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iProfesional | Finanzas

Los plazos fijos podrán negociarse en el mercado de capitales: así es el proyecto oficial

El oficialismo presentó un proyecto de Ley de Competitividad Financiera para poder disponer los fondos colocados en depósitos en pesos a largo plazo

03/11/2026
Actualizado 20:29hs

El proyecto de Ley de Competitividad Financiera presentado por el Gobierno busca generar un mayor dinamismo en algunos instrumentos de inversión, y allí están involucrados los plazos fijos tradicionales. Al respecto, propone modificar la Ley 20.663 para permitir que los certificados de depósitos de largo plazo puedan negociarse en el mercado de capitales. La iniciativa apunta a crear una alternativa para que los ahorristas puedan recuperar anticipadamente sus fondos sin tener que esperar el tiempo requerido para obtenerlos.

Cabe recordar que el Banco Central reglamentó la estandarización de los certificados de depósito a plazo fijo en pesos que permite compensarlos al poder depositar o renovar un depósito vencido en una entidad financiera distinta a la de origen, sin mover efectivo. Así, la entidad receptora escanea y transmite electrónicamente el documento a la institución emisora.

Y, al mismo tiempo, brinda libertad de movilidad de fondos dentro del sistema financiero, permitiendo al cliente elegir la entidad de destino según la tasa o conveniencia operativa sin asumir riesgos de traslado.

Por lo tanto, el proyecto de reforma que envió el Gobierno al Congreso alcanza a los certificados constituidos por un plazo mínimo de 365 días, o por el período superior que eventualmente establezca el Banco Central. 

Según el texto, se busca habilitar la "negociación bursátil de los certificados de plazo fijo de largo plazo" en mercados registrados ante la Comisión Nacional de Valores (CNV).

El mecanismo permitiría que el titular venda o transfiera el certificado en el mercado secundario antes de su vencimiento. De esta manera, el ahorrista podría obtener liquidez sin romper el contrato original con el banco, ni afrontar la penalidad correspondiente a la cancelación anticipada.

Para ingresar al circuito bursátil, los certificados deberán cumplir con determinados requisitos formales. 

En particular, tendrán que contar con un endoso que incluya la cláusula "para su negociación en Mercados bajo competencia de la Comisión Nacional de Valores" y ser depositados en agentes autorizados por la CNV. Y los agentes autorizados deberán ejercer funciones de custodia, registro y pago.

El proyecto establece que el custodio no será responsable por los defectos formales del documento, ni por la autenticidad de las firmas. Esa responsabilidad recaerá sobre la entidad financiera emisora de los certificados que ingresen a negociación.

El fundamento de la reforma es que actualmente estos instrumentos "carecen de liquidez luego de su constitución". Entonces, al habilitar su compraventa, el proyecto busca generar un mercado secundario que permita transformar un depósito inmovilizado durante un plazo determinado en un activo negociable.

Certificados de plazos fijos: beneficios para ahorristas y bancos

Desde la perspectiva del ahorrista, el cambio apunta a mejorar la relación entre riesgo y rendimiento, al ofrecer una vía para recuperar anticipadamente la inversión sin asumir el costo de la ruptura del plazo fijo. 

Así, en lugar de cancelar el depósito ante una necesidad de hacerse de sus fondos, el titular podría transferirlo a otro inversor.

Para los bancos, la iniciativa busca generar incentivos para captar depósitos a plazos más extensos, ya que el ahorrista podría "utilizar" esos fondos encajados en caso de ser necesario. 

El proyecto plantea que esta alternativa permitiría al sistema financiero ofrecer "instrumentos de mayor plazo sin el riesgo de rescate anticipado masivo", al trasladar la necesidad de liquidez del depositante al mercado secundario.

En términos financieros, la propuesta introduce una nueva posibilidad de negociación para los certificados de plazo fijo, aunque su implementación dependerá de la reglamentación y de las condiciones operativas que establezcan los organismos competentes. 

La modificación no implica que cualquier plazo fijo pueda negociarse: el alcance previsto se limita a los certificados que cumplan con el plazo mínimo y los requisitos establecidos en la reforma, según indica el proyecto de Ley de Competitividad Financiera, en los fundamentos de la reforma a la Ley de Certificados de Depósito de Plazo Fijo, denominado con el número 20.663.