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Créditos a tasa cero de ANSES: qué deben hacer autónomos y monotributistas que no tengan cuenta bancaria

En caso de no tener cuenta bancaria, los monotributistas y autónomos pueden recibir el crédito a tasa 0% igual. El paso a paso, en esta nota
05/05/2020 - 15:20hs
Créditos a tasa cero de ANSES: qué deben hacer autónomos y monotributistas que no tengan cuenta bancaria

El Gobierno sumó recientemente una nueva ayuda económica, cuyos destinatarios serán todas aquellas personas adheridas al Monotributo y los trabajadores autónomos. El beneficio consta de una línea de financiamiento a tasa 0% que se obtendrá a través de la tarjeta de crédito. Pero, ¿cómo hacen las personas que no poseen una cuenta bancaria?

Según la reglamentación del Banco Central, si el solicitante del préstamo a tasa 0% no contara con una tarjeta de crédito, el banco que figura en el listado de la AFIP deberá hacer alguna de las siguientes acciones, enumeró el Estudio Martin, Aschendorf & Asociados:

-Paso 1

Emitir una tarjeta de crédito con un límite de compra al menos igual a la financiación que se le acredita. Esa tarjeta puede ser prepaga, precisó el Banco Central.

No se admite al banco privado el cobro de costo alguno por la emisión de esa tarjeta ni por su mantenimiento, excepto que el cliente realice consumos por montos superiores al importe acreditado o si una vez cancelada la financiación, desea conservar el plástico.

-Paso 2

Proceder a la apertura de una "Cuenta a la vista para compras en comercios".

Esto es para el caso en que el beneficiario del crédito no tenga cuenta bancaria, informó el BCRA ante una consulta de iProfesional.

Ese destinatario del préstamo tendrá que informar a la AFIP en qué banco desea que se le abra la cuenta a la vista.

Se denomina cuenta a la vista pero es igual a una caja de ahorro común. Después, sobre esa cuenta, el banco va a emitir una tarjeta de crédito a nombre del beneficiario del crédito, indicó el Banco Central.

Lo que va a tener siempre el destinatario del crédito a tasa 0% va a ser un plástico en el que el banco le va a cargar el crédito que da la ANSeS.

Luego, el banco deberá mantener activo el producto –tarjeta de crédito y cuenta a la vista– hasta la total cancelación del crédito a tasa 0%, excepto que el cliente expresamente solicite la baja.

En tanto, la entidad financiera deberá permitir que estos clientes puedan tramitar la solicitud del crédito íntegramente a través de la utilización de mecanismos electrónicos de comunicación, indicó el Estudio Martin, Aschendorf & Asociados.

Cuando la entidad deba emitirle la tarjeta al cliente, deberá arbitrar los medios para priorizar su entrega en el menor tiempo posible, añade la Comunicación A 6993 del BCRA.

En cuanto a las características del crédito, el monto de la financiación no podrá exceder una cuarta parte del límite superior de la facturación establecida para cada categoría del Monotributo, con un límite máximo de $150.000.

El préstamo será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas por la ANSeS. A cada una de las cuotas se adicionará el monto equivalente al pago de las sumas totales que los trabajadores y las trabajadoras deben abonar por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales del Monotributo o de aportes previsionales de autónomos. El monto referido será retenido y depositado periódicamente en la AFIP.

La financiación contará con un período de gracia de 6 meses a partir de la primera acreditación. A partir del mes siguiente, se reembolsará en al menos 12 cuotas mensuales iguales y consecutivas.Ante el pago parcial del saldo liquidado de la tarjeta de crédito, los fondos que las entidades financieras perciban deberán ser imputados en primer lugar a la cancelación de estas cuotas. El resumen de cuenta correspondiente deberá informar el cobro de cada cuota como un concepto aparte y debidamente identificado.

El préstamo será desembolsado en tres cuotas mensuales iguales y consecutivas por la ANSES.

¿Quiénes podrán acceder?

Las entidades financieras deberán otorgar las financiaciones en pesos "Crédito a Tasa Cero" a todos los clientes que las soliciten, indicó el Estudio Martin, Aschendorf & Asociados. Para verificar quiénes son elegibles, por hasta qué monto y en qué entidad, los bancos sólo deberán consultar el listado de beneficiarios que dé a conocer la AFIP.

¿Qué se debe hacer para acceder?

En principio, los bancos pondrán a disposición de todas aquellas personas que figuren dentro del listado que emita la AFIP la opción de acceder al crédito dentro de la opción "Préstamos" del homebanking. Desde el momento en que la solicitud sea presentada, la entidad financiera contará con hasta 2 días hábiles para proceder a la acreditación del crédito.

Estos préstamos deberán ser acreditados en la tarjeta de crédito emitida por el banco del solicitante de la financiación.

¿Qué es lo que no puede hacer quien acceda a un crédito a tasa 0%?

Aquellos beneficiarios del beneficio no podrán hasta su total cancelación lo siguiente, puntualizó el Estudio Martin, Aschendorf & Asociados:-Acceder al mercado de cambios para realizar operaciones correspondientes a formación de activos externos de residentes, remisión de ayuda familiar y derivados.-Vender títulos valores con liquidación en moneda extranjera o transferirlos a otras entidades depositarias.

Asimismo, las entidades autorizadas a operar en cambios deberán solicitar a los clientes que requieran acceder al mercado de cambios para realizar operaciones de formación de activos externos, remisión de ayuda familiar y la operatoria con derivados, una declaración jurada en la cual conste que no es beneficiario de los créditos a tasa 0%.