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Nuevo impuesto al dólar: preguntas y respuestas

El Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, será de carácter de emergencia, por 5 períodos, y con aplicación a seguridad social e infraestructura
Por SDC Asesores Tributarios
IMPUESTOS - 17 de Diciembre, 2019

El nuevo Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, será de carácter de emergencia, por 5 períodos, y con aplicación a seguridad social e infraestructura.¿Cuál es el período fiscal?El proyecto de Ley establece con carácter de emergencia un impuesto por 5 períodos fiscales y no define cual es el período fiscal.El período fiscal puede ser mensual como en el caso del IVA o anual como en el caso de Ganancias.Se entiende que debería ser anual, pero el proyecto de ley no lo indica. Es algo que deberá ser incorporado en el debate parlamentario.¿Cómo cancelar proveedores?Si se cancelan mediante tarjeta de crédito, débito, correpondera el impuesto. En cambio si se cursa una transferencia internacional a través de un Banco, no corresponderá el impuestoPara muchas empresas era mas fácil pagar con tarjeta, ahora deberán modificar la modalidad de pago.Esto no será posible para contrataciones por importes menores ya que los prestadores del exterior no aceptan pago por transferencia (Netflix, SpotiFy, Apple Music, etc.)Lo mismo sucede respecto a un profesional free lance. Quizas el pago es de usd 100 y en ese caso no se le puede pagar por transferencia bancarias internaciona porque los gastos seguramente serán muy similar al monto a pagar.¿Quién es el sujeto?Es el prestatario, residente en el país, es el sujeto del impuesto.¿Como se ingresara el impuesto?Los bancos, administradoras de tarjetas, Agencias de Turismo, Empresas de transporte internacional, etc. serán las encargadas de percibir el impuesto e ingresarlo al Fisco.Cuidado con las compras antes de la publicación de la ley. Se puede estar comprando algo hoy, pero como el impuesto se va a percibir por la tarjeta al momento del cobro o liquidación, si para esa fecha se publico la ley, se va a tener que pagar el impuesto.El proyecto indica que se aplicara a las operaciones, liquidaciones y pagos efectuados a partir del día siguiente a la entrada en vigencia de la ley.¿Cómo se aplica el impuesto para el caso de las empresas de transporte aéreo internacional?Se tienen en cuenta que dentro del ticket el componente de impuestos y tasas es muy importante. Sobre estos dos conceptos no corresponderá aplicar el impuesto del 30%.Facultades al Poder EjecutivoEl proyecto de ley otorga facultades al Poder Ejecutivo, varias de ellas de dudosa constitucionalidad.El Art. 38 de La Ley delega en el Poder Ejecutivo la creación de nuevos hechos imponibles que hoy no están contemplados en el Art. 32 del proyecto de Ley. Esto es inconstitucional ya que el Poder Ejecutivo no puede gravar operaciones que no están alcanzadas por el impuesto.Luego hay una serie de delegaciones que serían beneficiosas para los contribuyentes pero igualmente no serían constitucionales.1. Se delega la Reducción de la Alícuota del 30% sin un plazo definido ni un margen de porcentajes. Podría llevarla al 0%. Esto también sería inconstitucional. Asi como no puede crear impuestos, tampoco puede eliminar impuestos o fijar una alícuota 0% que tendría el mismo efecto.2. Se otorga la facultad de suspensión del impuesto que tendría el mismo efecto a la aplicación de una alícuota del 0%. Tampoco sería consitucional por lo ya comentado.3. Finalmente se delega el establecimiento de una alícuota reducida a los servicios digitales contemplados en la Ley del IVA. Si bien es razonable porque estos servicios ya están gravados por el IVA en la mayoría de los casos al 21%, tampoco se podría delegar esta facultad. El Congreso es quien debería determinar la alícuota.

Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios

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