Las dos medidas que prepara el Gobierno para facilitar cobros en crisis de morosidad
Frente a los elevados niveles de morosidad en el crédito al consumo que afectan a casi 6 millones de personas en todo el país, el Gobierno nacional y el Banco Central de la República Argentina (BCRA) impulsan un paquete de normativas financieras para mejorar la cobrabilidad de los préstamos. Aunque los últimos datos del Informe sobre Bancos del BCRA mostraron que la mora en familias dejó de crecer en junio tras un año y medio de alza ininterrumpida —ubicándose en un 12,8% en créditos personales y tarjetas—, las tasas de irregularidad continúan en niveles históricamente altos.
Con el objetivo de contener el riesgo crediticio y dinamizar el financiamiento de bancos y entidades fintech, las autoridades diseñaron dos herramientas orientadas a automatizar el cobro de los vencimientos adeudados directamente desde las cuentas o recibos de sueldo de los deudores.
Morosidad: cobros por Transferencia y el código de descuento en recibos de sueldo
La primera medida en implementarse es la denominada herramienta de Cobros por Transferencia, la cual entra en vigencia este lunes 31 de agosto. Este mecanismo faculta a los acreedores a debitar la cuota pendiente de un crédito desde la cuenta bancaria o billetera virtual del cliente. No obstante, la norma establece limitaciones operativas para proteger al usuario:
- Autorización explícita: El deudor debe consentir el débito automático al momento de tomar el crédito, conservando la facultad de revocar el permiso en cualquier momento.
- Tope de ingresos y notificaciones: Las cuotas deben ser fijas y no superar el 30% del haber mensual del usuario. Además, la entidad debe notificar al deudor con 24 horas de anticipación antes de ejecutar el débito.
- Límite de reintentos: Se autoriza un intento inicial y un máximo de dos reintentos (a las 48 y 96 horas) para evitar cobros repetitivos o abusivos.
- Límites prácticos: Desde el sector financiero señalaron reparos sobre su diseño, argumentando que solo permite debitar de la cuenta donde se depositó el crédito original y no contempla el cobro de intereses punitorios por mora.
Por otra parte, la segunda iniciativa contempla la ampliación del código de descuento sobre el recibo de sueldo, contemplada bajo el artículo 36 de la reforma laboral. Esta herramienta permitirá descontar de forma directa de la nómina salarial las cuotas de los créditos contratados. La puesta en marcha efectiva de este mecanismo dependerá de la publicación de las normas complementarias por parte del BCRA.