iProfesionaliProfesional

AFIP incrementa los controles sobre billeteras virtuales: cuáles son los cambios

La medida busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias y mejorar las herramientas de control de un sector en alza
22/07/2021 - 15:55hs
AFIP incrementa los controles sobre billeteras virtuales: cuáles son los cambios

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso incorporar las billeteras virtuales al régimen de información previsto para las transacciones de activos efectuadas mediante herramientas y/o aplicaciones informáticas.

La medida busca equiparar el tratamiento impositivo de las cuentas bancarias y no bancarias mejorando las herramientas de control de un sector con cada vez mayor importancia dentro de los servicios financieros, argumentó hoy en un comunicado el organismo.

En ese marco, la AFIP agregó que la decisión no tiene ningún impacto sobre los usuarios de servicios de billeteras virtuales, siendo los nuevos sujetos alcanzados los administradores de los Proveedores de Servicios de Pago (PSP).

De esta forma, la modificación para las empresas PSP prevista en la Resolución General 5029 entrará en vigencia para las operaciones realizadas a partir de julio de 2021 y, por ese motivo, la información correspondiente a dicho mes podrá ser presentada por las PSP hasta el último día hábil de agosto.

La incorporación de los PSP al régimen informativo se realiza en el marco de las modificaciones efectuadas en la Ley del Impuesto sobre los Créditos y Débitos (conocida como "impuesto al cheque") en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias.

Los cambios, publicados en el decreto 301/2021 del Boletín Oficial en mayo, habían establecido una alícuota de 1,2% que alcanza a las personas jurídicas (las humanas continuarán exentas) que realicen operaciones en cuentas de pago, debiendo actuar como agente de retención y liquidación los PSP.

AFIP establece que las billeteras virtuales sean alcanzadas por los regímenes de información

Además, con el objeto de identificar las transferencias de fondos que se realicen entre cuentas a la vista, se incorpora como parte de la información a suministrar por las PSP, el dato de la Clave Virtual Uniforme (CVU) en los casos que, como mínimo, una de las cuentas pertenezca a dichas empresas, facilitando, de acuerdo con la AFIP, interoperabilidad entre cuentas a la vista y servicios de pago.

Nuevas normas antifraude para billeteras virtuales

Tal como lo había anticipado en un comunicado previo al 9 de julio, finalmente hace unos días el Banco Central emitió una comunicación que estableció una serie de medidas destinadas a aumentar los requisitos de seguridad de las billeteras virtuales a fin de prevenir que los usuarios de estas herramientas sean víctimas de fraude.

"Las billeteras electrónicas y las entidades del sistema financiero tendrán que tomar nuevas medidas de seguridad para prevenir engaños a los usuarios de los servicios financieros", señalaba el comunicado.

En general, la nueva normativa no generó sorpresa en el sector Fintech y es evaluada como "correcta",  pero hay un punto que podría generar algo de polémica en las próximas semanas y es el que se refiere a la prohibición de que los clientes utilicen una tarjeta o cuenta bancaria que no coincida con los datos de su cuenta en la empresa.

El mayor uso de las herramientas digitales puso en evidencia la exposición a riesgos de los usuarios de las billeteras.
El mayor uso de las herramientas digitales puso en evidencia la exposición a riesgos de los usuarios de las billeteras.

¿Qué llevó a la emisión de la norma?

"En los últimos años el país cultivó un fecundo ecosistema de medios de pago electrónicos. Y, con todas las ventajas que dichas herramientas han demostrado aportar, la aceleración de su adopción, potenciada por la pandemia del COVID-19, ha exhibido la vulnerabilidad de parte del universo de usuarios a estafas de mayor y menor complejidad", ilustra Marcos Blanco, socio líder del área de Tecnologías de la Información y Privacidad (TIP) del estudio MHR Abogados.

En este sentido, Juan Pablo Bruzzo, CEO de la empresa MONI y ex presidente de la Cámara Argentina de Fintech, comenta que, "en el último tiempo, hubo algunos fraudes de público conocimiento, como los que se cometieron a través de DEBIN, en el que los estafados fueron contactados para recibir un dinero confirmando un link y lo que realmente pasaba era que, al hacer clic, se les debitaba esa plata". Y asegura que esa situación fue un alerta de que hay que trabajar para mejorar la seguridad digital.

