Oficializaron fechas de pago para deuda "reperfilada" de corto plazo
La administración de Mauricio Macri oficializó este lunes las fechas y los montos que abonará por la deuda de corto plazo que fue "reperfilada" por el ministro de Hacienda, Hernán Lacunza.
La decisión fue oficializada a través la Resolución Conjunta 61/2019 publicada este lunes en el Boletín Oficial, de las secretarías de Finanzas y de Hacienda, con la firma de sus respectivos titulares, Santiago Bausili y Rodrigo Héctor Pena.
La gestión Macri dispuso que a fin de que se realicen los pagos de los títulos de deuda pública nacional en el marco de lo establecido por el decreto 596 del 28 de agosto, la Caja de Valores SA y el Banco Central, informarán a la Oficina Nacional de Crédito Público el monto a abonar por estos conceptos, en los plazos y condiciones que esa oficina solicite.
Se estableció además que los pagos reprogramados se realizarán, para cada título, en las fechas y por los montos que, por cada Valor Nominal Original (VNO) 1.000 se detallan en la resolución conjunta.
Los funcionarios consideraron que por "razones de certeza" resulta adecuado definir las fechas de pago reprogramadas y los montos a cancelar en cada una de ellas, para los instrumentos comprendidos en el citado anexo.
Las Letras de Capitalización (Lecap) tienen fechas de pago entre el 30 de agosto de 2019 y el 29 de octubre de 2020; y las Letras del Tesoro (Letes) tienen fechas entre el 30 de agosto de 2019 y el 26 de agosto de 2020.
Las Lecer tienen fechas entre el 30 de agosto de 2019 y el 30 de marzo de 2020; y por último las Lelink tienen fechas entre 4 de septiembre de 2019 y 1 de junio de 2020.
Mediante el artículo 2° del decreto 596, modificado a través del artículo 4° del decreto 609 del 1 de septiembre de 2019, se estableció que la postergación dispuesta de pago no alcanzará a los títulos en los casos en que las tenencias: