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¿Vas a contratar una empleada doméstica? Todo lo que necesitás saber sobre sueldos, pagos y condiciones en junio 2025

Es fundamental que conozcas las obligaciones legales que implica el vínculo laboral y, sobre todo, cuánto corresponde pagar según el trabajo que realice
Por S.A.
ECONOMÍA - 20 de Mayo, 2025

Si estás pensando en contratar una empleada doméstica, es fundamental que conozcas las obligaciones legales que implica el vínculo laboral y, sobre todo, cuánto corresponde pagar según el trabajo que realice, las horas que cumpla y si está con o sin retiro. A continuación, te dejamos una guía clara y actualizada para que puedas contratar con responsabilidad y dentro de la ley.

Las empleadas domésticas no reciben un aumento desde febrero de 2025. La última actualización fue fijada en la Resolución 1/2025, que incorporó aumentos retroactivos del 1,3% para diciembre 2024 (cobrados en enero) y del 1,2% para enero 2025 (cobrados en febrero). Desde entonces, no hubo nuevos ajustes.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares debe reunirse para definir un posible incremento salarial en junio, pero mientras tanto, se mantiene la escala vigente de mayo, que también aplicará si no hay novedades.

Empleada doméstica: ¿cuánto se paga por mes o por hora en junio 2025?

Aquí te dejamos los montos mínimos que debés abonar según la categoría del personal contratado:

Personal para tareas generales

  • Con retiro: $2.863 por hora | $351.233 por mes
  • Sin retiro: $3.089 por hora | $390.567 por mes

Asistencia y cuidado de personas

  • Con retiro: $3.089 por hora | $390.567 por mes
  • Sin retiro: $3.454 por hora | $435.246 por mes

Caseros (viven en el lugar de trabajo):

  • $3.089 por hora | $390.567 por mes

Personal para tareas específicas (cocineros/as, mayordomos/as, etc.)

  • Con retiro: $3.270 por hora | $400.310 por mes
  • Sin retiro: $3.585 por hora | $445.613 por mes

Supervisores/as

  • Con retiro: $3.454 por hora | $430.878 por mes
  • Sin retiro: $3.783 por hora | $479.950 por mes

Estos valores son los mínimos legales para trabajadoras registradas, y están sujetos a revisión por paritarias.

¿Cómo sabés si debés pagar por hora o por mes?

Dependerá de cuántas horas trabaje la empleada doméstica por semana:

  • Menos de 24 horas semanales: se paga por hora
  • 24 horas o más semanales: se paga mensualmente (aunque puede ser proporcional si no trabaja jornada completa)

El pago por hora debe realizarse al final de la jornada o de la semana, según lo acuerden. El pago mensual debe hacerse antes del cuarto día hábil del mes siguiente.

Antigüedad, zona desfavorable y otros adicionales

Como empleador tenés que tener en cuenta que al sueldo base se le pueden sumar ciertos adicionales obligatorios:

  • Antigüedad: corresponde un 1% adicional por cada año trabajado.
  • Zona desfavorable: se paga un 30% adicional a quienes trabajen en La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego o el partido de Patagones (Buenos Aires).
  • Horas extras: tienen recargo del 50% en días comunes y del 100% en sábados después de las 13, domingos y feriados.
  • Viáticos: no son obligatorios por ley, pero muchos empleadores los incluyen debido al aumento del transporte.

¿Debés registrarla aunque trabaje por horas?

Uno de los errores más comunes es pensar que si la empleada trabaja pocas horas por semana, no hace falta registrarla. Eso es incorrecto. Siempre hay que hacerlo.

Tanto si trabaja por hora como si lo hace jornada completa, debés registrarla en la AFIP (ARCA ya no existe como organismo independiente, se gestiona todo por AFIP) para que acceda a:

  • Aportes jubilatorios
  • Obra social
  • Licencias (vacaciones, maternidad, enfermedad, etc.)
  • Seguro de riesgos de trabajo (ART)

Si la trabajadora presta servicios en varios domicilios, cada empleador debe registrarla y pagar su parte proporcional.

¿Dónde se negocian los aumentos salariales?

Los incrementos para el sector no se definen por decreto presidencial, sino en el marco de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares (CNTCP), que reúne a:

  • Subsecretarías de Trabajo y Empleo (representación estatal)
  • Empleadores particulares
  • Sindicatos (principalmente UPACP)

Por el momento, no hay fecha confirmada para una nueva reunión. Te recomendamos estar atenta/o a las noticias oficiales durante junio.

¿Cuál es tu responsabilidad como empleador?

Contratar una empleada doméstica es una decisión importante que conlleva derechos y obligaciones. Como empleador tenés la responsabilidad legal de:

  • Registrar el vínculo laboral en AFIP
  • Pagar el salario correspondiente según categoría, jornada y modalidad
  • Abonar los aportes previsionales y de obra social
  • Cumplir con los adicionales legales (antigüedad, horas extra, zona)
  • Emitir recibo de sueldo y estar al día con tus pagos
  • Una relación laboral en blanco protege tanto a la trabajadora como al empleador. Además, es la única manera de cumplir con las leyes vigentes y evitar multas o conflictos.

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