Exigen exhibir el valor de cambio de la moneda extranjera
La nueva Ley 1.998, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad, establece la obligación de que los comercios exhiban en su entrada "un cartel con el valor en moneda nacional de curso legal de toda moneda extranjera que acepten como medio de pago".
A fin de hacer cumplir esta obligación, se designó como autoridad de aplicación a la máxima autoridad del Gobierno de la Ciudad en materia de defensa de los consumidores y usuarios, conforme el procedimiento establecido por la Ley Nº 757 - Procedimiento Administrativo para la Defensa del Consumidor y del Usuario.
La exigencia alcanza a todos los comercios ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sea que ofrezcan bienes muebles o servicios a consumidores finales.
En este sentido, se indica que deberá exhibirse al ingreso de los establecimientos, de manera clara, visible y legible y en este cartel debe constar "el valor en moneda nacional de curso legal de toda moneda extranjera que se acepte en los mismos como medio de pago".Samanta Linaresslinares@infobae.com