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Aumentan las críticas de los expertos al "impuestazo" que cederá el Ejecutivo para aprobar el Presupuesto 2019

El Ejecutivo nacional envió a los ministros de Economía de las provincias un texto titulado “Consenso Fiscal 2018”. La opinión de los expertos
16/09/2018 - 15:20hs
Aumentan las críticas de los expertos al "impuestazo" que cederá el Ejecutivo para aprobar el Presupuesto 2019

El Ejecutivo nacional envió a los ministros de Economía de las provincias un texto titulado “Consenso Fiscal 2018”. En el documento se describen una serie de propuestas para compensar a las provincias en el ajuste de $100.000 millones que deberán aplicar en 2019.

A continuación, el texto completo del documento:

Las medidas son las siguientes:

Derogar a partir del 1 de enero de 2019 “toda disposición” que establezca la “exención total o parcial o la deducción de la materia imponible del impuesto a las Ganancias” a los funcionarios públicos nacionales, provinciales o municipales”.

La medida abarca todos los conceptos, desde gastos de representación y viáticos hasta movilidad. Los jueces y empleados del Poder Judicial y los trabajadores del sector privado, como los petroleros de Neuquén, no quedarán alcanzados por esta disposición.

Derogar, también a partir del 1 de enero de 2019, “toda disposición por la que se eximan del Impuesto a las Ganancias los resultados provenientes de actividades de ahorros, de crédito y/o financieras o de seguros y/o reaseguros de entidades cooperativas y mutuales”.

Este artículo apunta a que pasen a tributar Ganancias las “cuevas financieras” que aparecen en los papeles como mutuales o las supuestas cooperativas de seguros que en realidad pertenecen a un holding. Las mutuales chicas seguirán exceptuadas.

Suspender durante 2019 y 2020 el compromiso asumido en el Pacto Fiscal de no incrementar la alícuota a los Bienes Personales. Se apunta a subir el tributo del 0,25 al 1% a los bienes radicados en el exterior.Suspender durante 2019 la rebaja del impuestos a los Sellos, prevista en el Pacto Fiscal (a partir del año que viene la alícuota máxima debía ser de 0,75 por ciento).

La voz de los expertos

Diego Fraga, socio del estudio RCTZZ, advirtió que "a pesar de lo que dice la ley, las distintas provincias  han dictado normas estableciendo que determinadas porciones del sueldo eran 'no computables' o 'deducibles', o se inventaban fórmulas similares para evitar el pago de Ganancias".

En tanto, Ezequiel Passarelli, director de impuestos de SCI Group, brindó un detalle de los distintos puntos del acuerdo:

  1. El cronograma de rebaja del impuesto sobre los ingresos brutos no se modifica, como se venía hablando. Este punto es sumamente positivo, si se considera lo nocivo que resulta este impuesto que se cobra en todas las etapas por el total facturado (y no sobre el valor agregado que genera cada etapa).

Sin embargo, también tenemos que recordar que, en realidad, a partir del Pacto Fiscal, muchas provincias aprovecharon y subieron la tasa del impuesto, atento a que el máximo pactado superaba lo que en ese momento estaban cobrando.

En definitiva, el Pacto Fiscal funcionó como una trampa para muchas Pymes, más que una solución.

  1. Impuesto de sellos: se suspende la rebaja que contemplaba el Pacto Fiscal por el 2019 (que establecía la tasa al 0,75% como máximo).

No encontramos mucho sentido en este punto. Lo que las provincias recaudan con este impuesto no es tan significativo para sus arcas, además de que, hoy en día, cualquiera puede eludir el impuesto con una Carta Oferta (en vez de un Contrato), con excepción de las operaciones registrales (inmuebles, automóviles); a pesar de que algunas provincias intenten gravar las Cartas Ofertas o instrumentos con aceptación tácita en sus propios Códigos Fiscales.

Como muchos impuestos de nuestro sistema tributario, este gravamen provincial no beneficia a la formalización de la economía. Por el contrario, las empresas, con el objetivo de eludirlo (o evadirlo), terminan no formalizando la operación (contrato) o buscando alternativas (carta oferta) para no pagar el impuesto, generándose, en algunos casos, ciertos riesgos y contingencias por no tener las reglas de la operatoria plasmadas en un documento firmado y sellado con fecha cierta.

  1. Bienes Personales: La adenda pretende suspender por dos años (2019 y 2020) la aplicación de la cláusula del Pacto Fiscal que no permitía subir la tasa de Bienes Personales (0,25% actual).

Si el Congreso acepta este proyecto, luego se deberá modificar la ley del impuesto para aumentar finalmente la alícuota para aquellos que tienen bienes en el exterior (como se viene suponiendo).

En caso que así fuera, seguramente llegarán a la justicia diversas medidas cautelares que la intenten definir como inconstitucional, considerando la clara discriminación que habría entre quienes tienes sus bienes en el país, de aquellos que lo tienen en el exterior y que, por ese solo hecho, deberían tributar 4 veces más (0,25% contra 1% - según lo que se viene hablando –).

