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El fisco porteño lanza la declaración jurada simplificada para Ingresos Brutos

Se reglamentó la modalidad declaración simplificada del impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA estableciendo su vigencia desde el 1 de abril de 2019
17/01/2019 - 06:47hs
El fisco porteño lanza la declaración jurada simplificada para Ingresos Brutos

El fisco porteño reglamenta la modalidad de declaración simplificada del impuesto sobre los Ingresos Brutos de CABA estableciendo su vigencia desde el 1 de abril de 2019.

Las principales características son:

- Alcanza a los contribuyentes del tributo que realicen las actividades de comercialización minorista definidas por la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos, con exclusión de aquéllos inscriptos en el Régimen Simplificado del impuesto sobre los ingresos brutos y a los nominados como grandes contribuyentes –sistema de control especial-.

- Será de carácter obligatorio para quienes se hallen inscriptos en las siguientes actividades:

1. 471120 – Venta al por menor en supermercados.

2. 471130 – Venta al por menor en minimercados.

- Se exceptuan aquellos que:

1. Se hallen inscriptos en Convenio Multilateral.

2. Hayan declarado ingresos superiores a pesos treinta y cinco millones ($ 35.000.000) en el ejercicio fiscal 2018.

3. Posean establecimientos comerciales con una superficie afectada a la actividad menor a 100 m2 o superior a 600 m2.

- Los contribuyentes comprendidos en la modalidad declaración simplificada deberán acceder mensualmente a la propuesta de liquidación del anticipo del gravamen, la cual consignará el período, la base imponible, la alícuota aplicada, las retenciones y percepciones registradas y el monto de la obligación tributaria.

- Los contribuyentes podrán aceptar la propuesta de liquidación del anticipo o modificar la base imponible del tributo, debiendo perfeccionar la presentación de la declaración jurada mediante su remisión electrónica.

- Los contribuyentes comprendidos en la modalidad declaración simplificada obtendrán por medios informáticos la “Constancia de validación electrónica” (CVE) una vez efectuada la presentación de la declaración jurada del anticipo correspondiente, la cual deberá ser impresa y exhibida en un lugar visible de sus locales comerciales y/o negocios donde realicen su actividad.

- La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos notificará en forma fehaciente la nominación del contribuyente alcanzado por la modalidad declaración simplificada,. Asimismo, se podrá informar, mediante comunicación informática dirigida al domicilio fiscal electrónico de los contribuyentes que desarrollen las actividades antes mencionadas y las que en el futuro se adicionen, la información utilizada para el cálculo de la propuesta de liquidación.

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