Hamilton Mourao, vicepresidente de Brasil
Hamilton Mourao, vicepresidente de Brasil

Brasil, con una población de unos 212 millones de habitantes, contabiliza hasta la fecha 345.025 fallecidos por covid-19 y más de 13,2 millones de contagiados, según datos del Ministerio de Salud.

Por su parte, Argentina, que tiene unos 45 millones de habitantes, acumula 56.634 muertos relacionados con la enfermedad y cerca de 2,5 millones de infectados, según los últimos datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS).

Argentina: nuevas restricciones

El Gobierno nacional publicó este jueves el nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con restricciones a la circulación y suspensión de actividades que comenzará a regir desde este viernes a las 0:00 hasta el próximo 30 de abril para todo el territorio nacional.

El DNU, que tiene una extensión de 18 páginas, establece en las zonas de mayor riesgo epidemiológico y sanitario el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23:00 y se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06:00 de la mañana de cada día, período en el que solo podrán estar en la calle los trabajadores esenciales.

Si bien el presidente Alberto Fernández afirmó esta mañana en declaraciones radiales que había pedido prohibir que "se usen los lugares interiores del restorán y sólo se pueda comer al aire libre", el decreto reafirmó la posibilidad de que el sector gastronómico mantenga el 30 por ciento del aforo en lugares cerrados.

El aforo del 30 por ciento incluirá también a los eventos culturales, sociales, religiosos, y a los encuentros en cines, teatros y clubes.

A través del documento, quedan suspendidos para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.

Además, se suspenden las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.

El DNU también establece que en los lugares de riesgo epidemiológico y sanitario quedan suspendidas durante la vigencia del presente decreto "actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados".

Las restricciones que comienzan a regir desde este viernes.
Las restricciones que comienzan a regir desde este viernes.

En tanto, en las zonas que no se encuentren dentro de los parámetros para ser consideradas de alto riesgo epidemiológico, se permiten las actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de hasta de diez personas.

Además, fija la prohibición de realizar "actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de VEINTE (20) personas", y la "práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de DIEZ (10) personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes".

Los bares y restaurantes seguirán funcionando, pero deberán cerrar a las 23 horas.
Los bares y restaurantes seguirán funcionando, pero deberán cerrar a las 23 horas.

"Las competencias oficiales nacionales, regionales y provinciales de deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 (DIEZ) personas o que no permitan mantener el distanciamiento mínimo de DOS (2) metros entre los y las participantes podrán desarrollarse siempre y cuando cuenten con protocolos aprobados por las autoridades sanitarias nacionales y/o provinciales, según corresponda", aclara el DNU.

En el artículo 10, se indica que "se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico".

"Los Gobernadores y las Gobernadoras de Provincias y el Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según corresponda, podrán suspender en forma temporaria las actividades y reiniciarlas, conforme a la evaluación del riesgo epidemiológico, de conformidad con la normativa vigente", señala el texto.

Por otra parte, indica que "se fomentará el teletrabajo para aquellos trabajadores y aquellas trabajadoras que puedan realizar su actividad laboral bajo esta modalidad".

Respecto del traslado de trabajadores en el AMBA, establece que "siempre que la presencialidad sea requerida por el empleador o la empleadora, este o esta deberá garantizar el traslado de los trabajadores y de las trabajadoras sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros", excepto en personal esencial y quienes se desarrollan en la actividad educativa.

Además, "queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas, o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social" y "sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes".

También se mantiene "por el plazo previsto en el presente decreto, la suspensión del deber de asistencia al lugar de trabajo" a aquellas personas en situación de mayor riesgo.

El sector público nacional "de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional" deberán "priorizar la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo".

En tanto, el titular de cada jurisdicción determinará "los equipos de trabajadores y trabajadoras esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el adecuado funcionamiento del Sector Público Nacional".

Por último, aclara que para implementar los controles, "el ministerio de Seguridad de la Nación dispondrá en coordinación y en forma concurrente con sus pares de las jurisdicciones Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES controles en rutas, vías de acceso, espacios públicos, y demás lugares estratégicos".

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