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Cuántos dólares se pueden llevar al exterior en 2023

A la hora de vacacionar en el exterior suelen surgir una gran cantidad de interrogantes, entre ellos, cuántos dólares se pueden llevar al exterior
06/04/2023 - 10:04hs
Cuántos dólares se pueden llevar al exterior en 2023

Al momento de realizar un viaje suelen surgir una gran cantidad de interrogantes como, por ejemplo, cuántos dólares se pueden llevar al exterior o que cantidad de divisas se pueden sacar de Argentina sin tener que declarar.

Por este motivo desde iProfesional te contamos cuántos dólares podés llevar al exterior sin tener inconvenientes.

¿Cuántos dólares se pueden llevar en avión por persona?

Actualmente, se pueden llevar un máximo de u$s10.000 por persona en avión siempre y cuando sea mayor de edad.

En el caso de los menores de edad el límite es de u$s5.000 por persona, por lo que una familia tipo compuesta por dos personas mayores de edad y dos menores podrán llevar un máximo de u$s30.000.

En el caso de necesitar llevar más dinero se debe hacer una declaración jurada en Aduana indicando los motivos por los cuales se sacará un monto mayor, como también es probable que se deba justificar el origen de los fondos.

¿Cuánto dinero se puede sacar de Argentina sin declarar?

Actualmente todo el dinero que se saca del país se tiene que informar. Sin embargo, en el caso de los mayores de 16 años pueden sacar hasta u$s10.000 del país sin declarar formalmente, es decir, sin presentar un formulario, mientras que los menores de edad tan solo pueden sacar u$s5.000.

Cuántos dólares se pueden llevar al exterior en 2023

En el caso de que desees sacar un monto por encima de estos, se deberá hacer por transferencia bancaria.

¿Cuánto puedo pasar por Aduana sin pagar impuesto 2023?

De momento, únicamente se puede ingresar o egresar dinero de Argentina sin pagar impuestos ni hacer declaraciones por u$s10.000, en el caso de mayores de edad, y u$s5.000 en el caso de los menores. Por otra parte, si en lugar de dinero se traen bienes del exterior con un valor económico, como puede ser un reloj, los limites sin declarar varían.

En el caso de los viajes por vía aérea o marítima, se puede traer productos por un valor total de u$s500 sin abonar impuestos. Además, adicionalmente a dicho monto, se puede comprar hasta u$s500 en el free shop de llegada sin pagar impuestos.

Por otra parte, en el caso de viajar por tierra o río, el límite es de u$s300 por persona y el freeshop de llegada no tiene ninguna franquicia, por lo que se debe abonar el impuesto aduanero por los productos que se compren (excepto en Puerto Iguazú en donde la franquicia es de u$s500).

En el caso de superar las franquicias, se debe abonar un 50% sobre el excedente. Por ejemplo, si se realizan gastos por u$s 800, y se viajó por vía aérea, el excedente es de u$s300, por lo que, al aplicar el 50% sobre el excedente, se deberá pagar u$s150 en concepto de impuestos.

Es importante tener en cuenta que estos límites únicamente se pueden utilizar una única vez por mes, es decir, que en el supuesto caso de viajar más de una vez en el mismo mes, solo se podrá usar una única vez a estas exenciones, por lo que a partir del segundo viaje en el mismo mes (inclusive) se debe abonar el 50% sobre el total.

La franquicia se aplica una vez por mes calendario
La franquicia se aplica una vez por mes calendario

Por ejemplo, si realizaste en un mismo mes dos viajes en avión y en el primer viaje gastaste u$s 650, deberás descontar los u$s500 permitidos, quedando u$s150 de "excedente", por lo que, al aplicar el impuesto, deberás abonar u$s75 en concepto de impuestos.

En el segundo viaje volviste a gastar u$s650. Sin embargo, en este caso abonarás mucho más, ya que no podrás descontar esos u$s 500, sino que el 50% se aplicará sobre el total. Es decir, pagarás el 50% de los u$s700 gastados, por lo que deberás abonar u$s375 en concepto de impuestos aduaneros.

Por otra parte, la ley exime del pago a un teléfono celular y a una computadora portátil o tablet, por considerarlos artículos personales sin importar la marca ni el precio que hayamos pagado por dichos bienes.