DEFINICIONES

La AFIP establecerá cómo se pagarán las nuevas alícuotas en Bienes Personales

El fisco nacional debe precisar cómo repatriar el 5% del dinero que está en el exterior para no tener que abonar la alícuota máxima del 2,25 por ciento
IMPUESTOS - 02 de Enero, 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) difundirá en los próximos días la reglamentación de las nuevas alícuotas del impuesto a los Bienes Personales y de la repatriación de los activos financieros.

Una de los ejes es saber si el contribuyente que trae del exterior el 5% de sus activos financieros antes de fines de marzo próximo, en lugar de pagar el 2,25% fijado en la ley, pagará las alícuotas para los activos registrados en el país, que tienen un tope del 1,25 por ciento.

En ese caso, directamente no se aplicaría el mecanismo de "devolución" previsto en la ley de emergencia económica, para los contribuyentes que retornen sus activos luego de esa fecha.

También resta saber qué ocurrirá con los anticipos que los contribuyentes ya pagaron por el ejercicio 2019, cuyo saldo se pagará a mediados del 2020.

La otra cuestión a definir refiere a si el contribuyente que acepte repatriar el 5% de sus activos financieros debe repetir esta transferencia cada año fiscal, o alcanza con hacerlo una sola vez y mantener dicho dinero depositado en el sistema financiero local.

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