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Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos

Desde agosto, las mujeres que tengan 60 años o más que no puedan acceder a una jubilación por falta de aportes, podrán contar años de aportes por sus hijos
14/07/2021 - 06:29hs
Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos

Desde el 1 de agosto, las mujeres que tengan 60 años o más que no puedan acceder a una jubilación por falta de aportes, podrán contar años de aportes por sus hijos para llegar, de esa manera, a cumplir con el requisito de los 30 años de contribuciones.

Para ello deberá emitirse un decreto de necesidad y urgencia. La medida fue anunciada por la directora ejecutiva de la ANSES, Fernanda Raverta, en un acto encabezado por el presidente Alberto Fernández, en Lomas de Zamora. Según las estimaciones del Gobierno, unas 155.000 mujeres podrán acceder al beneficio previsional.

Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos

El programa, llamado "de reconocimiento de períodos de aportes por tareas de cuidado", permite que se contabilice como aportado un año por cada hijo, como regla general, y dos años por cada hijo que haya sido adoptado siendo menor de edad, "porque reconoce el especial compromiso que significa la adopción como forma de proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia", según señalaron desde el organismo previsional.

También se prevé otorgar un reconocimiento de manera ampliada en el caso de hijos con discapacidad o por los que se haya cobrado la Asignación Universal por Hijo (AUH) al menos por 12 meses. En el primer caso se sumará un año adicional y, en el segundo, dos años adicionales al establecido en la regla general.

Desde la ANSES afirman que "los datos estadísticos y administrativos evidencian que, a partir del nacimiento del primer hijo/a, y con más claridad a medida que se incorporan más nacimientos, es menor la densidad de aportes previsionales que registran las mujeres".

Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos
Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos

Actualmente, del total de jubilaciones de la ANSES, el 65% requirió de una moratoria, es decir, de un plan subsidiado para el pago en cuotas de aportes no realizados en su momento, según los datos la Secretaría de Seguridad Social de la Nación. De las jubilaciones otorgadas desde 2017, la tasa de nuevas prestaciones con moratoria se mantiene en un valor de entre el 50 y 60%, aproximadamente. 

Cómo es el plan que permitirá jubilarse contando años de aportes por hijos: el anuncio

"Queremos reconocer la tarea de las mujeres que dedicaron tiempo al cuidado de sus hijos y sus hijas. El trabajo se presenta desigual en la casa y tienen que ser reconocido", señaló Fernanda Raverta Raverta, al sostener que "es una medida que no ofende a nadie" y que "tiene que ver con reparar desigualdad".

El proyecto que -según Raverta- se pondrá en marcha en agosto próximo, reconocerá un año por hijo para las mujeres y para las personas gestantes con hijos nacidos o adoptados siendo menores de edad; dos años para todas las mujeres que hayan sido titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH); y a las trabajadoras registradas que hayan tenido la licencia por maternidad y por excedencia se le va a reconocer ese plazo para que puedan acceder a su jubilación.

El proyecto "busca reparar parte de las desigualdades estructurales que sufren las mujeres a lo largo de su vida y que están derivadas, en gran medida, de la sobre carga de las tareas de cuidado y de las inequidades del mercado de trabajo que se acumulan en el largo plazo".

Según se indicó, combinará tres modalidades complementarias que permitirán disminuir las brechas en el sistema de la seguridad social, y que, además, lograrán garantizar el acceso inmediato a un beneficio jubilatorio para gran parte de las actuales mujeres adultas mayores, muchas de las cuales hoy no tienen ningún ingreso.

Esta línea se reconocerá a los fines jubilatorios un año por hijo/a para mujeres y personas gestantes con hijos/as nacidos/as vivos/as o adoptados siendo menores de edad. Se incluirá a las mujeres que hayan sido titulares de la AUH (y el niño o niña haya percibido este derecho por lo menos durante 12 meses) los cuáles se les computarán dos años adicionales.

En tanto, las trabajadoras registradas que hayan hecho uso del período de licencia por maternidad y por excedencia, también se les reconocerá dicho plazo a los fines de acceder al derecho a una jubilación.

El reconocimiento de años de aporte por hijo/a genera un efecto inmediato en mujeres que siguen sufriendo las consecuencias de una sociedad en la que la brecha de género era aún más pronunciada que en la actualidad. Se trata de un nuevo derecho del presente que puede reparar parte de las inequidades del pasado.

