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Tras las últimas modificaciones en las importaciones: qué pasará con las compras en Amazon y Alibaba

Algunos rubros quedarán exceptuados de inscribirse en el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones. Los detalles en la siguiente nota
Por L.C.
27/12/2023 - 09:14hs
Tras las últimas modificaciones en las importaciones: qué pasará con las compras en Amazon y Alibaba

En las útimas horas, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la Secretaría de Comercio formalizaron la creación del Sistema Estadístico de Importaciones (SEDI), reemplazando así al Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIRA) instaurado durante la gestión del ex ministro de Economía Sergio Massa. La iniciativa refleja la dirección del nuevo Gobierno argentino hacia la desregulación del comercio exterior, marcando un cambio significativo en las políticas relacionadas con las importaciones.

La normativa recién establecida plantea la eliminación de licencias y permisos para importar, aunque con ciertas excepciones en sectores específicos.

Entre los rubros eximidos de este nuevo registro se encuentran los servicios conocidos como "puerta a puerta" y los couriers, que posibilitan la recepción de productos adquiridos en el extranjero a través de plataformas como Amazon, Alibaba y Tiendamia, entregándolos directamente en el domicilio del consumidor.

La Resolución Conjunta 5466/2023 detalla las operaciones de importación exceptuadas de realizar las declaraciones en el SEDI. Estas incluyen:

  1. Destinaciones de importación para consumo en los regímenes de muestras, donaciones y franquicias diplomáticas.
  2. Mercaderías con franquicias de derechos y tributos.
  3. Mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o envíos postales.
  4. Bienes amparados en el régimen de importaciones para insumos destinados a investigaciones científico-tecnológicas.
  5. Bienes provenientes del Área Aduanera Especial creada por la Ley N° 19.640 y operaciones de importación de bienes provenientes del territorio continental.
  6. Mercaderías ingresadas bajo lo dispuesto en la Resolución General N° 3.628 de AFIP.

Importaciones: nuevas pautas vigentes

Ante las consultas sobre los cambios en las mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o envíos postales, desde la Secretaría de Comercio aclararon que estas excepciones no requieren completar una declaración SEDI, pero deben seguir los procedimientos aduaneros establecidos en las normas correspondientes.

Enfatizaron que la modificación actual se centra en la normativa de importaciones y no en la de courier, aclarando que la resolución publicada busca la desarticulación de SIRAS y del sistema de licencias, marcando así una clara diferencia entre ambas áreas de regulación.

Algunos rubros quedarán exceptuados de inscribirse en el nuevo Sistema Estadístico de Importaciones, como en el caso de mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales
Algunos rubros quedarán exceptuados, como en el caso de mercaderías ingresadas bajo el régimen de Courier o de envíos postales

El nuevo Gobierno argentino se embarca en un proceso destinado a eliminar las restricciones al comercio exterior, que se intensificaron en los últimos años. Esto se evidencia especialmente en el caso de las mercaderías privadas ingresadas al país mediante el método "puerta a puerta".

En el año anterior, el Banco Central eliminó la posibilidad de financiar compras en cuotas en estas transacciones, atribuyendo la decisión a la escasez de reservas. Posteriormente, redujo el monto máximo permitido para este tipo de transacciones de u$s3.000 a u$s1.000. Esta medida revirtió la normativa vigente desde 2018, cuando, durante el Gobierno de Mauricio Macri, el límite había aumentado de u$s900 a u$s3.000 como parte de las iniciativas de apertura comercial.

Adicionalmente, se establecieron condiciones específicas para los envíos, limitando el peso a 50 kilos y permitiendo hasta tres unidades de la misma especie. Se reiteró que estos envíos no pueden tener fines comerciales y, hasta la fecha, solo se permitían hasta cinco pedidos al año mediante este sistema. Comparando con otros países de la región, se observa una variabilidad en los montos permitidos para compras en el extranjero. En Uruguay, el límite es de u$s200, mientras que en Bolivia y Paraguay es de u$s1.000, al igual que en Argentina. Colombia y Perú, por su parte, permiten hasta u$s2.000, mientras que en Brasil y Chile el límite asciende a u$s3.000. En Ecuador, los valores varían según la categoría, oscilando entre u$s400 y u$s5.000.

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