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El Gobierno se mete en las góndolas: definió cómo exhibir los productos y qué hacer si falta stock

La secretaría de Comercio interior reguló también la entrega de mercadería y el pago a proveedores. Habrá multas millonarias por incumplimiento.
12/04/2021 - 10:52hs
El Gobierno se mete en las góndolas: definió cómo exhibir los productos y qué hacer si falta stock

Después de multar la semana pasada a grandes empresas, el Gobierno avanzó en nuevos controles a los grandes supermercados mediante la regulación de espacios de exhibición, información sobre stocks y plazos de pago a proveedores. Se trata del Código de Buenas Prácticas Comerciales de Distribución Mayorista y Minorista, un norma que reglamenta la Ley de Góndolas en las superficies de mayor facturación y se prevén sanciones de hasta $550 millones en caso de incumplimiento.

La resolución 340 fue publicada este lunes por la secretaría de Comercio interior, a cargo de Paula Español, cuya área adoptó un alto perfil dentro del Ministerio de Producción en su combate contra la "especulación" a través de crecientes controles de precios a las fabricantes de alimentos y bocas de expendio, la amenaza de cierre a las exportaciones de carne y la mayor regulación de los espacios de venta de productos de retail, con la mira en los alimentos.

Sancionada en marzo del año pasado y reglamentada por decreto en diciembre, la Ley de Góndolas designó al área de Español como autoridad de aplicación, quedando facultada para dictar normas complementarias y aclaratorias. En ese marco y luego de la participación de organismos de defensa del consumidor de distintos niveles gubernamentales, se implementó el código para "reglar las relaciones comerciales" cadenas de supermercados, tiendas, autoservicios y afines, y sus proveedores.

La medida impactó de inmediato en el sector del retail, donde este lunes estudiaban el eventual impacto de los cambios sin pronunciarse al respecto hasta analizar todos los detalles. "Estaba previsto en la Ley de Góndolas, pero lo estamos estudiando", señalaron fuentes de una cadena líder que prefirió mantener el anonimato. "Son muchas normativas, va a ser muy dificil todo", respondieron desde otra empresa del rubro.

En concreto, el manual dispone que "los Comercializadores otorgarán un trato comercial igualitario y sin discriminación entre sus distintos Proveedores y no podrán imponer a los mismos restricciones o condicionamientos, más allá de los requisitos mínimos y habituales en el comercio y el cumplimiento de las normas vigentes, para establecer los acuerdos de provisión".

La secretaria de Comercio, Paula Español, se puso al frente de las medidas más duras para controlar la inflación.
La secretaria de Comercio, Paula Español, es la cara visible de las medidas más duras para controlar la inflación.

Multas para domar los precios

Los cambios son de "aplicación obligatoria" a los sujetos alcanzados por la Ley de Góndolas con una facturación bruta anual superior a los 300 millones de unidades móviles, considerando la facturación de todo el grupo económico. De lo contrario, "las medidas de sanción de la Ley de Góndolas son a través del dereto 274/2019 que aplica llegado el caso hasta los $550 millones", confirmaron desde la cartera de Producción, encabezada por Matías Kulfas.

La norma complementaria, que regirá a partir de los próximos 30 días, se conoció en vísperas del dato de inflación de marzo. Se espera una suba cercana al 4% mensual y un 12% en el primer trimestre. En caso de confirmarse esa cifra, se consolidarán las expectativas de un aumento superior al 40% en los precios para el 2021 y será un nuevo golpe para la meta oficial del 29%. Pero sobre todo evidenciará las dificultades para controlar la inflación, pese a la vigencia de Precios Cuidado y Precios Máximos.

Esa situación llevó a un endurecimiento de la política de Comercio Interior, con la intimación a todas las empresas de los rubros comercial e industrial a incrementar su producción hasta el total de su capacidad instalada mediante la resolución 330 publicada en marzo y la imputación la semana pasada a Mondelez, Bagley y Pepsico por presuntos sobreprecios en la comercialización de algunos productos.

