ENERGÍA

El Gobierno redefinió los períodos de ajuste del gas y así impactará en las boletas de los usuarios

Las facturas variarán dos veces al año tras la implementación de un nuevo cronograma, impactando el monto final de los consumos domiciliarios
Por iProfesional
ECONOMÍA - 11 de Marzo, 2026

La Secretaría de Energía redefinió el mecanismo de ajustes estacionales del gas que impactan en las tarifas de los usuarios. La modificación implica volver a un esquema de dos períodos anuales, abandonando el formato semestral que regía desde 2018.

La decisión se oficializó este miércoles mediante la Resolución 60/2026, publicada en el Boletín Oficial. La norma cambia la forma en que las distribuidoras trasladan a las boletas el costo del gas que compran.

Según el nuevo esquema, habrá un período invernal que irá del 1 de mayo al 30 de septiembre. El estival, en tanto, abarcará del 1 de octubre al 30 de abril del año siguiente.

La medida modifica el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas originalmente por el Decreto 2.255/1992, que establece las condiciones bajo las cuales operan las empresas de gas por redes en todo el país.

Por qué cambia el esquema de actualización del gas en las tarifas

La normativa se sustenta en la Ley 24.076. Esa legislación determina que el precio de venta del gas por parte de las distribuidoras debe reflejar los costos de adquisición del combustible.

La reglamentación establece algo clave: las variaciones en el precio del gas deben trasladarse a la tarifa final sin generar ganancias ni pérdidas para las empresas distribuidoras o transportistas.

El mecanismo y la periodicidad de ese traslado quedan en manos de la autoridad regulatoria. Y ahí es donde interviene esta nueva resolución.

El esquema vigente hasta ahora había sido modificado en 2018. Una medida del entonces Ministerio de Energía y Minería alineó los períodos de actualización con los cuadros tarifarios semestrales.

Pero ese criterio perdió relevancia en el contexto actual, según argumentó la Secretaría de Energía, debido a la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU), que fija un valor promedio anual del gas reconocido en la tarifa.

Bajo el PAU, la estacionalidad regulatoria ya no responde principalmente a cambios en el precio del gas. Ahora obedece al comportamiento de la demanda del sistema.

Y esa demanda suele dispararse a partir de mayo, cuando arranca el frío. De ahí la decisión de volver a un período invernal que comience justamente en ese mes.

Cómo se implementará la nueva periodicidad en las distribuidoras

La resolución establece que las distribuidoras de gas por redes deberán aceptar la modificación del esquema estacional. Pero el texto incluye una cláusula de aceptación tácita.

Si no hay manifestación expresa, se considerará aprobada automáticamente cuando las empresas presenten la primera solicitud de traslado del precio del gas utilizando la nueva periodicidad.

Esa solicitud debe presentarse ante el ente regulador, que evaluará el pedido según los parámetros fijados por la Resolución 60/2026.

La medida fue firmada por María Carmen Tettamanti, secretaria de Energía. Contó con la intervención de la Dirección de Tarifas y Regalías de la Dirección Nacional de Economía y Regulación.

También participó el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía, que revisó la legalidad del instrumento antes de su publicación oficial.

El primer ajuste bajo el nuevo esquema estacional podría aplicarse a partir del 1 de mayo, cuando arranque formalmente el período invernal definido por la norma, siempre que las distribuidoras presenten las solicitudes correspondientes ante el regulador.

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