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Moratoria de AFIP: cómo aplicará para los countries y por qué podrían necesitar un Certificado Pyme

Los barrios cerrados son asociaciones sin fines de lucro, pero muchos de la provincia de Buenos Aires se organizaron como SA según una vieja ley
17/02/2020 - 21:44hs
Moratoria de AFIP: cómo aplicará para los countries y por qué podrían necesitar un Certificado Pyme

Algunos countries y barrios cerrados que necesitan entrar en la Moratoria por deudas de cargas sociales o de IVA, deberán inscribirse en el Registro Pyme. Se trata de los que están organizados como sociedades anónimas, que son mayoría en la provincia de Buenos Aires.

Marcelo D. Rodríguez, de MR Consultores, puntualizó que los barrios cerrados "deben tributar el IVA si prestan algún servicio" externo al country.

Asimismo, el abogado Miguel Di Mascio, especialista en barrios cerrados, explicó que, una vez agotado el desarrollo, los countries pueden estar inscriptos bajo tres ropajes jurídicos distintos:

-Sociedad Anónima. Pero es una SA especial, en cuanto se trata de una asociación civil que adopta esa forma de constitución.

-Asociación civil, que es propietaria de las áreas comunes y contrata los servicios de mantenimiento de esas zonas, entre otros, y los recupera a través de las expensas.

-Consorcios especiales. Después de la reforma del Código Civil y Comercial de agosto de 2015, los nuevos barrios cerrados que se constituyan deberán hacerlo bajo este régimen.

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba), que preside Gabriela Russo, explicó que los countries y barrios cerrados pueden, efectivamente, entrar en la moratoria.

"En el caso de que se encuentren organizados como SA tendrán que solicitar el certificado Pyme", indicó el Cpcecaba.

Algunos barrios privados organizados como SA, se encuentran registrados como Sujetos "IVA Exento" ante la AFIP, pero igual se permite obtener el Certificado Pyme en estos casos, dijo el Consejo.

Para hacerlo, cuando el formulario de registro solicita el volumen de ventas, se ingresa 0,01, porque no permite informarlo en cero, agregó.

Dependiendo de la actividad que tengan registrada ante la AFIP, pueden llegar a tener que cumplir otros requisitos para poder obtener el certificado. Por ejemplo, la actividad de servicios inmobiliarios tiene un tope de activos, puntualizó el Cpcecaba.

Por otra parte, la Moratoria especifica, entre las asociaciones civiles sin fines de lucro, a las asociaciones, los consorcios de propietarios -pero sólo de propiedad horizontal inscriptos como tales- y "otras asociaciones civiles".

Si son asociaciones civiles o si son consorcios especiales, en principio están las asociaciones o también aquellas entidades que se hayan registrado como "otras entidades civiles".

De no registrar alguna de las formas jurídicas detalladas en el listado de la AFIP, los barrios cerrados deberán acreditar su condición de entidades civiles sin fines de lucro ante la agencia de la AFIP en la que se encuentren inscriptas, a los fines de registrarse como tales, indicó el Consejo.

Russo enfatizó que por "nuestro compromiso de un Consejo de puertas abiertas, se han realizado encuentros con la Subsecretaría de Ingresos Públicos, la AFIP y la Subsecretaria de Financiamiento y Competitividad Pyme".

En esos encuentros, el Cpcecaba propuso delinear una agenda común de temas con las autoridades, "que ya se están implementando y serán de gran utilidad no solo para nuestra matrícula, sino también para nuestra sociedad", enfatizó Russo.

Qué pasa con los entes no adheridos

"La Ley de Solidaridad que instituyó la Moratoria brinda posibilidad a aquellos contribuyentes que no cuenten con el certificado Pyme de adherir condicionalmente" a ese perdón fiscal, indicó Ignacio Fernández Borzese, de FB Tax.

Esto es importante porque ya largó la adhesión a la Moratoria y sólo hasta el 30 de marzo se puede gozar de los beneficios plenos de ese plan, ya que en abril sólo se podrá adherir por un perdón parcial.

Entonces es condición para que los countries organizados como SA puedan ingresar efectivamente a la Moratoria que tramiten y obtengan el Certificado Pyme hasta el 30 de abril próximo.

"La adhesión condicional caducará si no se obtiene el certificado en dicho plazo", advirtió Fernández Borzese.

En un encuentro que mantuvo el Cpcecaba con la Secretaría de Financiamiento Pyme, los funcionarios explicaron que "para la solicitud del certificado se exige el cumplimiento en la presentación de las declaraciones juradas del IVA y de las cargas sociales, en caso de corresponder". Para esto, no es excluyente el ser inscripto en IVA o en Ganancia.

¿Cómo aplicará la Moratoria para los barrios cerrados?

Las deudas que los countries podrán incluir en la Moratoria son todas aquellas obligaciones tributarias o de la seguridad social vencidas al 30 de noviembre pasado, así como las infracciones relacionadas con esas obligaciones.

Los beneficios son un máximo de 120 cuotas, perdón parcial de los intereses acumulados y total de las multas.

El porcentaje del pago a cuenta, la cantidad máxima de cuotas y el mes de vencimiento de la primera de ellas, serán determinados en función del tipo de deuda, el tipo de sujeto y el mes de consolidación.

El beneficio de liberación de multas y sanciones por no presentación de declaraciones juradas cometidas hasta el 30 de noviembre de 2019 que no se encuentren firmes ni abonadas operará cuando se cumpla esa presentación, siempre que esto suceda con anterioridad al 30 de abril próximo, recordó Fernández Borzese.

Asimismo, podrán incluirse en la Moratoria obligaciones que se encuentren en discusión administrativa o judicial.

En cambio, los countries deben tener en cuenta que no podrán saldar mediante la Moratoria las cuotas de las ART ni la cotización a las obras sociales sindicales.

La regularización de las deudas les permitirá a los consorcios que se registren como pymes comenzar usufructuar el beneficio de reducción de las contribuciones a la seguridad social.

Todos podrán obtener la baja de la inscripción del Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal).

Los tengan embargos trabados lograrán el levantamiento de esa medida cautelar, sin transferencia de las sumas efectivamente incautadas, las que quedarán a disposición del contribuyente.