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Revés para el Gobierno: la Corte ordena restituir a San Luis $15.000 millones de coparticipación

La Corte emitiría en las próximas semanas un fallo similar en favor de la provincia de Santa Fe, por un monto estimado en $45.000 millones
19/02/2019 - 11:54hs
Revés para el Gobierno: la Corte ordena restituir a San Luis $15.000 millones de coparticipación

La Corte Suprema falló este martes a favor de la provincia de San Luis, que reclama al gobierno nacional unos $15.000 millones de la coparticipación de impuestos.

La sentencia es una continuación de la que el máximo tribunal dictó en noviembre de 2015, que consideró inconstitucional la detracción de impuestos a las provincias para financiar a la Anses y que, según reclamó el gobierno puntano, la Nación no cumplió.

Los jueces Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti firmaron este martes el acuerdo para exigirle a la Nación el cumplimiento de aquel fallo de fines de 2015, emitido semanas antes del cambio de gobierno. El presidente de la Corte, Carlos Rosenkrantz, se excusó porque, como abogado, representó a la provincia de Santa Fe en el litigio inicial.

El Tribunal fundó su fallo al considerar inconstitucional el artículo 76 de la ley 26.078 de Presupuesto para el año 2006, que disponía la prórroga unilateral de la detracción del 15% de la masa coparticipable.
 
Dada la naturaleza de la cuestión decidida, que concierne a las relaciones políticas entre los estados, y en particular al complejo régimen de la Coparticipación Federal de Impuestos, el Tribunal optó por brindar a las partes la oportunidad de convenir y determinar tanto la cuantía de la condena como la forma y plazos de cumplimiento, conforme había ocurrido en oportunidades anteriores. 
 
Transcurridos más de tres años sin que se haya alcanzado un acuerdo, y ante la existencia de diversos criterios entre el Estado Nacional y la Provincia involucrada, la Corte resolvió los puntos pendientes y determinó las pautas para fijar el monto. 
 
Así, indicó dos aspectos: en primer lugar, la Corte resolvió que corresponde aplicar la tasa pasiva promedio del Banco Central de la República Argentina, rechazando de esta manera el criterio de la Provincia de San Luis que postuló que se aplique la tasa activa del Banco Nación Argentina a fin de atemperar los efectos de la desvalorización de la moneda. El Tribunal también desestimó lo solicitado por el Estado Nacional respecto de la aplicación de la tasa del 6% anual prevista en el "Programa Federal de Desendeudamiento de las Provincias Argentinas", al que la actora no ingresó, e impugnó judicialmente, y en el "Consenso Fiscal", no suscripto por San Luis.
 
En segundo lugar, el Tribunal sostuvo que no deben considerarse capitalizables los intereses dado que no se configuran los presupuestos de aplicación del artículo 623 del anterior Código Civil, ni los del artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación en vigencia.

El 24 de noviembre de 2015, la Corte declaró inconstitucional un decreto de 1992 que significó la detracción del 15% de la masa de impuestos coparticipables a provincias para financiar el déficit de la ANSES. San Luis, Santa Fe y Córdoba impulsaron y ganaron sendos juicios. La Corte obligó al Ejecutivo Nacional a interrumpir hacia adelante la detracción de ese 15% y a pagar de manera retroactiva lo que se les retuvo a las provincias litigantes.

El 1 de diciembre, diez días antes de entregar el mando, la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner emitió un decreto para anular de manera compulsiva ese 15% que las provincias cedían a la ANSES, lo que generaba de golpe un gasto extra de más de $130.000 millones. Con el cambio de gestión, el DNU quedó sin efecto y la gestión de Mauricio Macri negoció pagar con bonos y un nuevo reparto de la coparticipación con la mayoría de las provincias, incluida Córdoba.

Santa Fe y San Luis, sin embargo, no llegaron a un acuerdo y reclamaron ante la Corte por el impago de la sentencia. Son las causas que el tribunal supremo comienza a resolver este martes.

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