Los controles generan tensiones con las cadenas de supermercados y los fabricantes de alimentos, en donde exigen un descongelamiento de precios y amenazan con llevar a la Justicia un reclamo en rechazo al nuevo sistema de monitoreo de precios para evitar desabastecimiento (Sipre), según advirtió la semana pasada el presidente de la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (Copal) y vicepresidente de UIA, Daniel Funes de Rioja.

Los fabricantes de alimentos sostienen que "la industria no es la causante de la inflación".

Góndolas, stocks y pagos

En ese contexto, la guía oficializada este lunes avanza en la reglamentación de la Ley de Góndolas al obligar a los supermercados a informar a los proveedores sin costo sobre la falta de stock de sus productos en centros de distribución o puntos de venta, y a los consumidores con cartelería en los en los espacios de exhibición así como brindar los datos disponibles sobre plazos de reposición cuando les sean requeridos.

"Los Comercializadores otorgarán un trato digno, respetuoso e igualitario a las y los consumidores frente a las consultas o reclamos efectuados respecto de los productos dispuestos en espacios de exhibición, absteniéndose de efectuar prácticas vergonzantes, vejatorias o intimidatorias", reza el artículo 7 del código de buenas prácticas comerciales de distribución mayorista y minorista.

La normativa dispone que las cadenas de retail se abstendrán de exigirles a los proveedores la entrega de mercadería gratuita o con bonificaciones para su alta de comercialización en los puntos de venta, exhibir productos que induzcan a error o engaño a las y los consumidores respecto al precio, origen y demás características del bien ofertado, y condicionar la contratación de un bien o un servicio a la adquisición por parte de las y los consumidores de otro bien o servicio diferente al principal.

En cuanto a la exhibición, los productos se deberán disponer de forma agrupada y en góndolas, islas de exhibición o espacios virtuales contiguos, conforme las categorías establecidas por la autoridad de aplicación y el formato de cada punto de venta, a fin de "facilitar una comparación rápida y accesible entre productos similares o sustitutos". En ese sentido, según la disposición, "deberán abstenerse de exhibir productos de una misma categoría de forma fragmentada, dispersa o en lugares de difícil acceso".

Por otra parte, los supermercados deberán realizar la devolución o intercambio de envases de productos retornables en condiciones equitativas, igualitarias y evitando cualquier preferencia o ventaja a un proveedor por sobre sus competidores. Las condiciones de exhibición acordadas con los proveedores no podrán ser discriminatorias o inequitativas, por lo que se deberá asegurar condiciones similares de exhibición para productos de similares características.

En ese sentido, se prohíbe a las bocas de expendio que los proveedores intervengan, decidan o condicionen la exhibición, surtido, precios o cualquier otra variable que afecte el normal desenvolvimiento de su competencia. "Cualquier ventaja en las prácticas o condiciones comerciales otorgada por un Comercializador a un Proveedor, podrá ser exigida por sus competidores en igualdad de circunstancias", señala la secretaría de Comercio interior.

En otro punto, la resolución establece que se "facilitarán formas asociativas de reposición, logística y distribución que permitan el establecimiento de economías de escala para el caso de micro y pequeñas empresas proveedoras, así como cooperativas, sectores de la economía popular y la agricultura familiar, campesina e indígena". Y que no se podrán imponer o trasladar a los proveedores gastos relativos a sus propias promociones y publicidades.

Uno de los objetivos de la medida es reducir los tiempos de pago de los supermercados a los pequeños proveedores. En ese sentido, la guía prohíbe realizar acuerdos de provisión que impongan al proveedor seguros o anticipos financieros y que, por regla general, contengan "condiciones financieras discriminatorias". Por ello, se dispone que los planes de compra y provisión deberán ser realizados y comunicados con la debida diligencia y antelación, de forma que permitan planificar su producción a los fabricantes.

Del mismo modo, el código prohíbe a los comercializadores subordinar la compra de un producto o el otorgamiento de ventajas a un proveedor bajo condición de restringir o vedar su relación comercial con otro comprador. Y, por último, los adherentes deberán remitir en forma periódica mediante declaración jurada la información requerida sobre el cumplimiento de la normativa y de la Ley de Góndolas.