Potenciales microempresas que utilizan Mercado Pago ya pueden evitar retenciones en IVA y Ganancias
Ya comenzó a regir el régimen de retención de IVA y Ganancias aplicable a las liquidaciones realizadas por comerciantes, locadores o prestadores de servicios que utilizan los servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, incluso a través del uso de cualquier dispositivo móvil o soporte electrónico virtual.Desde Contadores en Red, señalan que para que las potenciales microempresas queden exentas del régimen de retención deberán:- Acceder con clave fiscal al servicio "Sistema Registral",- Menú "Registros Especiales", opción "Características y Registros Especiales",- "Registro de Beneficios" y seleccionar la caracterización "430 – Beneficio Eximición de Retenciones – Pagos electrónicos". Las Microempresas que han tramitado su categorización como Pyme y poseen el certificado Pyme vigente no necesitan realizar esta caracterización 430 para gozar del beneficio y si bien al revisar la caracterización en el Sistema Registral para este tipo de contribuyentes la misma no aparece; el sistema tampoco permite darle el alta, y muestra el siguiente mensaje de error:
Alberto Fernández impulsará una amplia moratoria impositiva y previsional
Como se puede ver, el primer motivo de error es que este contribuyente ya tiene activa la caracterización "272 – Microempresas" por lo que no es necesario (ni tampoco es posible) realizar el alta de la caracterización.El beneficio solamente aplica para aquellos contribuyentes que son Micro empresas, si son ptenciales pequeñas o medianas empresas no tienen acceso a este beneficio.Para los contribuyentes monotributistas les va a arrojar error si quieren realizar la caracterización, ya que los mismos no son sujetos pasibles de retención, por lo cual el trámite del beneficio no es necesario.