Además, el programa otorga dos años de servicios por cada hijo o hija que haya sido adoptado o adoptada siendo menor de edad, porque reconoce el especial compromiso que significa la adopción "como forma de proteger el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y desarrollarse en una familia que le procure amor y cuidados cuando éstos no pueden ser proporcionados por su familia de origen"

También otorga un mayor reconocimiento en caso de hijo/a con de discapacidad, porque esta situación demanda aún más cuidado y atención.

Asimismo, define un acompañamiento adicional a las mujeres que provienen de trayectorias de vulnerabilidad socioeconómica, porque ellas atraviesan incluso más dificultades que las otras mujeres para poder insertarse en el mercado laboral o para poder delegar en otras personas las tareas de cuidado.

El programa también contempla el reconocimiento del plazo de licencia de maternidad por excedencia, previsto en la Ley de Contrato de Trabajo y explícitamente excluido del derecho a contabilizar como período de servicio. Esta prolongación del tiempo en que la trabajadora se mantiene fuera de sus tareas laborales y que es opcional, está destinada a favorecer el cuidado del/la recién nacido/a.

Planes vigentes: requisitos para tramitar la jubilación anticipada según la actividad

Si bien a la hora de tramitar la jubilación, la ANSES toma en cuenta los años de trabajo con aportes y la edad de las personas interesadas, ya existen actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina.

En líneas generales, para jubilarse las mujeres deben tener 60 años y 65 los hombres y haber aportado durante 30 años. Pero esto puede variar según la actividad y las características del trabajador.

El sistema previsional argentino tiene regímenes especiales que se los califica como "de privilegio" lo que permite acceder a la jubilación anticipada. Aunque en realidad, tienen que ver con tareas especiales o insalubres que se jubilan a menores edades porque tienen menores expectativas de vida.

El trabajo riesgoso o insalubre es aquel que se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud. Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada.

Algunas de las actividades que pueden acceder a una jubilación anticipada a los 55 años en Argentina, son:

  • personal embarcado,
  • ferroviarios,
  • mineros,
  • gráficos,
  • metalúrgicos,
  • personal de seguridad,
  • de la Antártida Argentina,
  • de transporte de carga,
  • petrolíferos
  • y recolectores de residuos, entre otros.
Requisitos para tramitar la jubilación anticipada en ANSES
Requisitos para tramitar la jubilación anticipada en ANSES

Jubilación anticipada: trabajo riesgoso o insalubre

Se lo califica como trabajo riesgoso o insalubre porque se realiza en lugares donde las condiciones, la modalidad o la naturaleza del trabajo afectan a la salud.

Las personas que hayan trabajado en estas condiciones tienen requisitos diferentes para acceder a la jubilación, según la actividad realizada. En estos casos, hablamos de la jubilación anticipada.

Si durante su vida laboral una persona trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de ambas para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios, para su situación en particular.

Estamos ante el caso de la jubilación anticipada y a continuación te explicaremos cómo es rubro por rubro y la ley que los protege. 

Ambientes insalubres

Lugares o ambientes que hayan sido declarados insalubres por autoridad nacional competente. Decreto 4257/68 Art. 1°, Decreto 121/77 Art. 2°.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
  • Servicios: 30 años.

Antártida e Islas del Atlántico Sur

Personas que hayan trabajado en la Antártida e Islas del Atlántico Sur. Decreto 4257/68 - Art. 4°

  • Edad: Hombres y mujeres, 55 años.
  • Servicios: 30 años.

Personal embarcado

Estibadores portuarios, capataces y guincheros

Ferroviarios

Personas que hayan realizado tareas de maquinista o su equivalente, foguista o equivalente, cambista o capataz de cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
  • Servicio: 30 años.

Gráficos

Tipógrafos y linotipista, bajo relación de dependencia.

  • Edad: Hombres, 55 años.
  • Servicios: 30 años.

Hiladores y dofeadores del rayón 

Personas que se desempeñaron en tareas de hilado y dofeo del rayón. Decreto 1851/75

  • Edad: Hombres y Mujeres, 50 años.
  • Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 30 años.

Metalúrgicos

Personal expuesto a la radiación del calor afectado a procesos de producción en tareas de laminación, acería y fundición realizadas en forma manual o semimanual desarrolladas en ambientes de alta temperatura.

  • Edad: Hombres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Mineros

Tareas mineras a cielo abierto. Personal realizando labores de obtención directa de productos mineros.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
  • Servicios: 30 años.

