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Tarjeta de débito: ¿está permitido que los comercios cobren un monto extra por aceptarlas?

Las tarjetas de débito ganaron popularidad como un medio de pago pero hay algunos comercios que se niegan a aceptarla a pesar de su obligatoriedad
Por S.A.
10/08/2023 - 11:37hs
Tarjeta de débito: ¿está permitido que los comercios cobren un monto extra por aceptarlas?

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de diciembre de este año el régimen de reintegros para las compras realizadas por jubilados, pensionados y beneficiarios de asignaciones con tarjeta de débito.

Las tarjetas de débito ganaron popularidad como un medio de pago seguro y conveniente. Estos plásticos están asociados a cuentas bancarias y permiten realizar compras en comercios y retiros de efectivo en cajeros automáticos, deduciendo automáticamente el importe de la operación del saldo disponible en la cuenta vinculada.

Su uso presenta numerosos beneficios en comparación con otros medios de pago. En primer lugar, una ventaja clave es que con las tarjetas de débito es imposible endeudarse, ya que cada transacción se realiza con el dinero disponible en la cuenta bancaria, evitando así el riesgo de acumular deudas. Además, al utilizar este plástico, se protege del uso de dinero falso, ya que no es necesario manejar efectivo, lo que también evita la incomodidad de recibir cambio inexacto o billetes falsificados.

¿Los comercios están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito?

Los comercios deben aceptar el pago con tarjeta de débito cuando el monto de la compra es mayor a 100 pesos.

Si el comercio acepta el pago por medio de código QR, no está obligado a aceptar el pago con tarjeta de débito.

¿Los comercios pueden cobrar un cargo extra por el uso de la tarjeta de débito?

La tarjeta de débito es un medio de pago equivalente al efectivo, por lo tanto no pueden cobrarte un monto adicional por su uso en operaciones de compra de bienes o pago de servicios.

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Las tarjetas de débito ganaron popularidad como un medio de pago seguro y conveniente

¿Qué comercios deben aceptar el pago con tarjeta de débito?

  • Los que venden cosas muebles.
  • Los que prestan servicios de consumo masivo.
  • Los que hacen obras.
  • Los que alquilan cosas muebles.

¿En qué casos no están obligados a aceptar el pago con tarjeta de débito?

La obligación de aceptar el pago con tarjeta de débito no se aplica cuando:

  • El monto de la compra es inferior a 100 pesos.
  • El comercio está en una localidad que tiene menos de 1000 habitantes.

 ¿El comercio recibe algún beneficio por aceptar el pago con tarjetas de débito?

Sí. Puede computar como crédito fiscal del impuesto al valor agregado (IVA) el costo de adoptar el sistema de pago con tarjetas de débito.

¿Los comercios pueden aceptar otros medios de pago electrónico?

Sí. Los comercios pueden aceptar el pago por medio de código QR (código de respuesta rápida).

¿Qué es el código QR?

QR son las siglas de "Quick Response", que en castellano quiere decir: respuesta rápida.

El código QR es un dibujo de puntos único para cada caso. Al leer el código QR se ingresa a una página de internet con datos. Se puede leer con la cámara de un teléfono o dispositivo móvil con conexión a internet que tenga instalado un programa de lectura de códigos QR.

Los programas de lectura de códigos QR son gratuitos.

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Los comercios deben aceptar el pago con tarjeta de débito cuando el monto de la compra es mayor a 100 pesos

¿Qué puedo hacer si un comercio no acepta el pago con tarjeta de débito o código QR?

Podés denunciarlo usando el código QR del Formulario Data Fiscal del comercio. 

AFIP sabe cuáles son tus gastos con la tarjeta de débito

Los beneficios de reintegro que se otorgan a los usuarios de tarjetas de débito se deben a que estas, junto con las de crédito, se han convertido en uno de los medios de pago más utilizados en la actualidad en Argentina. Debido a esta popularidad, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó medidas para regular y controlar las transacciones realizadas con la misma.

Hace unos meses, mediante la Resolución General 5348/2023, la AFIP elevó el monto mínimo a partir del cual las entidades financieras deben reportar los gastos acumulados durante un mes con tarjetas de débito.

Anteriormente, este monto era de $30.000, pero con el último incremento se fue a $120.000. Esto significa que las entidades financieras deberán proporcionar información detallada de los consumos realizados con tarjetas de débito cuando los montos acumulados sean iguales o superiores a $120.000 mensuales en cada cuenta. Además, incluso si se supera este monto en solo una cuenta, la entidad financiera deberá informarlo a la AFIP.

Esta medida tiene como objetivo mejorar la administración tributaria y facilitar el control de las operaciones realizadas con este medio de pago. Con esta actualización, los bancos podrán agilizar las operaciones y recibirán información automática y permanente sobre las acreditaciones mensuales, extracciones, saldos de cuentas, depósitos a plazo y consumos con tarjetas.