Pymes: como funcionan los controles en Sociedades de Garantía Recíproca
Llevar adelante estos proyectos no resultan ajenos a la fiscalización de organismos de contralor. "El principal control que tenemos consiste en que cada tres meses las SGR deben informar sus movimientos globales a la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Economía en última instancia, a través de la Subsecretaria de la Pequeña y Mediana Empresa, mediante la Dirección Nacional de Asistencia Financiera", explicó Oscar Miguel Secretario de la Cámara Argentina de SGR y gerente general de Intergarantías SGR.
Es por ello que, ante un marco de control y garantías la SGR sea vista, y de hecho se comporta, como un fiador, solidario de las pyme y controlado por el estado. En este escenario, cuentan con dos clases de socios:
- Socios partícipes, que necesariamente son Pyme, sean personas físicas o jurídicas, que se benefician porque se valen de la sociedad para desarrollar sus operaciones empresariales menos las de tipo financiera. Tienen como mínimo el 50% de los votos en asamblea, y al menos un representante en el consejo de administración.
- Socios protectores, pueden o no ser pyme, personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Realizan aportes al capital social y al fondo de riesgo de las SGR para la cobertura de las diferentes tipos de garantías (financieras, comerciales y técnicas) que otorgan a las pyme. Gozan de beneficio fiscal nacional, respecto de los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo, porque son deducibles totalmente del resultado impositivo para la determinación del Impuesto a las Ganancias en sus respectivas actividades, en el ejercicio fiscal en el que se efectivicen. A tal efecto, los aportes al fondo de riesgo, deberán permanecer en la sociedad por lo menos durante dos años y la SGR mantener un stock de garantías en su cartera por un valor equivalente al 80% del Fondo de Riesgo.
Para el funcionamiento u operatividad las SGR cuentan con dos tipos de capitales: uno, destinado al giro operativo del negocio (capital social) y otro, para constituir un fondo de cobertura de los servicios y productos que brinda la SGR, es decir, de las garantías que emite, a favor de las pyme y en beneficio de un aceptante expreso (banco, estado, empresa) o tácito (mercados de capitales y economía en general).Oscar Miguel concluye que la SGR es un instrumento de una ley mucho más importante que es la Ley 24467,de Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa, que en su art. 1º indica que tiene por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas. "La gran ley que sirve de marco es ésta, mientras que las SGR son un instrumento más como tantos otros de la ley, que sería bueno se pongan en marcha los que faltan y se adapten los que hay para seguir haciendo crecer a las pyme del país".
Samanta I. Linaresslinares@infobae.com