Los puntos que estableció el BCRA

A luz de estos antecedentes, Blanco señala que el Banco Central estableció a través de la Comunicación "A" 7328, que, a partir de agosto, las aplicaciones que ofrezcan servicios de billeteras virtuales deberán cumplir con lo siguiente:

  • Verificar la identidad de las personas que requieren la apertura de una cuenta de pago, observando las disposiciones para entidades financieras.
  • Sólo permitir asociar a las billeteras digitales aquellos instrumentos de pago o cuentas que pertenezcan al titular de la cuenta.
  • Tendrán que arbitrar mecanismos de identificación y autenticación del usuario "fuertes" para acceder a la billetera. El cumplimiento de estos requisitos debe ser trazable y auditable.

El abogado asegura que, en cuanto las disposiciones referidas a la verificación y autenticación del usuario para la apertura y acceso a la cuenta, "la norma sólo confirma en gran medida los estándares de exigencia adoptados por los principales jugadores del mercado". Y Bruzzo confirma su apreciación al señalar que "la rigurosidad en los procesos de registro está muy extendida en el sector Fintech".

El empresario menciona, por ejemplo, que en el caso de Moni se le solicitan el DNI al cliente y se chequea con el RENAPER que sea correcto y que el reconocimiento de rostro coincida con los registros del organismo, a la vez que consultan otras bases de datos públicas para chequear información y verifican que las cuentas bancarias, tarjetas de débito y el DNI coincidan. "Es muy sólido el on-boarding y esos estándares son comunes a todas las compañías en general", resalta.

Sin embargo, tal como se anticipó al comienzo de la nota, la prohibición de que los clientes utilicen una tarjeta o cuenta bancaria que no coincida con los datos de su cuenta en la empresa puede generar rispideces.

Los usuarios no podrán asociar a sus billeteras virtuales cuentas o tarjetas que no estén a su nombre.
Los usuarios no podrán asociar a sus billeteras virtuales cuentas o tarjetas que no estén a su nombre.

¿Conflicto en puerta?

Sucede que algunos PSPs, entre los que se encuentra MercadoPago, permiten asociar una tarjeta o cuenta perteneciente a otro titular a un usuario. "Tiene sentido porque, por ejemplo, el hijo de un cliente tiene una tarjeta asociada a su cuenta bancaria y puede querer usar para realizar pagos, per con la nueva regulación no va a poder", detalla Bruzzo.

Tal como explica Blanco, "la medida referida a la asociación exclusiva de instrumentos de pago y cuentas pertenecientes al mismo titular, según las palabras del Banco Central, fue ideada para evitar que se utilicen datos de terceros que pueden ser obtenidos por medio de fraude o engaño" (incluyendo datos relativos a tarjetas de crédito y débito, cajas de ahorro o cuentas de pago o a la vista, u otras fuentes de fondos).

Sin embargo, una fuente del sector Fintech alerta que "parece un exceso de seguridad porque, si los PSPs, como MercadoPago, logran con distintas tecnologías controlar el fraude sistemático, no hace falta esa restricción". Y asegura que, desde la industria, las empresas pueden refutar la necesidad de esta exigencia con conocimiento de causa y pruebas más que suficientes.

De cara al futuro, entre las fintechs no descartan que puedan llegar nuevas regulaciones en los próximos meses, ya que viene muy activo el BCRA en ese sentido últimamente y, en relación a este punto, Blanco llama la atención sobre la mención que el BCRA realizó en el comunicado que anticipó la nueva norma al régimen de Transferencias 3.0 (relativo a la interoperabilidad de códigos QR).

Advierte que la entidad hace referencia a los avances del programa que, busca generar un sistema de pagos más moderno, ágil y avanzado capaz de sustituir al efectivo con eficiencia y seguridad, pero que, a pesar del entusiasmo que provocó hace unos meses, este régimen no ha tenido grandes avances y, en tal sentido, no descarta que "dicha mención, innecesaria a los efectos del objeto del comunicado, podría ser un indicio de la renovada voluntad del organismo de avanzar en su implementación".