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ANMAT prohibió 6 productos alimenticios: conocé por qué y cuáles son

El organismo de control comunicó su decisión en diversas disposiciones publicadas este viernes en el Boletín Oficial
17/01/2020 - 10:04hs
ANMAT prohibió 6 productos alimenticios: conocé por qué y cuáles son

Este viernes la Administración Nacional de de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) publicó en el Boletín Oficial una serie de medidas en relación a diversos productos alimenticios.

El primero de los productos afectados es el "Aceite de Girasol, marca La Cosecha, 100% vegetal, Industria Argentina, Fraccionado por RNE N° 02003745, Elaborado por RNE N° 13004844 y RNPA N° 025-13028769". En este caso, el problema era que estaba falsamente rotulado y carecía de registro de establecimiento y de producto, lo cual lo transforma en un producto ilegal, según se detalla en la Disposición 161/2020.

Por otro lado, a través de la Disposición 163/2020 se prohibió la venta de la "Pasta de maní, marca: Boris, Industria Argentina, RNE E/T, RNPA E/T, Elaborado por Franco Cambón, Constitución 96, San Miguel de Tucumán". ANMAT informó que el registro de producto era inexistente y que el elaborador tiene presentado y pendiente una solicitud de habilitación e inscripción de producto, de acuerdo a la información que le facilitó Bromatología de Tucumán.

Otro grupo de productos alcanzados por esta medida -todos detallados en la misma disposición, identificada con el número 166/2020- son el "Escabeche casero artesanal de nutria", marca Sabrosos, RNPA: 021/0801596/11, RNE: E/T, Insc. Munic. L/218, Pasaje Suarez 590, Córdoba; "Escabeche artesanal de Berenjenas", marca Sabrosos, 021/0801596/11, RNE: E/T, Insc. Munic. L/218, Pasaje Suarez 590, Córdoba; "Aceitunas rellenas con roquefort", marca CB, Insc. Municipal N° 53.024, elaborado por Patricia Acevedo, Mar del Plata esq. Santa Marta, Villa María, Córdoba; "Escabeche Artesanal de Vizcacha", marca CB, RNPA N° 04048570, RNE 04001515, Habilitación Municipal N° 0036721, elaborado por Adolfo Maestre, Mar del Plata esq. Santa Marta, Villa María Córdoba. El motivo central de la decisión fue que uno de los artículos no posee registros inexistentes y que los otros tres productos restantes no cuentan con registros de ninguna Autoridad Sanitaria.

Además, ANMAT restringió la comercialización de un producto conocido como "Aceite marca: Olivo Sagrado, Extra Virgen, RNPA 12-004302, RNE 12-000689, San Blas de los sauces S/N – La Rioja". ¿Por qué? Porque carecía de autorizaciones de establecimiento y de producto y estaba, por lo que para la Administración se constituye como un producto ilegal.

A través de la disposición 171/2020, ANMAT prohibió en todo el país la venta del producto en cuyo rótulo luce: "Panificados libres de gluten", marca Palluzzi, domicilio Calle 16 Nº 4402, Est. Elab. Exp. Nº 2263, Est. Prov. 4015-4/2015, dado que carecen de registro de RNE y RNPA.

En la Disposición 181/2020 el organismo de control prohibió otro aceite. Se trata del "Aceite de girasol, marca: LEIRA, Envasado por Distribuidora La Garra, Libertad 4217, San Martín, Buenos Aires". Al igual que otros artículos, el problema estuvo en que estaba falsamente rotulado, por carecer de registro de establecimiento y de producto, resultando ser en consecuencia ilegal.

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