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La carga tributaria para una familia asalariada vuelve a crecer en 2019

Del 2011 a 2015, la carga tributaria sobre la familia se fue haciendo cada vez mayor, hasta alcanzar su máximo en 2015. Cae de 2016 a 2018 y rebota en 2019
03/07/2019 - 06:39hs
La carga tributaria para una familia asalariada vuelve a crecer en 2019

En un informe reciente se llevó a cabo la medición para 2019 de la carga tributaria formal a la que se enfrentan familias asalariadas en Argentina, que obteniendo sus ingresos

y realizando sus gastos de manera formal, pagan tributos a los tres niveles de gobierno.

Dicho indicador mide qué porcentaje de sus ingresos totales deja de cobrar una familia por el hecho de pagar diferentes tributos que inciden tanto sobre sus ingresos/patrimonio como sobre sus gastos.

En este informe se resalta la evolución del indicador desde que la medición se lleva a cabo. Cabe recordar que para todos los años se incluyen los tributos que se aplican en forma

directa sobre los ingresos y patrimonio de los asalariados, y también aquellos que se abonan de forma indirecta al estar contenidos en el precio de los bienes y servicios consumidos.Se trabaja con cuatro modelos hipotéticos de ingresos familiares, que fueron evolucionando año a año de acuerdo a la evolución promedio nominal de los ingresos de los

asalariados en nuestro país, de manera de que la información resulte comparable. Sobre cada uno de estos ingresos se estima, a partir de la estructura de alícuotas vigente en las

normativas tributarias respectivas para cada nivel de gobierno en cada año analizado, la incidencia del total de impuestos que recaen sobre el ingreso/patrimonio y el consumo.

 

En cuanto a la evolución a lo largo del período 2011 - 2019, se aprecian dos etapas bien diferenciadas. El primer periodo comprende los años 2011 al 2015, en donde para todos los

casos la carga tributaria sobre la familia asalariada se fue haciendo cada vez mayor, hasta alcanzar su máximo que, independientemente del nivel de ingresos considerados,

correspondió al año 2015. Claramente el aumento del peso no recayó por igual en todos los estratos.

La carga tributaria resultaba en 2015 un 2,2% más elevada que la de 2011 para el Caso 1 (menores ingresos), mientras que era un 16,5% más alta que la de 2011 en el Caso 2

(ingresos medios), subió un 28,2% en el transcurso de esos 4 años para el Caso 3 (ingresos altos) y un 20,5% para el Caso 4 (ingresos muy altos).

 

El principal responsable de estos cambios fue el impuesto a las ganancias, el cual al no resultar actualizado en sus parámetros (mínimos y escalas) en un período de alta nominalidad de la economía, es decir con subas importantes en la inflación y en los salarios, determinó un aumento en la carga del tributo que recayó relativamente con más fuerza en los sectores medios y medios altos de trabajadores en nuestro país, en este estudio representados por los Casos 2 al 4.

 

Claramente, los individuos de bajos niveles de ingresos (Caso 1), que en ningún momento resultaron alcanzados por el impuesto a las ganancias o bienes personales, sólo recibieron el efecto del incremento del peso en los tributos indirectos en el periodo (básicamente por los impuestos al consumo subnacionales), que en comparación con el impacto de ganancias resultó de baja intensidad.

En un segundo período, a partir del año 2016, se observó una reversión de la tendencia de incremento en la presión tributaria sobre el ingreso de los asalariados formales que se venía registrando en años anteriores, principalmente en los niveles de ingresos más elevados que resultaban los más favorecidos por la actualización en los parámetros de liquidación del impuesto a las ganancias.

 

Incluso en 2018 también pudo verificarse una reducción de la carga que abarcó también a los trabajadores del estrato inferior de ingresos ejemplificado como consecuencia de la reducción de contribuciones patronales. Al finalizar el período bajo análisis, sin embargo, a excepción del Caso 1 que mantuvo la tendencia a la baja, el resto de los casos considerados terminarán el 2019 con un aumento de la carga tributaria formal para acercarse nuevamente a los valores de 2017.

Concretamente, en comparación con el año 2011 la carga tributaria formal para el Caso 1 es apenas el 0,8% más alta, mientras que para el Caso 2 la carga en 2019 es el 3,3% superior a la de 2011 (este caso vio la reducción más fuerte en 2016).

El caso de ingresos altos (Caso 3) muestra una carga que es el 12,5% más elevada que la de 2011 y es el que mayor diferencial mantiene, puesto que el Caso 4

enfrenta una carga que es del 10,7% superior a la del inicio de la serie.

La misma información respecto a la evolución mostrada anteriormente se puede traducir como la carga tributaria en minutos (y segundos) de cada hora trabajada necesarios para generar los ingresos que permitan afrontar el pago de los tributos correspondientes.

La evolución de este indicador, muestra que, por ejemplo, un trabajador incluido en la configuración del Caso 1 debe utilizar 29 minutos y 31 segundos de cada hora laboral para

cubrir todos los tributos en 2019, indicador que no mostró cambios fuertes desde 2011.

Sin embargo, uno del Caso 2 trabajará en 2019 un minuto más que en 2011 pero 4 minutos menos que en 2010. En el caso de los trabajadores de ingresos altos (casos 3 y 4) que en el2015 recibían prácticamente la misma carga tributaria formal (equivalente a 38 minutos de cada hora trabajada), se verificó una evolución tal que en 2019 el Caso 3 tiene una carga

equivalente a 33 minutos y 26 segundos, mientras que el caso 4 recibió una menor reducción, por lo que debe trabajar casi 35 minutos para generar el ingreso requerido para

cumplir con los impuestos aquí considerados.

El "Día de la independencia tributaria" (indicador que muestra hasta qué día del año un ciudadano debe trabajar para cumplir con todos los impuestos que inciden económicamente

sobre su ingreso), también muestra que la carga se mantiene sensiblemente por sobre la calculada para el año 2011, ya que en ese entonces el Día de la Independencia tributaria seproducía entre el 27 de junio y el 10 de julio, siendo mayor el aumento para las familias de mayores ingresos en los casos considerados.

Asimismo, respecto al pico de carga tributaria que para todos los Casos se dio en 2015, se verifica una reducción que es de 3 días en el Caso 1, pero pasa a 23 días para el Caso 2, a 28 días menos en el Caso 3 y a 19 días en el Caso 4