Monotributo: guí­a práctica para una correcta recategorización

Este análisis se deberá repetir en el mes de mayo y septiembre de este año. Se requiere clave fiscal. Ahora la AFIP ofrece una herramienta para simular la categorización
Por iProfesional
IMPUESTOS - 09 de Enero, 2006

Hasta el lunes hay tiempo para que los monotributistas, cuyas categorí­as hayan cambiado, realicen el trámite de recategorización. Deberán contar con clave fiscal y si no disponen de ella la podrán tramitar en las dependencias de la AFIP/DGI o bien por internet. 

Los pasos del reempadronamientoEl trámite de recategorización es por internet:

  • Primero se accede a la página de la AFIP.
  • Seleccionar la opción de clave fiscal
  • Una vez que se ingresó a la nueva pantalla, se selecciona el botón "Ingreso al  Sistema" , que estará habilitado para los usuario con clave fiscal.
  • Aparece una pantalla donde le será requerido al contribuyente:
    • CUIT/CUIL/CDI.
    • Clave fiscal.
  • Completar los datos y dar aceptar.
  • Luego de presionar aceptar, aparece una pantalla con distintos botones. Alli seleccionar "Reempadronamiento y Adhesión al monotributo".
  • Aparece el formulario 184:
    • Alli clickear recategorización.
    • Modificar los datos que correspondan.

Qué datos deben completarse en el F. 184El formulario pedirá el ingreso de ciertos datos, sino el sistema indicará que falta completarlos. Punto a punto se indica:

  • Tipo de trámite: indicará recategorización, tal como fue seleccionado precedentemente.
  • CUIT: indicará la CUIT ingresada previamente.
  • Apellido y nombres, dirección fiscal: serán los datos con que cuenta la AFIP, que oportunamente declaró el contribuyente con su inscripción o que modificó en caso correspondiente.
  • Integrante de sociedad: se habilitará en el caso correspondiente. Sólo corresponde esta opción para personas fí­sicas.
  • Eventual y eventual agropecuario y asociado a cooperativa de trabajo: la pantalla indica que sólo debe completarse en caso de personas fí­sicas y dependerá del contribuyente respectivo.
  • Teléfono, dirección de e-mail: completar con los datos respectivos.
  • Categorí­a: corresponderá indicar si se trata de una prestación o locación de servicios (categorí­as A-E) u otras actividades (categorí­as F-M). 
  • Autónomos: En este caso, deberá indicarse si el contribuyente es:
    • Aportante jubilado ley 24.241.
    • Aportante activo.
    • No aportante a este régimen: esta opción será seleccionada por los jubilados de la ley 18.037/68, profesional con aportes a cajas provinciales o locales, menores de 18 años, trabajadores en relación de dependencia.
    • Activo con aporte adicional a  capitalización.
    • Activo con aporte adicional al régimen de reparto.
  • Obra social: indicará la alternativa de unificar o no los aportes y da la opción de agregar integrantes para tener a cargo adherentes a la obra social cuyo titular es el contribuyente.
  • Qué categorí­a correspondeSi bien la AFIP ha difundido los parámetros para que los contribuyentes declaren y tributen por la categorí­a correspondiente. Es más de una oportunidad se generaban dudas para utilizar esos lineamientos.

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Es por ello que ahora existe una herramienta, en la página del organismo recaudador, que permite "simular" situaciones y ver qué categorí­a corresponde seleccionar.

    Es importante destacar que no requiere que el contribuyente se identifique a los fines de usar el simulador. Para acceder haga click aqui.

    Para saber usarlo, nada mejor que los ejemplos para ilustrar distintas situaciones de recategorización:

    • Situación A: un contribuyente, persona fí­sica, profesional universitario, con una antigí¼edad de 10 años en la profesión, de 40 años, que se dedica a la prestación de servicí­os, con una sola actividad, una unidad de explotación y una facturación anual de $140.000, aportante activo al monotributo en cuanto a seguridad social con 2 empleados y sin adherentes. El resultado es inscribirse en el Régimen General. Esto quiere decir dasrse de alta en IVA, Ganancias y como empleador (de corresponder) a través del formulario 460/F además de aportar como autónomo a la seguridad social.
    • Situación B: es el caso de una persona fí­sica, de 40 años, que tiene una actividad comercial o industrial, una unidad de explotación, factura $120.000 anuales, declara una superficie afectada a la actividad de 60 m2  y consume hasta 10.000 kw. Es aportante activo al monotributo (seguridad social) y no es empleador. El resultado, es categorí­a "L"  si es monotributista pagando mensualmente $405 por impuesto puro, $35 de seguridad social y $ 24,44 de obra social, lo cual totaliza $464,44. También podrí­a optar por el Régimen general.
    • Situación C: una persona fí­sica que tiene 40 años, una actividad comercial, una unidad de explotación, factura al año $65.000, cuenta con una superficie de 60 m2 y consume hasta 13.000 KW al año. Es aportante activo al monotributo y tiene 4 empleados. El resultado es un monotributista empleador de categorí­a "J" pagando $194 por impuesto puro, autónomos $ 35 y obra social $ 24,44, lo que totaliza $253,44. También podrí­a optar por ser contribuyente del régimen general.

    Samanta I. Linaresslinares@infobae.com

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