Arranca la declaración jurada anticipada para la exportación de servicios

A partir de abril, el fisco incorpora al nuevo control la información correspondiente a "determinadas prestaciones de monto significativo"
Por iProfesional
IMPUESTOS - 30 de Marzo, 2012

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extenderá desde abril la declaración jurada anticipada a las exportaciones de servicios.

En una primera etapa, se incorporará la información correspondiente a "determinadas prestaciones de servicios, de monto significativo, efectuadas por sujetos del exterior cuyos prestatarios sean residentes en el país y a las prestaciones de servicios efectuadas por residentes del país cuyos prestatarios sean sujetos del exterior".

Entre los servicios que se incorporan en esta primera etapa se encuentran:

• Patentes y marcas.

• Regalías.

• Derechos de autor.

• Primas por préstamos de jugadores.

• Servicios empresariales profesionales y técnicos.

• Servicios personales, culturales y recreativos.

• Pagos de garantías comerciales por exportaciones de bienes y servicios.

• Derechos de explotación de películas, video y audio extranjeras.

• Servicios de Transferencia de tecnología (excepto patentes y marcas).

• Otras rentas pagadas al exterior.

• Compra de activos no financieros no producidos.

La extensión del control entra en vigencia a partir de este mes.

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