Pymes: como funcionan los controles en Sociedades de Garantí­a Recí­proca

Pymes: como funcionan los controles en Sociedades de Garantí­a Recí­proca
Por iProfesional
IMPUESTOS - 01 de Diciembre, 2005

Llevar adelante estos proyectos no resultan ajenos a la fiscalización de organismos de contralor. "El principal control que tenemos consiste en que cada tres meses las SGR deben informar sus movimientos globales a la autoridad de aplicación, que es el Ministerio de Economí­a en última instancia, a través de la Subsecretaria de la Pequeña y Mediana Empresa, mediante la Dirección Nacional de Asistencia Financiera", explicó Oscar Miguel Secretario de la Cámara Argentina de SGR y gerente general de Intergarantí­as SGR.

Es por ello que, ante un marco de control y garantí­as la SGR sea vista, y de hecho se comporta, como un fiador, solidario de las pyme y controlado por el estado. En este escenario, cuentan con dos clases de socios:

  • Socios partí­cipes, que necesariamente son Pyme, sean personas fí­sicas o jurí­dicas, que se benefician porque se valen de la sociedad para desarrollar sus operaciones empresariales menos las de tipo financiera. Tienen como mí­nimo el 50% de los votos en asamblea, y al menos un representante en el consejo de administración.
  • Socios protectores, pueden o no ser pyme, personas fí­sicas o jurí­dicas, públicas o privadas, nacionales o extranjeras. Realizan aportes al capital social y al fondo de riesgo de las SGR para la cobertura de las diferentes tipos de garantí­as (financieras, comerciales y técnicas) que otorgan a las pyme. Gozan de beneficio fiscal nacional, respecto de los aportes de capital y los aportes al fondo de riesgo, porque son deducibles totalmente del resultado impositivo para la determinación del Impuesto a las Ganancias en sus respectivas actividades, en el ejercicio fiscal en el que se efectivicen. A tal efecto, los aportes al fondo de riesgo, deberán permanecer en la sociedad por lo menos durante dos años y la SGR mantener un stock de garantí­as en su cartera por un valor equivalente al 80% del Fondo de Riesgo.

Para el funcionamiento u operatividad las SGR cuentan con dos tipos de capitales: uno, destinado al giro operativo del negocio (capital social) y otro, para constituir un fondo de cobertura de los servicios y productos que brinda la SGR, es decir, de las garantí­as que emite, a favor de las pyme y en beneficio de un aceptante expreso (banco, estado, empresa) o tácito (mercados de capitales y economí­a en general).Oscar Miguel concluye que la SGR es un instrumento de una ley mucho más importante que es la Ley 24467,de Fomento de la Pequeña y Mediana Empresa, que en su art. 1º indica que tiene por objeto promover el crecimiento y desarrollo de las pequeñas y medianas empresas. "La gran ley que sirve de marco es ésta, mientras que las SGR son un instrumento más como tantos otros de la ley, que serí­a bueno se pongan en marcha los que faltan y se adapten los que hay para seguir haciendo crecer a las pyme del paí­s".

Samanta I. Linaresslinares@infobae.com

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