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Ganancias: cómo quedó el esquema en 2019 y qué hacer para computar la deducción por hijo

Luego de que, a partir del 2017, la deducción se limitara a aquellos menores de 18 años, en 2018, se decidió restringir aún más esta reducción
25/02/2019 - 06:18hs
Ganancias: cómo quedó el esquema en 2019 y qué hacer para computar la deducción por hijo

Luego de que, a partir del año fiscal 2017, la deducción por hijo se limitara a aquellos menores de 18 años (cuando antes el tope era 24 años), pasada la mitad de 2018, se decidió restringir aún más esta reducción en el pago del Impuesto a las Ganancias, señalan desde el Blog Mi Prespuesto Familiar.

Antes, si ambos padres tributaban el impuesto, cada uno de ellos podía tomar la deducción completa por cada hijo para calcular el monto a pagar.

Desde el año fiscal 2018, sólo uno de los progenitores podrá deducir la totalidad de la carga de familia o, los dos en un 50% cada uno.

Para 2018, la deducción total por hijo era de $31.461,09 al año y, para 2019, de 40.361,43 pesos.

El otro punto que se especificó, aunque ya estaba previsto en la reforma tributaria que rige desde 2017, es que quien cobra asignaciones familiares por hijo no puede tomar esta deducción en Ganancias.

Si los padres (cualquiera de los dos, ya que la AFIP tiene el dato del CUIL de los menores que reciben asignaciones) las perciben, no se podrá deducir a los niños como carga de familia en el Siradig.

Para esto, también se adecuaron los topes salariales para tener derecho a recibir la asignación familiar por hijo. Las nuevas medidas se aplican para el ejercicio fiscal 2018.

Como se decidió cuando el año ya estaba avanzado y los asalariados y jubilados que estaban pagando Ganancias con los criterios anteriores y ahora no puedan deducir el 100%, tendrán un incremento en el pago del impuesto.

Todos los empleados y jubilados deben actualizar la información de sus cargas de familia a través del servicio Siradig Trabajador, en la página web de la AFIP, con clave fiscal.

Deberán realizarlo desde del 3 de septiembre 2018 y hasta el 31 de marzo de 2019, el plazo para la presentación del F. 572 web. Aunque la norma no lo dice, quien no cumpla este trámite no podría tomar la deducción.

La AFIP está notificando a los padres vía electrónica que tienen hasta el 31 de marzo de 2019 para informar bien su situación respecto al cobro de asignaciones familiares o la deducción del 50% o 100% para 2018. Para ver si uno tiene la advertencia, hay que entrar con clave fiscal y ver las notificaciones del domicilio fiscal electrónico.

Con estas modificaciones, las familias pueden encontrarse en distintas situaciones.1-Uno sólo de los padres tributa Ganancias.

Este podrá seguir deduciendo la totalidad del monto por cada hijo. No tendrá cambios en su liquidación del impuesto. Tampoco impactará en el otro padre, ya que no tributaba.2-Los dos padres tributan Ganancias.

En este caso, uno o ambos tendrán que pagar más por el impuesto. Podrán optar entre que uno sólo deduzca $31.461,09 ($40.361,43) por año o bien, $15.730,55 ($20.180,72) cada uno.

Por lo tanto, si la deducción es del 50%, en los últimos meses de 2018 abonan la diferencia del tributo o bien en los primeros meses de 2019.

¿Cuánto más? Depende. Como Ganancias es un impuesto progresivo, tiene una alícuota que va aumentando con un ingreso más alto. El máximo de incremento para todo el año será de $5.505,7 para cada uno, si la persona estuviera tributando a la tasa máxima del 35%.

Y, si uno de los padres dejar de tomar esa deducción, el mayor aumento a pagar para este sería de 11.015 PESOS.

En esta situación, la familia deberá evaluar qué le conviene.3-Uno de los padres cobraba asignaciones familiares y tributaba Ganancias

Este es un caso muy raro, pero se daba en situaciones cerca del límite de remuneración permitida para cobrar asignaciones familiares. Ahora, el tope para percibir estas prestaciones de la ANSES se redujo para que sea compatible con los mínimos de Ganancias, por lo que es probable que dejen de recibir las asignaciones.

En estos casos, ninguno de los dos padres podrían deducir a esos hijos del cálculo del impuesto.

Si cobrar asignaciones no es conveniente, se puede renunciar a cobrar el beneficio y, así, poder tomar la deducción por hijo.

En tanto, a priori, la norma establecería que quienes tienen hijos discapacitados no podrían deducirlos del impuesto si siguen recibiendo asignaciones familiares (no tienen tope salarial para cobrar estas prestaciones).