Tareas mineras subterráneas

  • Edad: Hombres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Tareas de forja y fragua

  • Edad: Hombres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Personal de la industria cárnica

Personas que se hayan desempeñado en:

  • Matanza y faenamiento de reses.
  • El procesamiento de la carne y derivados de la res.
  • El control veterinario y en el tratamiento y destrucción de animales enfermos.
  • Salas de máquina donde se superen los 85 decibeles y cuando no hubiere protección auditiva, o los 115 decibeles cuando la hubiere.
  • Tareas de mantenimiento, supervisión, administración y limpieza cuando se presten directa y permanentemente en los sectores donde se realizan los trabajos mencionados anteriormente.

Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.

Servicios: 30 años y 27 años

Personal de Salud

Para personas que hayan realizado tareas de contacto directo con los pacientes de leproserías, salas o servicios de enfermedades infecto - contagiosas, hospitales de alienados o establecimientos de asistencia de diferenciados mentales.

Personas que hayan trabajado en Sanatorios y Hospitales en tareas de radioscopía.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
  • Servicios: 30 años

Personal de seguridad operativa industrial

Con función permanente en plantas de elaboración o fraccionamiento de combustibles líquidos de primer grado.

  • Edad: Hombres, 55 años.
  • Servicios: 30 años.

Personal de servicios eléctricos

Que hayan realizado tareas en:

  • Balancines, silletas, escaleras a viento o soga a nudo u otro sistema que demande la colocación de esos elementos y se efectúe a más de 4 mts. de altura, vacío o profundidad.
  • En celdas y barras de alta tensión o instalaciones no protegidas.
  • En trabajos con tensión o postes.
  • En constatación de medidores registradores, cambio y revisión de los mismos en domicilio del usuario.
  • En lugares donde se supere los 85 decibeles cuando hubiere protección.
  • Cuando realice trabajo de mantenimiento, supervisión y de limpieza en forma directa y permanente en los lugares en las que se efectuaren las tareas anteriormente mencionados.

Requisitos

  • Edad: Hombres, 55 años.
  • Servicios: 30 años.

Personal de transporte de carga

  • Edad: Hombres, 55 años.
  • Servicios: 25 años.

Autónomo

  • Edad: Hombres, 60 años.
  • Servicios: 30 años

Personal del Teatro Colón

Ballet estable y contratado en el Teatro Colón - Ordenanza 29604

  • Edad: Hombres y mujeres, 40 años.
  • Servicios: 20 años

Cantantes líricos del Teatro Colón - Ordenanza 29605

  • Edad: Hombres, 65 años. Mujeres, 60 años.
  • Servicios: Hombres, 25 años. Mujeres, 20 años.

Petrolíferos y gasíferos

Personal que se haya desempeñado en la exploración petrolífera y gasífera llevado a cabo en campaña y en boca de pozo, a la perforación, terminación, mantenimiento y reparación de pozos.

  • Edad: Hombres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Recolectores de residuos

Personal afectado a la recolección de residuos. Incluye recolectores de la Administración General de Puertos.

  • Edad: Hombres, 55 años.
  • Servicios: 25 años.

Telefónicos

Operadores, telefonistas, operadores de reclamos, operadores de guía y supervisores.

  • Edad: Mujeres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Telégrafos y radiotelégrafos

Operadores afectados al sistema telegráfico Morse o similares y de teletipo con un mínimo 1.500 palabras por jornada de trabajo.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 50 años.
  • Servicios: Hombres, 30 años. Mujeres, 25 años.

Transportistas

Conductores de ómnibus o vehículos de transporte colectivo de personas pertenecientes a líneas urbanas, interurbanas o de larga distancia.

  • Edad: Hombres, 55 años. Mujeres, 52 años.
  • Servicio: 30 años.

Vidrieros

Personas que se hayan desempeñado en la fabricación y composición de vidrio. Decreto 3176/71.

  • Edad: Hombres, 50 años.
  • Servicios: 25 años.

Si una persona durante su vida laboral trabajó por un tiempo en actividades de servicios comunes y otro en actividades especiales, riesgosas o insalubres, se tomarán en cuenta los requisitos de cada una para calcular la edad jubilatoria y la cantidad de aportes necesarios para su situación en particular.

Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes

La jubilación es un beneficio que mucho aspiran conseguir tras años de aportes. Sin embargo, para obtenerla, es necesario cumplir algunos requisitos; como tener la edad necesaria (60 las mujeres y 65 los hombres) y haber cumplido con los 30 años de aportes.

Debido a esto, quienes forman parte de la economía informal han tenido dificultares para acceder a la jubilación.

En este artículo, vamos a comentarte los requisitos para acceder a la jubilación sin aportes.

En primer lugar, vale mencionar que el panorama ha cambiado desde hace un tiempo, ya que existe una moratoria previsional para este grupo que no logró cumplir los requisitos. Es decir, que quiere obtener la jubilación sin aportes.

Moratoria previsional para obtener la jubilación sin aportes

Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes
Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes

Permite adquirir los 30 años necesarios para jubilarse (o los que le falten) y así obtenerla aún sin aportes.

¿Cómo funciona la moratoria previsional para obtener la jubilación sin aportes?

La moratoria previsional o jubilación sin aportes equivale al haber mínimo y consiste en la adquisición de la jubilación pero con unos descuentos; los cuales son para compensar los años sin aportes.

De esta forma, si te jubilás con la moratoria previsional, tendrás dos descuentos:

  • Pago de la obra social: Se trata de un descuento que se realiza a todas las jubilaciones, no solo en la jubilación sin aporte.
  • Descuento por la moratoria: Consiste en un descuento que se le hace al importe de cada cuota mensual por la moratoria previsional; es decir, un descuento por los años de aportes faltantes.

En el caso del descuento de la moratoria, este no será por siempre; ya que se termina de descontar luego de un período de tiempo de 60 meses, o sea 5 años. Pero de esta manera, podrás obtener la jubilación sin aportes.

¿Quiénes no pueden obtener esta jubilación sin aportes?

Con la moratoria previsional pueden obtener la jubilación sin aportes quienes no hayan realizado aportes o no tengan los 30 años de aportes completos; ya que el objetivo de la misma es precisamente permitir que el interesado pueda adquirir los años que necesite para jubilarse.

Sin embargo, existen algunos impedimentos para optar por esta moratoria previsional:

  • Cobrar alguna jubilación (nacional o provincial), plan social o pensión contributiva: en este caso, tendrás que renunciar a estos para optar por la jubilación sin aportes.
  • Tener pensión por viudez: si sos beneficiario de este tipo de pensión, tendrás que abonar la moratoria previsional de contado; lo que significa que no podrás acceder al plan de pagos.
Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes
Requisitos para acceder a la jubilación sin aportes

Para saber si te podés jubilar sin aportes, tenés la opción de completar un formulario en ANSES, el cual permite conocer tu situación y determinar si podés aplicar.

Cómo consultar la Historia Laboral

Para informarte acerca de tus aportes registrados, podés consultar los siguientes datos referidos a tu Historia Laboral:

  • Las declaraciones juradas presentadas por tus empleadores.
  • Los períodos registrados y tus remuneraciones como trabajador autónomo y/o monotributista.
  • Información suministrada por las provincias transferidas a la Nación, en caso de que corresponda.

La constancia de Historia Laboral emitida de forma online no requiere la autenticación de un agente de ANSES. Los trabajadores también pueden solicitar un Reconocimiento de Servicios, que es una resolución firmada por ANSES con los aportes jubilatorios registrados en el ámbito nacional.

La consulta de tu Historia Laboral es personal, accediendo con tu Clave de la Seguridad Social a Mi ANSES > Trabajo > Consulta de Historia Laboral.

Moratoria previsional para mujeres y hombres

La moratoria previsional de la Ley 26.970, continúa vigente para las mujeres que cumplan la edad jubilatoria (60 años, y menores de 65 años).

Para el caso de los hombres, se restablece la vigencia del artículo 6° de la Ley N° 25.994 por el término de 1 año, prorrogable por 1 año más.

Jubilación sin aportes:moratoria previsional para mujeres y hombres
Jubilación sin aportes:moratoria previsional para mujeres y hombres

Los períodos a incluir deben estar comprendidos entre el 01/01/1955 al 31/12/2003 para autónomo y hasta el 31/01/2004 si es monotributo y desde los 18 años de edad.

La deuda podrá cancelarse de contado o en un plan de hasta 60 cuotas, cuyos importes se adecuarán trimestralmente mediante la aplicación del índice de movilidad.

Por último, en el caso de tener dudas o requerir más información al respecto, podés comunicarse con la ANSES al número 130.

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