La intervención gubernamental puede derivar en conflictos laborales

Profesionales del estudio Funes de Rioja analizan el contexto laboral actual. Las medidas adoptadas no garantizan la generación de empleo, frente a las presiones sindicales
Por iProfesional
IMPUESTOS - 26 de Octubre, 2005

La crisis  llevó a nuestro paí­s a transitar la inestabilidad polí­tica, el default, la caí­da del PBI y el desempleo. Sin embargo, ya se vislumbra la reactivación en el nivel de actividad económica aunque las sucesivas medidas adoptadas por el Gobierno, en el espectro laboral, no han podido evitar la existencia de conflictos entre empresarios y grupos sindicales.

En el evento organizado por infobaeprofesional, Daniel Funes de Rioja, miembro del Estudio Funes de Rioja, analizó el escenario que actualmente se plantea en nuestro paí­s "se aprecia claramente una mayor participación del Estado, a través de regulaciones laborales como ser la doble indemnización originada en despidos sin justa causa, destinados a proteger el trabajo existente, y otros como la protección social a través de los planes jefes y jefas de hogar, sobre los cuales considero que podrí­an ser implementados de modo que se orienten hacia la reinserción laboral de sus beneficiarios". 

El especialista destacó que "del hospital social nadie quiere salir"  lo cual también aconteció en paí­ses desarrollados, salvo que en esos casos la decisión fue "recortar el sistema de protección social".

Sin embargo, esta medida paliativa transitoria o no, es considerada uno de los puntos clave pero no es el eje central de la problemática laboral frente a un fuerte impulso en materia de remuneraciones concebido por la ví­a de los decretos "los primeros $100 no remunerativos, producto de la post-crisis, implicaron un colchón social que cumplió sus objetivos. En cambio, la adopción recurrente de esta medida llevó a distintos conflictos, que incluye desde los trabajadores  mejor remunerados hasta los que se encuentran nucleados por sindicatos".

Funes explicó que se han transitado dos etapas, una inclusiva donde se ha tratado de mejorar la capacidad de consumo de los trabajadores a través de la mejora de los salarios y otra expansiva, que incluye asignaciones no remunerativas que van incorporándose gradualmente al salario, lo cual "es un grave error y lleva a la conflictividad laboral". 

Intervención y conflictividadDesde fallos controvertidos hasta la eliminación de los topes de aportes, pasando por doble indemnización, entre otros, ¿cómo se llegó a ello?  La década del 90 trajo algunas medidas sobre riesgo de trabajo, conciliación laboral y modificaciones en la normativa de negociación colectiva. Pero un rol activo del Estado se puede claramente apreciar en la post-crisis

¿Cuál es la medida de la intervención? esta difí­cil pregunta debe ser interpretada desde indicadores que expresan por si la realidad. Funes señala que "la brecha entre los trabajadores más altamente capacitados y aquellos que no, es cada vez más grande".  Pero esto no es un fenómeno aislado, también sucede en el resto del mundo.  El tema pasa por como se soluciona esta situación de modo que quienes no cuenten con esa alta capacitación no queden fuera del mercado laboral "suele recurrirse a la ví­a fiscal, a fin de que no se vea afectado el ingreso de estos trabajadores, pero en nuestro paí­s se recurre al aumento de salarios que impactan fuertemente en la actividad privada".

La consecuencia es la disparidad salarial.  "Por medio de aumentos destinados a sectores de menores ingresos y capacitación profesional, por la ví­a de los decretos, se generan conflictos en sectores de mejores ingresos", que no necesariamente ven el correlato salarial respecto de su mayor capacitación.

Conflictos inter e intrasindicalesHector Garcí­a, miembro del estudio, planteó que a la complejidad, descripta precedentemente, se suman los conflictos intersindicales e intrasindicales.  Actualmente en Argentina existen aproximadamene 1770 sindicatos con personerí­a gremial y es en este marco que "se ha visto exacerbado el mecanismo de no canalizar soluciones a los conflictos laborales por el camino institucional, a través de la CGT.   Ejemplo de ello son los casos de logí­stica y supermercados, se da prevalencia al sindicato de actividad, a lo cual también se suma el problema de la representatividad de los sindicatos. 

Premisas mayoresDaniel Funes explicó que existe una baterí­a de conflictos judiciales.  Pero esta afirmación reveladora se opaca ante la conclusión del experto señalando que no existen jueces intérpretes del Derecho sino creadores, en un modelo que conspira contra la seguridad jurí­dica y esto con todo el respeto que la cuestión merece.  Es más, también puede decirse que, en algunas jurisdicciones, se trasluce un trasfondo ideológico donde empresas son condenadas antes de siquiera ser juzgadas.

Nuevos criterios jurisprudenciales y contingenciasIgnacio Capurro, también miembro del estudio, precisó que los nuevos criterios jurisprudenciales inciden en los costos laborales y en la gestión empresarial "a través de distintos fallos se vislumbarn tres tendencias laborales:

  • Un proceso de desnaturalizacion del Derecho del Trabajo, desde lo tarifario hacia un nivel de cierta incertidumbre.
  • El pasaje de analizar la realidad en cinco años hasta llegar a legislar el futuro.
  • El avance hacia un escenario con un marcado exceso de casos individuales.

También se suman a esta realidad fallos que pueden abrir el juego a temáticas controvertidas. El experto destacó el caso de los topes indemnizatorios, planteados en el fallo Vizzotti y el caso Roemmers que ratificaba, contrariamente, el tope. 

Pero no es un tema menor en este contexto el caso de las contingencias sobre riestgo de trabajo, casos como el de Aquino y recientemente la discriminación laboral.

Corporate GovernanceEste tema está en la agenda empresarial.  Daniel Funes de Rioja explica que se trata de acciones voluntarias que toman las empresas, códigos propios para limitar la forma de actuar en la compañí­a, pero el punto clave cuestionado por el experto es que "el Gobierno no debe tratar de trasmitir códigos o tercerizarlos de modo que las empresas no adopten sus propias decisiones y se encuentren supeditadas a una suerte de responsabilidad laboral solidaria".

En este sentido, precisó que no discriminar o bien no admitir el trabajo infantil es razonable pero  es diferente si se trata de incorporar a los programas empresariales normas del tipo anticorrupción. 

Samanta I. Linaresslinares@infobae.com

 

 

Te puede interesar

Secciones