  1. Eliminación de la exención a mutuales y cooperativas provenientes de actividades de ahorro, de crédito y/o financieras o de seguros y/o de reaseguros: Este tema el Gobierno pretendió instaurarlo con la reforma tributaria, recordemos.

Sin embargo, la Cámara de Diputados no se lo permitió y la ley no contempló finalmente esta eliminación.

El Gobierno vuelve a la carga con este tema, que será muy criticado por todo el cooperativismo y el mutualismo.

Las críticas son muchas. Desde siempre estuvieron mal encuadradas estas entidades en la ley del impuesto a las ganancias (y también en el IVA). Por empezar, justamente porque son entidades sin fin de lucro (no obtienen “ganancias”) y, a pesar de lo que tiene dicho la Corte Suprema de Justicia, no existen dos hechos diferentes y separados, sino uno solo complejo.

En el caso de las cooperativas, justamente el artículo 4 de la ley habla de “acto cooperativo” y lo define con un carácter propio y totalmente separado de lo que antiguamente se conocía como “acto de comercio”.

El gran problema con las cooperativas y las mutuales es que durante muchos años se han utilizado para evadir impuestos y cargas sociales. Por lo cual, a raíz del mal comportamiento de algunos, muchos terminarán cayendo en la barrida.

Suba en Bienes Personales

Respecto al aumento en Bienes Personales, César Litvin, CEO de Lisicki, Litvin & Asociados, señaló que la suba "afecta el principio constitucional de igualdad, porque ante igual capacidad contributiva, se paga diferente impuesto".

"Una pésima idea de los gobernadores que expone a Mauricio Macri a la desconfianza ante los contribuyentes", agregó Litvin.

Sin embargo, Diego Fraga, adelanta que "será difícil que un juez declare la inconstitucionalidad de este cambio. Si bien es cierto que la aplicación de una alícuota diferencial a los patrimonios en el exterior estaría tratando de manera desigual a sujetos con la misma capacidad contributiva, estos principios aplicables a los impuestos resultan atemperados cuando el tributo tiene una finalidad extrafiscal, como promover la repatriación de capitales. Y pareciera ser éste el caso. De todos modos, habría que ver cómo se plasma la norma y los fundamentos que se le agregan".

Igualmente, Fraga dejó en claro que "si aumenta la alícuota de Bienes Personales para lo que tienen activos en el exterior se está violando la confianza de quienes decidieron sincerar su patrimonio mediante el último blanqueo de capitales.

"A estos contribuyentes ya se los castigó en buena medida eliminando ciertas exenciones de Ganancias que regían para determinados instrumentos financieros (renta financiera)", precisó Fraga. 

Asimismo, el experto agrega que "quienes tienen cuentas en el exterior que no devengan interés (sólo tienen los fondos afuera para protegerse de los vaivenes del país) o con un interés muy bajo, la medida le pega al capital".

"Se analiza aumentar la carga impositiva para quienes confiaron en una administracion y decidieron adherir al blanqueo. Si bien la situación  económica se modificó, los gobernadores están obligando al gobierno nacional a avanzar en una medida que puede perjudicar la confianza en el país. Sobre todo frente a futuros blanqueos que se quieran plantear", precisó Fraga.

"Los gobernadores atentan contra la confianza de los nuevos inversores. Todo por no bajar el alto y obsceno gasto publico de las provincias", alertó el experto.

"Si se aprobase el aumento de alícuota que proponen los gobernadores, debería cuanto menos elevarse el mínimo no imponible del impuesto a niveles dignos de un impuesto a la riqueza como debería ser el impuesto sobre los Bienes Personales", adelantó Fraga.

"Podría ser también una buena oportunidad para volver atrás con el impuesto sobre la renta financiera, que castiga no sólo a quienes blanquearon e invirtieron en títulos, sino a los inversores que confiaron en el país. Puede que algunos tengan que tributar a pesar de las monstruosas pérdidas en dólares como producto de los manejos económicos", afirmó el experto.

"Además, si se grava con una alícuota diferencial a quienes tienen afuera su patrimonio podría ser una oportunidad para captar parte de esos fondos y aumentar los valores de los bonos", concluyó Fraga.

En tanto, Iván Sasovsky, CEO de Sasovsky & Asociados precisó que "las propuestas opositoras se apoyan en elevar al 1% el impuesto a los Bienes Personales en el exterior, mantener en 33% a cuenta de Ganancias el impuesto al cheque para las grandes empresas y postergar la reducción de Ingresos Brutos por intermediación financiera en 6%, y que en 2019 no se rebaje al 5%".

"Las propuestas de aumentos de impuestos en su mayoría resultan inconstitucionales de acuerdo a la jurisprudencia de Corte Suprema. Cuando ya no hay más que inventar caemos en la confiscatoriedad", advirtió Sasovsky.