ADECUACIÓN

Renta financiera: acotan el impacto del impuesto sobre los bonos

Entre el miércoles y el jueves se dará a conocer el decreto que reglamenta el impuesto a la renta financiera, que por ley rige desde el 1 de enero de 2018
IMPUESTOS - 24 de Diciembre, 2018

Entre el miércoles y el jueves se dará a conocer el decreto que reglamenta el impuesto a la renta financiera, que por ley rige desde el 1 de enero de 2018.

El texto final busca atenuar el impacto sobre los inversores-contribuyentes respecto al criterio a seguir con el cupón de intereses de los títulos públicos.

El decreto va a dar la opción de afectar los intereses recibidos en el periodo fiscal 2018 al costo computable del título, disminuyendo en ese monto.

Por ende, si un inversor compró un título a un valor de $100, y hoy lo vende a $80, tendrá que afrontar una perdida de $20. Pero si en el año cobró un cupón de $10, aunque haya perdido $20 en referencia al capital inicial, con la regla actual debería tributar por los $10 que percibió, y no lo puede netear contra el quebranto sufrido en el capital.

De acuerdo al texto final que se conocerá esta semana, al poder computar los $10 de cupón al costo del titulo, significa que para el registro tributario el precio de compra se redujo de $100 a 90 pesos.

Esto implica que el que elija tomar esta opción, no deberá pagar sobre los $10 de intereses que percibió. Sí va a pagar si obtuviese una ganancia por encima del nuevo precio de $90, el día que venda dicho título público.

La reglamentación también establece que no se necesitará vender el título público para hacer uso de la opción de aplicar los intereses al costo original del título, lo que permite diferir el impacto impositivo hasta el momento de la venta..

El gravamen a la renta financiera surgió de la última reforma tributaria realizada a través de la ley 27.430, y alcanza a los resultados en concepto de intereses o rendimientos que se originan por las colocaciones de capital efectuadas desde el 1 de enero de 2018.

Solo quedan fuera del alcance de este impuesto los fondos en cajas de ahorro, las inversiones en acciones de empresas argentinas y las utilidades obtenidas por la valorización de cuotas partes de fondos comunes de inversión en los que al menos el 70% del patrimonio refleje inversiones en acciones argentinas.

Todavía se mantienen exentos los resultados de las operaciones de acciones que cotizan en la Bolsa y el mínimo rendimiento de las cajas de ahorro.

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