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Créditos UVA: cuándo se activa la cláusula que extiende el plazo para pagar

De cara a la creciente inflación se puede solicitar un incremento el tiempo de pago. E "salvavidas" suma más cuotas al plan de pagos acordado
13/09/2018 - 17:25hs
Créditos UVA: cuándo se activa la cláusula que extiende el plazo para pagar

La aceleración de la inflación en los últimos meses está generando preocupación entre los tomadores de créditos UVA, quienes ven elevarse el monto de las cuotas por encima de lo que tenían inicialmente previsto.

Pero existe una salvaguarda que puede ser útil en muchos casos: el banco debe ofrecer una extensión de plazos si la brecha entre el crecimiento del índice inflacionario (IPC - índice de precios al consumidor) y la suba de salarios es del 10% o superior.

Por ejemplo, con una inflación acumulada en lo que va del año del 24,3%, quienes sacaron un crédito en enero y tienen un salario actualizado en menos del 14,3%, están en condiciones de solicitar una extensión. 

“Las entidades deberán dar al cliente la opción de extender el número de cuotas originalmente previstas cuando el importe de la cuota a pagar supere en 10% el valor de la cuota que resultaría de haber aplicado a ese préstamo un ajuste de capital por el Coeficiente de Variación de Salarios (“CVS”) desde su desembolso", explica la Comunicación “A” 5945 del Banco Central.

Ante solicitud expresa del cliente, la entidad financiera "deberá extender en hasta 25% el plazo originalmente previsto para el préstamo", agrega la normativa.

El economista Federico Furiase, director de la consultora Eco Go, habló con Clarín y estimó “una inflación en torno al 45%” para fin de año. Además, prevé un fuerte desfasaje con respecto de los salarios, que terminarán perdiendo. “Si hay alguna reapertura paritaria, los salarios estarán en la zona de entre 28% y 30%", estima Furiase.

En esta línea, Federico González Rouco, economista autor del libro Vivienda: "El Relato. Plan Procrear, antes y después" y asesor de Jefatura de Gabinete, afirmó: “No hay que comparar la inflación anual con la variación de los salarios; la cláusula de repautación (del plazo) es distinta para cada persona”, según recoge Diario de Cuyo.

La extensión del 25% extra en el plazo no es obligatoria. Siempre el deudor puede optar por tomar menos.

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