Guía de los vencimientos tributarios de esta semana
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IVARégimen Información Las entidades financieras, por las operaciones de compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos, deberán presentar el formulario de declaración jurada 117 mediante transferencia electrónica de datos por el mes de septiembre de 2005, para todos los casos el día 31/10/05.
Impuesto a las Ganancias Régimen Información Las sociedades, empresas o explotaciones unipersonales, fideicomisos y otros, deberán presentar el formulario de declaración jurada complementaria anual que se detalla a continuación, por transacciones alcanzadas por las disposiciones de precios de transferencias correspondientes a:
- Ejercicios con cierre marzo de 2005: formulario 743
- 1º semestre de los ejercicios con cierre en diciembre de 2005. formulario 742
Las sociedades, empresas o esplotaciones unipersonales, fideicomisos y otros deberán presentar el formulario de declaración jurada 741, por las operaciones de exportación e importación de bienes entre empresas independientes correspondientes a el 1º semestre de los ejercicios con cierre en diciembre de 2005.
- 0-1: 03/11/05
- 2-3: 04/11/05
Mediante la Resolución General Nº 1958 , tal como lo informó INFOBAEprofesional.com, se postergó el vencimiento para presentar el formulario 867, y su documentación respaldatoria, por transferencia electrónica de información, por operaciones de exportación e importación, correspondiente a ejercicios fiscales cerrados entre el 22 de octubre de 2004 y 31 de mayo de 2005. Los nuevos plazos tendrán lugar en enero de 2006.
Seguridad Social y Obras SocialesRégimen de retenciones
- Las empresas constructoras, contratistas y/o subcontratistas Las sociedades civiles y comerciales, regulares y constituidas en el país por las personas físicas que ejerzan la actividad de conducción y dirección.
- Los sujetos obligados a actuar como agentes de retención del Impuesto al Valor Agregado, que efectúen operaciones de ventas de cosas muebles, locaciones de obras, y de locaciones y prestaciones de servicios gravadas por el Impuesto al Valor Agregado
- Los sujetos que contraten o subcontraten servicios de limpieza de inmuebles.
Deberán presentar el formulario de declaración jurada 910 generado por el aplicativo SIJP -Retenciones y Percepciones – Versión 4.0 e ingresar las retenciones practicadas en la 2º quincena de octubre de 2005. El vencimiento opera el 03/11 para todos los CUIT.
Régimen GeneralLos trabajadores autónomos deberán efectuar la determinación e ingreso de aportes y contribuciones al Régimen Nacional de Seguridad Social, conforme a la terminación de CUIT que se indica a continuación:
- 0-1: 03/11/05
- 2-3: 04/11/05
Combustibles líquidos y el gas naturalRégimen de Anticipos Las empresas dedicadas a refinar o comercializar combustibles líquidos y/u otros derivados de hidrocarburos, tendrán que cumplimentar con los anticipos respectivos según:
- Naftas: 4° anticipo (17%) correspondiente a las transferencias efectuadas en octubre Para todos los casos el vencimiento correspondiente es el día 03 de noviembre.
- 6-7: 31/10
- 8-9: 01/11
Régimen de percepción También vence la presentación del formulario 776 y disquete correspondiente por el período septiembre, debiendo los contribuyentes comprendidos ingresar las percepciones y/o impuesto respectivo, como se indica a continuación:
- 6-7: 31/10
- 8-9: 01/11
Impuesto a las entradas a espectáculos cinematográficosLos contribuyentes que exhiben espectáculos cinematográficos deberán presentar el formulario 708 e ingresar el gravamen correspondiente a octubre de 2005. Para todas las CUIT el vencimiento será el día 03/11.
ProcedimientoRégimen de información (SITER)Las entidades financieras deberán presentar el formulario de declaración jurada 331 y el soporte magnético, correspondiente al mes de septiembre de 2005. Los vencimientos para dar cumplimiento con la obligación operan para todas las CUIT el 31/10/2005.
Régimen de Información de empleados y trabajadores autónomosLos contribuyentes que actúen en carácter de agentes de información respecto de determinados trabajadores autónomos, deberán presentar el formulario y disquete conteniendo el detalle de los trabajadores autónomos que no hubieran cumplido con la exhibición del respectivo recibo de pago en: 3º trimestre del año 2005. Para tal fin los vencimientos para todos los CUIT operan el 31 de octubre de 2005.
Carla V. Podetticpodetti@infobae.com