La AFIP sólo podrá pedir a Uruguay datos de ejercicios iniciados luego del 7 de febrero

La DGI uruguaya no estará obligada a responder a los pedidos cuando se trate de propiedad de sociedades que cotizan en Bolsa o fondos de inversión públicos
Por Hernán Gilardo
IMPUESTOS - 17 de Enero, 2013

Si bien la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la DGI uruguaya ya intercambiaron cartas donde queda de manifiesto la ratificación del acuerdo tributario que votaron ambos parlamentos, aún falta mucho para que operativamente el acuerdo esté en plena vigencia.

Esto es así, ya que el convenio estableció que el intercambio de información aplicará "al 7 de febrero, pero únicamente para los períodos fiscales que inicien durante o después de esa fecha o, cuando no exista período fiscal, para los cobros que surjan en o después de esa fecha".

Teniendo en cuenta que los impuestos argentinos que entran en el convenio (Bienes Personales, Ganancias y Mínima Presunta) son de ejercicio anual resta mucho para que la AFIP pueda tener un panorama completo de los inversores en Uruguay.

Respecto a Bienes Personales, el ejercicio fiscal coincide con el año calendario. Por lo tanto, la AFIP sólo podrá pedir datos respecto al ejercicio fiscal a iniciarse el 1 de enero próximo.

En relación, a Ganancias y Mínima Presunta, el pedido puede adelantarse ya que existe un grupo de empresas que cierran balances el 30 de junio. Por lo tanto, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray podrá pedir datos respecto a los ejercicios que se inician el 1 de julio próximo.

La mayoría de las empresas hacen coincidir el ejercicio fiscal con el año calendario. Para estas empresas, sucede lo mismo que con los particulares en Bienes Personales: el fisco sólo podrá pedir datos respecto al ejercicio fiscal a iniciarse el 1 de enero próximo.

Sumada a esta espera, la DGI uruguaya dejó en claro que responderá a los pedidos que haga la AFIP sobre datos bancarios, instituciones financieras, mandatarios o fiduciarios, propiedad de sociedades, fideicomisos y fundaciones, entre otras entidades. En cambio, no estará obligada a hacerlo cuando se trate de propiedad de sociedades que cotizan en Bolsa o fondos o planes de inversión colectiva públicos.

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