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Ante la negativa del Gobierno, expertos dan las claves para reducir los efectos de la falta del ajuste por inflación

Especialistas advierten los problemas que surgen al no poder aplicar la actualización impositiva y dan pequeños "trucos" para sobrellevar la situación
10/12/2018 - 07:04hs
Ante la negativa del Gobierno, expertos dan las claves para reducir los efectos de la falta del ajuste por inflación

A pocos meses de finalizar el año y ante la negativa del Poder Ejecutivo de reinstalar el mecanismo de ajuste por inflación, expertos consultados por iProfesional aseguran que - tal como sucedió en los últimos años- las compañías soportarán una mayor carga fiscal al de tener que calcular el Impuesto sobre las Ganancias sobre "utilidades ficticias".

Es decir, sin la posibilidad de aplicar el ajuste por inflación impositivo, aún teniendo en cuenta el sostenido crecimiento de los precios, las empresas terminan pagando una tasa real mayor a la alícuota nominal del tributo.

Los especialistas aseguraron que el impacto varía de acuerdo con la actividad que lleva a cabo cada compañía y las características particulares del negocio. También indicaron que se ven afectados en mayor medida determinados rubros del balance que otros.

Los "tips" anti-inflación 

En este escenario, el consultor impositivo César Halladjian, aportó algunos "tips" que ayudan a paliar las consecuencias de la falta de ajuste por inflación. Así, indicó los siguientes:

  • Para una empresa con capital intensivo: el experto señaló que se pueden atenuar los efectos de no poder deducir una amortización impositiva actualizada cuando la compra es financiada con endeudamiento frente a terceros, situación que no se presenta cuando la adquisición se realiza con utilidades retenidas.

    Obviamente, aquí vale tener en cuenta la tasa de financiación en cuestión y si es fija o variable para evaluar cómo impacta para cada operación.

  • Si existe una fuerte incidencia de bienes de uso: aclaró que el monto que se deduce en concepto de amortización impositiva "se realiza en moneda licuada, al haberse efectuado, en muchos casos, la compra a montos muy inferiores a los actuales del mercado. Esto sucede con maquinarias adquiridas antes del 6 de enero de 2002- fecha en que se dejó la convertibilidad- . Afecta a las empresas industriales de transporte".

    Por ello, sugirió el sistema de leasing como un paliativo, porque cuenta con ventajas impositivas y "se da una suerte de amortización acelerada".

  • Licuar deudas: el experto afirmó que las empresas que se ven beneficiadas son las que cuentan con pasivos monetarios como "deudas comerciales, impositivas, financieras, entre otras, superiores a sus activos monetarios que son saldos de caja y bancos, cheques en cartera, créditos por ventas, saldos a favor en impuestos".

Otros "tips" a tener en cuenta, tienen que ver con las políticas de stock para lo cual es necesario comparar cuál es el "verdadero resultado por tenencia del bien. Este importe surge de comparar el valor de adquisición de la mercadería, ajustado por inflación, y el costo de reposición –que es el de mercado-. Esto dependerá de cada caso particular.

Por último, las empresas también deben tener presente cómo afecta la inflación sobre su dinero en efectivo e inversiones, para lo cual los expertos indicaron que diversificar la cartera puede ser un paliativo a fluctuaciones del mercado que conviven con el efecto inflacionario.

Diego N. Fraga, Socio de RCTZZ Abogados y profesor de la Maestría en Derecho Tributario de la Universidad Austral, señaló que "más allá de los problemas presupuestarios que vive el país, restringir la posibilidad del ajuste por inflación es un lamentable retroceso que vuelve a poner a las empresas ante la necesidad de acudir al litigio como medio para que se les reconozca el efecto de la inflación en sus declaraciones impositivas".

"Desde el punto de vista económico, en un proceso inflacionario récord constituye un grave error con serios efectos en buena parte del sector productivo, al hacer que se tribute sobre rentas ficticias. Desde el aspecto jurídico, el proyecto no respeta las pautas de confiscatoriedad establecidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en innumerables precedentes y ello llevará a que muchas empresas hagan reconocer sus derechos en los tribunales", concluyó Fraga.

Reclamo de los contadores

La Comisión de Estudios Tributarios del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño emitió una comunicación técnica en la que advierte que se siguen generando "innegables situaciones de inequidad en la determinación del Impuesto a las Ganancias".

"En los últimos años el fenómeno de la inflación se ha consolidado en valores elevados. En materia contable y fiscal, la estabilidad de la moneda constituye un factor decisivo a los fines de las mediciones que esas disciplinas requieren para elaborar información confiable y comparable, sea que la misma se utilice para evaluar el desempeño de un ente empresarial, así como -y con más razón- si de la cuantificación de su patrimonio y/o de sus resultados derivan obligaciones de naturaleza tributaria", dice el escrito.

Además, si bien se destaca que la ley 27.430 -la modificación de impuestos- significa "un progreso relativo" al permitir reconocer la inflación en los estados contables, plantea que es necesario medir los resultados con valores reales.

"Es obvio que el objetivo recaudatorio y/o el temor (infundado, por cierto) de dar cabida a un mecanismo de incentivo a la inflación priman sobre consideraciones técnicas completamente irrefutables", sostiene el texto.

Asimismo, plantea que los profesionales en Ciencias Económicas están convencidos de que la mayor recaudación tributaria debe lograrse a través de tributos que sean justos, en tanto que capturen la verdadera capacidad contributiva de los sujetos alcanzados.

Y concluye: "Mientras ello no ocurra y, peor aún, si se modifican las reglas de juego sin otro propósito que el de lograr mayores ingresos al erario público, será menor la disposición de los contribuyentes a cumplir de manera cabal y voluntaria con sus obligaciones fiscales".